El contrato de promesa de compraventa es uno de los más consultados, ya que se trata de uno de los más usados por las personas que compran y venden inmuebles tanto para vivienda urbana como de tipo comercial; planteándose la inclusión de cláusulas especiales que le garanticen a cada una de las partes el cumplimiento de la otra o, en su defecto, la indemnización a que haya lugar por causa de los perjuicios causados con ese incumplimiento.
Es así como en la promesa de compraventa hay una gran tendencia a estipular cláusula de arras y cláusula penal, por cuanto ésa antecede al contrato de compraventa, generando en ambas partes la obligación de “hacer”, es decir, de firmarlo y cumplirlo por vendedor y comprador al expedirse la escritura pública con su posterior inscripción en la oficina de instrumentos públicos de la zona donde se encuentra el inmueble; sin embargo, algunos tienden a preguntarse cuál de las dos estipulaciones es más conveniente, si hay o no la necesidad de pactar ambas cláusulas o sólo alguna de ellas.
Para responder esta inquietud es necesario precisar ambos conceptos, teniendo claro lo que representa cada uno de ellos.
El pacto de arras que realizan las partes se constituye para el comprador en la entrega de una parte del valor del objeto del contrato como garantía de su interés para la adquisición y para el vendedor en un anticipo del precio del bien que, de acuerdo al cumplimiento o no de lo pactado, determina que la primera sea de tipo confirmatorio y la segunda de tipo penitencial, pues se configuran en “castigo” para quien incumpla, de tal forma que si es por parte del comprador las pierde, pero si es por parte del vendedor tiene que restituirlas dobladas.
En cuanto a la Cláusula Penal, se considera como el pacto que establece que quien incumpla la promesa de la compraventa (Hacer el contrato de Compraventa) está obligado a dar, hacer o no hacer algo específico que, usualmente, es el pago de una indemnización en dinero que se entrega a la parte que no incumplió.
Se presenta el caso en la Promesa de Compraventa en que vendedor y comprador acuerdan que se pacten las dos cláusulas, o sólo una, sin que ello sea objeto de prohibición por parte de la Ley, por lo que prima es la conveniencia que ellas estimen importante dentro del contrato que suscriben.
¿Qué diferencias existen entre las cláusulas de arras y la penal?
- Las arras son apreciadas como una forma de entrega anticipada de parte del precio del inmueble por incurrir en un desistimiento; mientras que la cláusula penal se considera como una indemnización que debe pagar el incumplido a la parte que sí cumplió.
- Las arras son de dos tipos: Confirmatorias y Penitenciales; en tanto que la cláusula es sólo penal.
- Las arras se dan en garantía de la ejecución de la promesa de compraventa; mientras que la cláusula penal es una tasación anticipada de los perjuicios ocasionados por razón del incumplimiento de una de las partes.
En conclusión, colocar arras y cláusula penal es una decisión de las partes intervinientes en el contrato, de ellas dependerá la determinación de estipular ambas o sólo una de ellas.
TRASPASO DE VEHICULO DE PERSONA FALLECIDA
Cuando el propietario de un vehículo fallece, el automotor pasa a formar parte de su patrimonio y, por tanto, de la sucesión. Para que el vehículo pueda quedar registrado a nombre de uno o varios herederos, no es solo acreditar el fallecimiento, sino que primero debe...
ALLANAMIENTO A LA DEMANDA
El allanamiento a la demanda es una figura procesal a través de la cual el demandado acepta expresamente las pretensiones formuladas por el demandante y reconoce sus fundamentos de hecho. Aunque muchas personas han escuchado este término no saben cómo usarla, ni para...
DENUNCIA PENAL
La denuncia penal es el mecanismo por el cual una persona pone en conocimiento de las respectivas autoridades un hecho que considera un delito, para que sea investigado por la Fiscalía General de la Nación. Puede presentarse de forma presencial o mediante los...
CONSTITUCION DE EMPRESA FAMILIAR
Cada vez son más las familias que deciden unir sus esfuerzos para crear un negocio. La Ley 2495 de 2025 establece medidas para promover las empresas familiares en Colombia y ofrece algunos beneficios para aquellas que cumplan los requisitos establecidos. Pero ¿Qué es...
EMPRESA FAMILIAR
Las empresas familiares representan una parte importante de la estructura empresarial de nuestro país y, además de constituir una fuente de ingresos y empleo, suelen concentrar el patrimonio construido por varias generaciones, por lo cual, el tema del presente...
ACCION PENAL
La acción penal es el mecanismo mediante el cual se pone en funcionamiento el aparato de justicia frente a la posible comisión de una conducta punible. Su ejercicio permite que las autoridades investiguen los hechos, determinen si existe responsabilidad penal y,...
REPARACION DIRECTA
Cuando una persona sufre un daño como consecuencia de la actuación u omisión de una entidad pública, puede existir responsabilidad patrimonial del Estado. En estos casos, la reparación directa es el mecanismo de control judicial que permite pedir una indemnización por...
FIDUCIA EN GARANTIA
La fiducia en garantía es un negocio fiduciario por el cual una persona transfiere determinados bienes a una sociedad fiduciaria para que estos respalden el cumplimiento de una o varias obligaciones, tema del que hablaremos en nuestro presente artículo. ¿Qué...
FIDUCIA INMOBILIARIA
La fiducia inmobiliaria es una herramienta ampliamente usada en Colombia para administrar los bienes y recursos dirigidos al desarrollo de proyectos inmobiliarios, buscando dar mayor transparencia y control sobre los recursos brindados por compradores e...
NUEVAS REGLAS PARA LOS NEGOCIOS FIDUCIARIOS
El Decreto 510 de 2026 incorporó al Decreto 2555 de 2010 un nuevo marco regulatorio para los negocios fiduciarios en Colombia. El objetivo de esta norma es fortalecer la transparencia, la gestión de riesgos y la protección de los consumidores financieros, así como...

