¿Los padres pueden solicitar pensión alimentaria?
El derecho de alimentos en la publicación ¿Qué se entiende por derecho de alimentos?, es definido como: “…aquél que le asiste a una persona para reclamar de quien está obligado legalmente a darlos, lo necesario para su subsistencia cuando no está en capacidad de procurársela por sus propios medios…”. En pocas palabras, quien se encuentre en una delicada situación que no le permita autosustentar su alimentación, podrá solicitar ayuda a aquellas personas que por ley tengan el deber de asistirlo, todo ello a través de cuotas alimentarias.
Entonces, ¿A los padres se les debe proveer de alimentos?
Si, de acuerdo al artículo 251 del Código Civil, el hijo siempre estará obligado a cuidar de sus padres en cualquier momento que así lo requiera.
Aunado a ese artículo, se cuenta con el artículo 411 del mismo código, el cual nos señala a quienes por ley se les deben suministrar los alimentos necesarios para su subsistencia, siendo que el numeral tercero hace referencia a los ascendientes, es decir, a los padres, abuelos, etc.
¿Qué circunstancias deben darse para que un padre pueda ejercer el derecho de alimentación?
El artículo 251 anteriormente citado, indica que el hijo tiene el deber de cuidar a sus padres cuando sean ancianos, cuando estos estén en estado de demencia o ante cualquier situación en la cual necesiten de su ayuda. Por lo tanto, aquellos padres de tercera edad o que sufran de demencia y que no cuenten con los medios necesarios para satisfacer su alimentación, podrán solicitar una pensión alimentaria a sus hijos. Dichas condiciones no son las únicas, ya que el hijo deberá asistirlos en todas las circunstancias de la vida en que necesitaren sus auxilios.
De darse esa situación, la persona afectada podrá acudir ante las autoridades correspondientes para acordar de manera extrajudicial una cuota alimentaria que le favorezca.
¿Cuáles son esas autoridades?
De acuerdo al artículo 31 del Código Civil:
“La conciliación extrajudicial en derecho en materia de familia podrá ser adelantada ante los conciliadores de los centros de conciliación, ante los defensores y los comisarios de familia, los delegados regionales y seccionales de la Defensoría del Pueblo, los agentes del ministerio público ante las autoridades judiciales y administrativas en asuntos de familia y ante los notarios”.
Como se observa en la norma transcrita, el trámite que se debe realizar ante las referidas autoridades es el de la conciliación entre el ascendiente y su o sus descendientes.
Pero, ¿Qué es la conciliación?
Para ello, debemos recordar el escrito ¿Cómo se llevan a cabo las conciliaciones a través de Notaría?, que nos aporta la siguiente definición:
“…es un mecanismo que se usa para que dos o más personas solucionen su conflicto, acudiendo ante una tercera que debe ser calificada, objetiva, con empatía, que conozca el conflicto, que sea facilitador, que genere alternativas y que sepa conducir a la solución”.
¿Qué requisitos deben cumplir los solicitantes de la conciliación en notaría?
Debe ser solicitada personalmente por la o las partes que desean resolver su conflicto o mediante un apoderado (en este caso se debe adjuntar el poder). En dicha solicitud, se deben señalar los hechos, lo que se pretende con la conciliación, fundamentos de derecho, pruebas, anexos, competencia y cuantía, así como, los datos necesarios para efectuar las notificaciones.
En pocas palabras, se deberá acreditar la incapacidad para poder conseguir alimentos por sus propios medios, el vínculo familiar que une el ascendiente con su o sus descendientes, la capacidad económica del descendiente para suministrar la cuota alimentaria y el monto de lo que necesita para poder alimentarse dignamente.
¿Qué ocurre si no se puede llegar a un acuerdo por medio de la conciliación?
Si no se logra el acuerdo, el interesado estará autorizado legalmente para acudir ante el juez de familia de su domicilio y mediante una audiencia judicial única, podrá solicitar el reconocimiento de la pensión alimentaria.
Actos de iniciación del proceso judicial: demanda, denuncia y querella.
Todos somos susceptibles de que nuestros derechos en determinado momento puedan ser vulnerados, somos propensos a ser víctimas de un hecho punible o simplemente tener conocimiento de la comisión de alguno, pues bien, para iniciar un proceso judicial debemos conocer...
CONCEPTO Y GENERALIDADES DE INJURIA Y CALUMNIA.
Injuria y calumnia. La injuria y la calumnia son conductas tipificadas como delitos en la legislación colombiana, el bien que buscan resguardar no es de índole material, por el contrario, se busca proteger más bien la integridad moral de la persona donde la dignidad...
Generalidades del Daño patrimonial y daño extrapatrimonial.
El daño es el deterioro o menoscabo que puede sufrir un bien, un derecho o una persona, cuando surge de la acción o de la omisión de un tercero es susceptible de resarcimiento económico o al menos de compensación. La afectación puede tener origen en una conducta...
El empleador y la seguridad social de sus empleados.
La seguridad social comprende un sistema de instituciones, normas y procedimientos orientados a garantizar los derechos que tienen los ciudadanos y la comunidad para disfrutar de una buena calidad de vida, es irrenunciable y es un servicio público obligatorio que debe...
Inscripción de una sociedad comercial.
Para constituir una empresa y que esta quede habilitada para concertar la prestación de servicios o venta de bienes, emitir facturas y contratar empleados, intervienen una serie de gestiones principalmente ante la Cámara de Comercio, pero también ante la Dian, el...
En que consiste la Cesión de Contrato.
Cesión de contrato, generalidades. Cuando se protocoliza un contrato el ideal es que los contratantes cumplan a cabalidad con cada una de las obligaciones asumidas y así poder gozar de los beneficios que el acuerdo conlleva hasta el feliz término del mismo, sin...
¿Qué conceptos se deben cancelar en la liquidación laboral?
¿Qué conceptos se deben cancelar en la liquidación laboral? La terminación de la relación laboral implica la liquidación de los beneficios de ley a los que tiene derecho el trabajador, tales beneficios están contemplados en el Código Sustantivo del Trabajo y en la Ley...
Daño emergente y lucro cesante en declaración de impuesto sobre la renta
Tratamiento del daño emergente y lucro cesante en la declaración del impuesto sobre la renta. La afectación, sea la destrucción o deterioro de un bien, la inobservancia de lo establecido en un contrato o las lesiones ocasionadas a una persona, entre otros, dan origen...
DAÑO EMERGENTE, GENERALIDADES
DAÑO EMERGENTE, GENERALIDADES. Es un tipo de perjuicio material que se puede dar cuando se incumple un contrato, cuando se deteriora o se destruye un bien o cuando se lesiona a una persona, el cual debe ser reparado y la indemnización de dicho perjuicio...
LUCRO CESANTE, GENERALIDADES
Partiendo de algunos conceptos básicos, se entiende por lucro toda aquella ganancia, beneficio, provecho o ingreso que una persona, empresa u organización puede llegar a obtener después de la realización de una determinada actividad comercial y por cesante se entiende...


