Su nombre completo es Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y con nombre corto de Superservicios, es la entidad a la que los ciudadanos pueden acudir cuando consideran que la respectiva empresa de servicios públicos domiciliarios no ha solucionado sus requerimientos por cobros indebidos, por irregularidades en la prestación del servicio, entre otros.

 

¿Qué es y qué hace la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios?

 

Es la entidad que se encarga de vigilar, inspeccionar y controlar el debido cumplimiento del servicio público de empresas como la energía eléctrica, acueducto y alcantarillado, aseo y distribución de gas natural.

 

¿Cuáles son los canales de atención para presentar quejas ante la Superservicios?

 

Los usuarios que sienten que sus derechos han sido vulnerados con respecto a una inadecuada prestación de los servicios públicos domiciliarios tienen a su disposición los canales de atención de la Superintendencia de Servicios Públicos para que su queja, reclamo, sugerencia o denuncia sea atendida:

 

  • Diligenciar el formulario de peticiones
  • Llamar a la línea gratuita nacional

(+57) 01-8000-910305

  • Comunicarse con la línea de atención en Bogotá 601-691-3005
  • Por correo electrónico sspd@superservicios.gov.co
  • A través del portal web de la entidad www.superservicios.gov.co
  • Acudir a los puntos de atención en las diferentes sedes de Superservicios.

 

¿Cómo presentar una denuncia ante la Superservicios?

 

  • Si el ciudadano sabe de conductas consideradas no éticas o ilegales, cometidas por algún funcionario de las empresas y prestadores vigilados por la Superintendencia de Servicios Público, puede colocar la denuncia respectiva para que se realice la investigación pertinente.


  • A través de este enlace

https://www.superservicios.gov.co/Atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/Canal-de-transparencia-contra-la-corrupcion-y-el-soborno, puede interponer la debida denuncia de actos o conductas de corrupción o intentos de soborno con sólo diligenciar los siguientes campos:

 

  • Ante todo, se le permite al usuario que su denuncia la realice de forma anónima o no. Si escoge la primera opción, puede denunciar bajo un pseudónimo y un correo electrónico,  exponer su caso o solicitud con un máximo de 1.500 caracteres. Si tiene alguna prueba puede adjuntar el documento respectivo.
  • Luego debe resolver el captcha que es un simple problema matemático y dar “Enviar”.
  • Si la denuncia no es anónima, hay que diligenciar algunos campos como tipo y número de identificación, nombres y apellidos, departamento y ciudad, dirección, correo electrónico, teléfono o celular.
  • Luego, debe exponer brevemente la denuncia (quién, cómo, cuándo, dónde ocurrieron los hechos), y si tiene alguna prueba anexar el documento en la casilla que está dispuesta para tal fin.
  • Se pedirá posteriormente autorizar el tratamiento de los datos personales, resolver Captcha (problema matemático) y por último dar clic en “Enviar”.
  • La respuesta a su solicitud se enviará al correo electrónico señalado, en un término de diez (10) a treinta (30) días, según lo dispuesto por la Ley.

 

 

¿Cómo presentar una  PQRSDF?

 

El usuario también puede interponer una petición, queja, reclamo,  hacer una sugerencia o felicitación en el siguiente vínculo https:

www.superservicios.gov.co/Atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/Peticiones-Quejas-Reclamos-Sugerencias-Denuncias-y-Felicitaciones, y realizar la respectiva solicitud, según el instructivo de cada de los puntos señalados.

 

En todos ellos se solicitará los datos de:

 

  • Nombres y apellidos completos.
  • Tipo y número del documento de identificación.

– Dirección de notificación y teléfono de contacto.

– Objeto de PQRSDF

– Exposición de los hechos.

 

  • El trámite no tiene ningún costo, y no hay necesidad de intermediario para efectuar la solicitud que desea realizar.
  • La narración de los hechos debe hacerse de manera respetuosa, por tanto cualquier manifestación temeraria o amenazante, imprudente e incluso confusa o sin importancia, no se tramitará.
  • Recuerde que cualquier ciudadano puede interponer  una PQRSDF si considera que sus derechos han sido vulnerados “relacionada con la prestación indebida de un servicio o por falta de atención a una solicitud”, tal como señala Superservicios.
  • Asimismo, si considera que su solicitud de PQRSDF no fue respondida satisfactoriamente, puede interponer el recurso respectivo.

 

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