Cuál es el trámite cuando un socio de una empresa que fallece deja deudas a favor del Estado colombiano y no se pueden localizar a los herederos?
Recordemos el escrito ¿Las deudas también se heredan?, donde nos señala que en algunas situaciones las obligaciones también se transfieren y por las cuales los herederos deberán responder. Se hace referencia a dicho escrito en razón al oficio 220-037134 del 30 de abril de 2019 emitido por la Superintendencia de Sociedades, que plantea una situación particular en donde un socio con deudas en favor de una institución pública fallece y se hace imposible encontrar a sus herederos. Al respecto, la primera interrogante que surge es:
¿Los herederos deberán asumir esa deuda en su totalidad?
No, en ningún momento los herederos deberán responder por todas las deudas ni muchos menos sacar dinero de su bolsillo para cancelarlas, serán los bienes que entren en la masa de herencia o sucesión los que van a servir como parte de pago. Los herederos pagaran esas deudas hasta donde alcancen dichos bienes.
¿Qué hacer si no se pueden localizar a los herederos del socio de la empresa?
Si después de cumplir todos los procesos legales, se hace imposible ubicar a al menos uno de los herederos legítimos, será necesario que un interesado acuda ante un Notario público o ante un Juez de la República para iniciar el proceso de sucesión.
¿Quién puede iniciar un proceso de sucesión?
Según el Oficio arriba citado, el artículo 1312 del Código Civil establece quienes estarán legitimados para solicitar la apertura de un proceso de sucesión. Entiéndase:
“…el albacea, el curador de la herencia yacente, los herederos presuntos testamentarios o abintestato, el cónyuge sobreviviente, los legatarios, los socios de comercio, los fideicomisarios y todo acreedor hereditario que presente el título de su crédito”.
En el caso descrito, ¿Quién de los arriba mencionados sería el más idóneo para iniciar el proceso?
Ante la imposibilidad de contactar a los herederos, el interesado más idóneo sería uno o una de los socios de la empresa, y no sólo por la deuda, también para establecer el futuro de los bienes y acciones de la empresa que haya dejado el socio fallecido.
¿Qué ocurre después de iniciada la sucesión?
Una vez iniciado el proceso por ese o esa socia interesada, podrán comparecer ante el juez del proceso de sucesión todos aquellos acreedores del difunto con la intención de que sean saldadas sus deudas a través del litigio.
Por último, ¿Cómo se procede en el caso de la deuda con la entidad pública?
Igualmente, como acreedor interesado, podrá asistir ante el Juez del proceso aquella persona que actúe en representación de la institución del Estado colombiano a la que el socio fallecido le quedó en deuda.
Obviamente, se seguirán todos los procesos legales estipulados por las leyes hasta que se logren saldar las deudas.
¿Qué regula el Decreto de emergencia económica en el tema de arriendos?
¿Qué regula el Decreto de emergencia económica en el tema de arriendos de locales comerciales, pymes y propiedad horizontal? El Decreto 579 de 2020 no solo regula el arriendo habitacional sino también el comercial, las pymes y lo concerniente a propiedad horizontal...
Medidas adoptadas en contratos de arrendamiento- época de emergencia
¿Cuáles son las medidas adoptadas por el Gobierno para los contratos de arrendamiento habitacional en época de emergencia económica? El Gobierno Nacional, buscando cómo suavizar el impacto que ha tenido la pandemia Covid 19 en las finanzas de la gran mayoría de...
RÉGIMEN DISCIPLINARIO SERVIDORES PÚBLICOS EN COLOMBIA.
¿Cuál es el régimen disciplinario para los servidores públicos en Colombia? Para comenzar este artículo, es necesario aclarar quiénes son los servidores públicos y, para ello, nuestra Constitución Política hace la definición taxativa en su art. 123 señalando que son...
TRAMITES QUE SE GENERAN CON DIVORCIO Y CESACIÓN EFECTOS CIVILES PARTE II
¿Qué trámites y consecuencias jurídicas se generan con el divorcio, la separación de hecho y la cesación de efectos civiles de un matrimonio católico y de una unión marital de hecho? Parte II Continuando… Cuando no existen bienes de ningún tipo que conformen sociedad...
TRAMITES QUE SE GENERAN CON DIVORCIO Y CESACIÓN EFECTOS CIVILES
¿Qué trámites y consecuencias jurídicas se generan con el divorcio, la separación de hecho y la cesación de efectos civiles de un matrimonio católico y de una unión marital de hecho? Parte I Cuando una pareja decide conformar una familia, en un gran porcentaje,...
ACUERDO DE DIVORCIO EN CASO DE HABER MENORES DE EDAD
Aspectos importantes que debe tener el acuerdo de divorcio en caso de haber hijos menores de edad. En el escrito: “Divorcio ante Notario”, se pueden encontrar los fundamentos básicos de dicho trámite y además la posibilidad de gestionar por cuenta propia y en forma...
QUE OCURRE SI EL CERTIFICADO NACIDO VIVO PRESENTA ERROR
¿Qué ocurre cuando el certificado de nacido vivo presenta errores o se ha extraviado? Recordaremos la publicación: ¿Cuáles son los documentos antecedentes necesarios para la inscripción del nacimiento en el registro civil?, ahí se señalaron los diferentes documentos...
SOCIEDAD DE HECHO, CONSORCIO Y LA UNION TEMPORAL.
Semejanzas y diferencias entre la sociedad de hecho, el consorcio y la unión temporal. Recordemos que el consorcio como forma de asociación no encaja en otras figuras jurídicas y aunque la unión temporal no solo está definida por la misma norma, sino que también,...
Las uniones temporales como forma de asociación comercial.
Las uniones temporales como forma de asociación comercial. De acuerdo al numeral 2 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993, estaremos en presencia de una unión temporal cuando dos o más personas en forma conjunta presenten una misma propuesta para la adjudicación,...
¿QUE ES UN CONSORCIO?
¿Qué es un consorcio? En Colombia, la Ley 80 de 1993 en su artículo 7 define al consorcio de la siguiente manera: "Cuando dos o mas personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato..." ¿Con quiénes...


