¿Qué es el amparo de pobreza?

by | Sep 13, 2019 | BLOG | 0 comments

¿Qué es el amparo de pobreza?

Es visto como un beneficio, un mecanismo, un instrumento o una institución procesal, lo cierto es que ésta figura jurídica, que se encuentra consagrada en el artículo 151 de Código General del Proceso (en adelante C.G.P.), viene a ser una ayuda procesal para aquellas personas que no cuentan con los medios económicos necesarios para costear los gastos propios de un proceso judicial.

Ya en palabras de la Corte Constitucional (sentencia T-114/07, N. Pinilla): “El amparo de pobreza es un instituto procesal que busca garantizar la igualdad real de las partes durante el desarrollo del proceso, permitiendo a aquella que por excepción se encuentre en una situación económica considerablemente difícil, ser válidamente exonerada de la carga procesal de asumir ciertos costos, que inevitablemente se presentan durante el transcurso del proceso. Se trata de que, aun en presencia de situaciones extremas, el interviniente no se vea forzado a escoger entre atender su congrua subsistencia y la de a quienes por ley debe alimentos, o sufragar los gastos y erogaciones que se deriven del proceso en el que tiene legítimo interés”. 

La sentencia en cuestión, también señala que: “La importancia del amparo de pobreza radica en hacer posible que quien atraviese serias dificultades económicas y se vea involucrado en un litigio, no encuentre por ello frustrado su derecho de acceder a la administración de justicia, bien sea como demandante, como demandado o como tercero interviniente, para ventilar allí, en pie de igualdad con los otros, las situaciones cuya solución requiera un pronunciamiento judicial (…) En otras palabras, el amparo de pobreza busca garantizar que el derecho esté del lado de quien tenga la razón y no de quien esté en capacidad económica de sobrellevar el proceso”.

Este mecanismo tiene una excepción y está consagrada en el mismo artículo 151 del C.G.P.: “…salvo cuando pretenda hacer valer un derecho litigioso a título oneroso.”, en virtud de esto surge la inquietud de si el juez sólo podrá conceder el amparo de pobreza en aquellos casos en los que el derecho que se reclame sea de contenido gratuito, como por ejemplo, pretensiones por donaciones, herencias, legados, etc., en cambio, en aquellos procesos en que el derecho litigioso reclamado sea de contenido oneroso, como el pago de un dinero, de frutos, de mejoras, e incluso el pago de indemnizaciones, en teoría no sea posible acceder al amparo de pobreza.

Un aspecto a tener en cuenta es que se puede solicitar este instrumento aun cuando solo se posean los recursos para el sostenimiento de la familia y las personas que están a su cargo, mediante documentos que demuestren la condición o incapacidad de pago que se tiene, como los recibos de los servicios y arriendo si fuere el caso y toda aquella documentación que demuestre que el dinero que se tiene y que se recibe solo alcanza para mantener las condiciones mínimas de alimentación, salud y educación de su familia. Cabe acotar, que el solicitante se encuentra relevado de probar su condición de pobre, pues basta afirmar dicha calidad bajo la gravedad de juramento, que se considera efectuada con la presentación de la solicitud

De acuerdo al artículo 152 del C.G.P., el presunto demandante podrá solicitar el amparo antes de la presentación de la demanda, mientras que las demás partes intervinientes podrán hacerlo durante el curso del proceso. Si se niega el amparo, se impondrá al solicitante multa de un salario mínimo mensual vigente (art. 153 del C.G.P.), pero si se concede, el amparado por pobre no estará obligado a prestar cauciones procesales ni a pagar expensas, honorarios de auxiliares de la justicia u otros gastos de la actuación y no será condenado en costas, además, el juez designará el apoderado que represente en el proceso al amparado, en la forma prevista para los curadores ad lítem, salvo que aquel lo haya designado por su cuenta (art. 154 del C.G.P.). La remuneración de los auxiliares de justicia será conforme a las reglas generales (art. 157 del C.G.P.), y a solicitud de parte, en cualquier estado del proceso podrá declararse terminado el amparo de pobreza, si se prueba que han cesado los motivos para su concesión (art. 158 del C.G.P.).

