¿Los padres pueden solicitar pensión alimentaria?
El derecho de alimentos en la publicación ¿Qué se entiende por derecho de alimentos?, es definido como: “…aquél que le asiste a una persona para reclamar de quien está obligado legalmente a darlos, lo necesario para su subsistencia cuando no está en capacidad de procurársela por sus propios medios…”. En pocas palabras, quien se encuentre en una delicada situación que no le permita autosustentar su alimentación, podrá solicitar ayuda a aquellas personas que por ley tengan el deber de asistirlo, todo ello a través de cuotas alimentarias.
Entonces, ¿A los padres se les debe proveer de alimentos?
Si, de acuerdo al artículo 251 del Código Civil, el hijo siempre estará obligado a cuidar de sus padres en cualquier momento que así lo requiera.
Aunado a ese artículo, se cuenta con el artículo 411 del mismo código, el cual nos señala a quienes por ley se les deben suministrar los alimentos necesarios para su subsistencia, siendo que el numeral tercero hace referencia a los ascendientes, es decir, a los padres, abuelos, etc.
¿Qué circunstancias deben darse para que un padre pueda ejercer el derecho de alimentación?
El artículo 251 anteriormente citado, indica que el hijo tiene el deber de cuidar a sus padres cuando sean ancianos, cuando estos estén en estado de demencia o ante cualquier situación en la cual necesiten de su ayuda. Por lo tanto, aquellos padres de tercera edad o que sufran de demencia y que no cuenten con los medios necesarios para satisfacer su alimentación, podrán solicitar una pensión alimentaria a sus hijos. Dichas condiciones no son las únicas, ya que el hijo deberá asistirlos en todas las circunstancias de la vida en que necesitaren sus auxilios.
De darse esa situación, la persona afectada podrá acudir ante las autoridades correspondientes para acordar de manera extrajudicial una cuota alimentaria que le favorezca.
¿Cuáles son esas autoridades?
De acuerdo al artículo 31 del Código Civil:
“La conciliación extrajudicial en derecho en materia de familia podrá ser adelantada ante los conciliadores de los centros de conciliación, ante los defensores y los comisarios de familia, los delegados regionales y seccionales de la Defensoría del Pueblo, los agentes del ministerio público ante las autoridades judiciales y administrativas en asuntos de familia y ante los notarios”.
Como se observa en la norma transcrita, el trámite que se debe realizar ante las referidas autoridades es el de la conciliación entre el ascendiente y su o sus descendientes.
Pero, ¿Qué es la conciliación?
Para ello, debemos recordar el escrito ¿Cómo se llevan a cabo las conciliaciones a través de Notaría?, que nos aporta la siguiente definición:
“…es un mecanismo que se usa para que dos o más personas solucionen su conflicto, acudiendo ante una tercera que debe ser calificada, objetiva, con empatía, que conozca el conflicto, que sea facilitador, que genere alternativas y que sepa conducir a la solución”.
¿Qué requisitos deben cumplir los solicitantes de la conciliación en notaría?
Debe ser solicitada personalmente por la o las partes que desean resolver su conflicto o mediante un apoderado (en este caso se debe adjuntar el poder). En dicha solicitud, se deben señalar los hechos, lo que se pretende con la conciliación, fundamentos de derecho, pruebas, anexos, competencia y cuantía, así como, los datos necesarios para efectuar las notificaciones.
En pocas palabras, se deberá acreditar la incapacidad para poder conseguir alimentos por sus propios medios, el vínculo familiar que une el ascendiente con su o sus descendientes, la capacidad económica del descendiente para suministrar la cuota alimentaria y el monto de lo que necesita para poder alimentarse dignamente.
¿Qué ocurre si no se puede llegar a un acuerdo por medio de la conciliación?
Si no se logra el acuerdo, el interesado estará autorizado legalmente para acudir ante el juez de familia de su domicilio y mediante una audiencia judicial única, podrá solicitar el reconocimiento de la pensión alimentaria.
RECONEXION DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS
Todos tenemos como preocupación el consumo del servicio de energía eléctrica, agua y gas y, consecuentemente, el costo y pago de las respectivas facturas que, algunas veces, porque el hogar está sufriendo el desempleo de los adultos a cargo, deudas o diferentes...
RECONEXION EN TELECOMUNICACIONES
Recientemente, el Presidente colombiano sancionó la Ley 2485 de 2025, la cual delega a la Comisión de Regulación de Comunicaciones la tarea de establecer un costo máximo en la reconexión en telecomunicaciones. ¿Cuál es el objetivo de la Ley 2485 de 2025? El...
CAMBIO DE TURNOS LABORALES
Una práctica muy usual entre compañeros de trabajo de ciertas empresas y áreas es el cambio de turnos laborales, pero ¿Cuáles son las pautas legales para hacerlo? ¿Qué son los turnos de trabajo o laborales? Como señalamos anteriormente: “A pesar que en...
PENSION DE SOBREVIVIENTES PARA MENORES HUERFANOS
En un fallo reciente, la Corte Constitucional en Sentencia T- 378/25 cambia el panorama en los fondos de pensiones al establecer que los fondos privados de pensión no pueden imponer demasiados trámites para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes cuando el...
TURNOS DE TRABAJO
Muchas empresas en Colombia ejecutan sus labores mediante la gestión eficaz de turnos de trabajo, lo cual permite un éxito operativo en la producción de sus bienes o servicios. ¿Qué son los turnos de trabajo? A pesar que en el articulado de nuestro Código...
ARREGLOS Y OBRAS EN PROPIEDAD HORIZONTAL
Uno de los temas de mayor incomodidad en los edificios y conjuntos residenciales es el tema de las reparaciones y obras en horarios y días en que los demás copropietarios y residentes se encuentran descansando, por ello, hoy trataremos sobre los arreglos y obras en...
TIEMPO DE TRASLADO QUE ES JORNADA LABORAL
En algunos de nuestros artículos hemos hablado sobre la jornada laboral en Colombia y sus modalidades, pero hay muchas inquietudes acerca de los desplazamientos que toman los trabajadores en ir de su casa al lugar de trabajo y viceversa, por ello, nuestro tema de hoy...
DESAHUCIO DE LOCAL COMERCIAL
Hemos hablado sobre el desalojo de la vivienda urbana, haciendo claridad sobre los términos desalojo y desahucio, siendo el desalojo la acción a través de la cual se saca al arrendatario de la propiedad; mientras que el desahucio es la manifestación que se le hace a...
SUBARRENDAR UN LOCAL COMERCIAL
En un artículo de nuestro blog hicimos referencia al subarrendamiento de un inmueble, si esto es legal o no, lo que sucede cuando se incumple la cláusula de no subarrendar el inmueble y otros aspectos más; hoy hablaremos sobre subarrendar un local comercial. ...
EXTINCION DE DOMINIO POR CULPA DE LOS INQUILINOS
Un inmueble arrendado puede ser objetivo de la extinción de dominio cuando un arrendatario usa el inmueble para cometer sus delitos en éste, así el arrendador o propietario desconozca esta situación, por ello, hoy hablaremos sobre la extinción de dominio por culpa de...

