El registro civil de matrimonio se suscribirá para aquellos matrimonios civiles celebrados en el país, inclusive, los matrimonios celebrados en el extranjero entre dos colombianos por nacimiento, entre un colombiano por nacimiento y un extranjero, entre dos colombianos por adopción, o entre un colombiano por nacimiento y uno por adopción, inscripción que podrá hacerla cualquier persona presentando los documentos que acrediten el vínculo de los contrayentes.

El registro civil contendrá:

  • El lugar y la fecha de su celebración.
  • Nombre, estado civil, domicilio e identidad de los contrayentes y código del folio de registro de su nacimiento y el lugar de su inscripción.
  • Nombre de los padres de los contrayentes.
  • Funcionario o sacerdote que celebró el matrimonio.
  • Nombre, identidad y folio de registro de nacimiento de los hijos de los contrayentes legitimados por el matrimonio.

Requisitos:

  • Solicitud de registro civil de matrimonio.• Fotocopia de las cédula de ciudadanía de los contrayentes.
  • Fotocopia de la partida eclesiástica debidamente autenticada por la curia, cuando se trate de matrimonio católico con indicación del nombre de los contrayentes, la fecha, el lugar, el despacho, parroquia o sacerdote que lo celebro
  • Si el matrimonio es celebrado en el exterior se elevará en escritura pública y se protocolizará la partida de matrimonio.
  • Si es celebrado en la Notaría quedará inmediatamente registrado después de la celebración.
  • cuando se efectúa por otros credos, deberá anexarse fotocopia de la personería jurídica de la iglesia.
  • En el caso que es realizado ante un juez civil, el acta se protocolizará mediante escritura y se inscribirá en el registro.

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