SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA SOLIDARIA

La Superintendencia de Economía Solidaria, para algunos,  no es una entidad tan conocida como la Superintendencia Financiera o la de Industria y Comercio, por ej., pero es una entidad muy importante del Gobierno que tiene funciones de inspección y vigilancia y control de las organizaciones de la Economía Solidaria.

 

¿Qué es la Superintendencia de Economía Solidaria?

 

Esta entidad surgió como respuesta a la crisis que se presentaba en el sector financiero del país y lo que ocasionaba en las organizaciones solidarias, ante lo cual, el Presidente del momento Ernesto Samper Pizano, mediante la Ley 454 de 1998, modificó lo que era el Departamento Nacional de Cooperativas -Dancoop- en el Departamento Administrativo de la Economía Solidaria -Dansocial- y creó la Superintendencia de la Economía Solidaria- Supersolidaria- y al Fondo de Garantías del Sector- Fogacoop.

 

¿Cuáles son las principales funciones de la Supersolidaria?

 

  • Básicamente, supervisar la actividad financiera del cooperativismo y de los servicios de ahorro y crédito de los fondos de empleados y asociaciones mutualistas.

 

  • En general, aprovechar los recursos obtenidos de los asociados por parte de las organizaciones de la economía solidaria.

 

  • Supervisar las organizaciones de la economía solidaria que establezca el Presidente de la República a través de acto general, que no estén sujetas a la supervisión especializada del Estado.

 

 

¿Cómo se presenta una queja ante la Supersolidaria?

 

En cumplimiento de la Ley 1755 de 2015,  se debe:

 

  • Determinar la autoridad ante la cual se dirige.
  • Dar los nombres y apellidos del solicitante o del apoderado, si lo tiene.
  • Documento y número de identificación.
  • Dirección de domicilio para notificaciones.
  • Dirección de correo electrónico.
  • Objeto de la petición.
  • Relacionar los documentos que se anexan para el inicio del trámite.
  • Firma del peticionario.

 

¿Qué sucede cuando hay peticiones incompletas y anónimas?

 

  • En este caso, el peticionario es requerido para que, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de radicación de la PQR, complete la solicitud en un tiempo máximo de 1 mes.

 

  • Se entiende que la solicitud ha sido desistida por el peticionario cuando no cumpla con el requerimiento, a menos que antes del vencimiento del plazo solicite la prórroga de éste hasta por el mismo término que se le concedió inicialmente.

 

  • En caso de una petición anónima, con contenido claro en lo relativo al objeto y en atención a la presente resolución, el servidor público delegado para este trámite la resolverá y su respuesta se publicará a través de los medios señalados para ello.

 

¿Cuál es la información de contacto de la Supersolidaria?

 

Correo institucional:  atencionalciudadano@supersolidaria.gov.co

Correo para notificación judicial: notificacionesjudiciales@supersolidaria.gov.co

Dirección física: Avenida Calle 24 (Esperanza) No. 60-50 piso 8, Centro Empresarial Gran Estación.

PBX: 601 756 0557

Horario de atención:  Lunes a viernes, de 8:00 a.m a 5:00 p.m.

Ciudad:   Bogotá, D.C.

Temas relacionados:

 

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