Una consideración importante de esta institución procesal, viene dada por la posibilidad de ser aplicada a personas jurídicas, al respecto se han dado los siguientes pronunciamientos:

.- Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Auto del 01/08/2003: “…resulta admisible interpretar en sentido amplio dicha disposición a fin de entender su alcance a las personas jurídicas, siempre y cuando se encuentren en una crítica situación financiera tal que, por padecerla, verdaderamente no se hallan en condiciones de atender los gastos de un proceso, sin dejar en vilo su supervivencia o sin precipitar su definitiva extinción en forma estruendosa desde el punto de vista económico”.

.- Consejo de Estado (contencioso, 03/05/2007, L. López): “Conforme a lo expuesto por la Sala, resulta procedente darle un alcance amplio a la norma, adecuándola a las condiciones propias de las personas jurídicas, lo cual no permite afirmar de manera categórica que tales entes se encuentran excluidos del beneficio previsto en el artículo 160 del C.P.C. En todo caso, la posibilidad de que las personas jurídicas accedan al amparo de pobreza es excepcional, debiéndose valorar en cada situación particular su verdadera situación financiera conforme a los medios probatorios allegados para tal fin”.

Por consiguiente, hay decisiones judiciales que consideran que el amparo de pobreza puede ser reconocido, de forma excepcional, a favor de personas jurídicas.

En resumen, el amparo de pobreza busca facilitar el acceso de todas las personas naturales o jurídicas (en forma excepcional según las sentencias mencionadas), a la administración de justicia.

DIAN USUARIOS REGISTRADOS

Para comenzar su proceso de registro ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- debe entrar al portal de la entidad https://www.dian.gov.co   Allí, de forma fácil y didáctica, se indica al usuario cómo acceder a los diferentes servicios...

read more

DIAN MUISCA

Las personas naturales y jurídicas que no requieren registro mercantil o certificado de cámara de comercio, pero que tienen obligaciones tributarias ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, en algún momento tuvieron que registrarse en el portal de...

read more

RUT DIAN

El usuario que desee crear, actualizar o modificar el Registro Único Tributario -RUT- debe realizarlo directamente en el portal web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, por tanto, no necesita de intermediario ni mucho menos pagar por el trámite de...

read more

REGISTRO UNICO TRIBUTARIO RUT

El Registro Único Tributario -RUT- es un documento dispuesto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- con el propósito de identificar, ubicar y clasificar a las personas naturales y jurídicas como "contribuyentes declarantes del impuesto sobre la...

read more

DAVIPLATA FAMILIAS EN ACCION

El subsidio que recibe cada hogar a través del Programa Familias en acción se realizará a través de las entidades bancarias Davivienda y Banco Agrario, quienes entregarán los respectivos giros que Prosperidad Social seleccionó una vez realizada la encuesta del Sisbén...

read more

FAMILIAS EN ACCION

Familias en Acción es un programa de Prosperidad Social cuyo objetivo es ayudar a la población en condición de pobreza extrema y moderada en los subgrupos A1-A5 y B1a B4 que tengan niñas, niños o adolescentes menores de 18 años identificadas en la última encuesta del...

read more

COMBARRANQUILLA SUBSIDIO

Combarranquilla es una caja de compensación familiar cuya sede principal está ubicada en la capital del Atlántico, y ofrece a sus afiliados una gama de subsidios desde la oportunidad de acceder a vivienda hasta ayudas económicas para el desempleo y educación.  ...

read more

COMFANDI SUBSIDIO

Comfandi es una empresa social de carácter privado sin ánimo de lucro cuya sede principal está ubicada en Cali, Valle del Cauca, y como tal presta servicios y programas en áreas de la educación, salud, recreación y cultura, igualmente otorga a sus afiliados subsidios...

read more

COMFAMA SUBSIDIO

Afiliarse a una Caja de Compensación Familiar como Comfama en el departamento de Antioquia, trae innumerables beneficios no sólo para el cotizante sino para su núcleo familiar donde podrán aplicar a subsidios para vivienda o ayudas económicas.   Está dirigido a...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido