Las acciones sucesorales son herramientas jurídicas con las que cuentan los herederos, cónyuge, legatarios o compañeros permanentes y terceros interesados para reclamar, discutir, proteger o hacer valer sus derechos sucesorios.
¿Qué es una acción?
Una acción es el derecho que tiene una persona para acudir ante la administración de justicia y pedir el amparo o reconocimiento de un derecho a través de un proceso judicial.
¿Qué son las acciones sucesorales?
Las acciones sucesorales, son, entonces, mecanismos legales para:
- Proteger la masa sucesoral
- Reclamar derechos hereditarios
- Impugnar actos
- Lograr la partición de la herencia
- Excluir herederos
- Hacer cumplir la voluntad del causante
- Recuperar bienes
¿Cuáles son las características de las acciones sucesorales?
- Son patrimoniales: Su objetivo es proteger o adjudicar derechos económicos surgidos de la herencia.
- Son transmisibles: Generalmente, los derechos hereditarios se transmiten a otros herederos o cesionarios.
- Algunas acciones son imprescriptibles parcialmente, pero hay algunos derechos hereditarios que tienen protección prolongada como el derecho real de herencia.
- Protegen la universalidad jurídica de la herencia: No sólo bienes individuales, sino también la masa sucesoral.
- Pueden coexistir entre sí: Petición de herencia, simulación, reivindicación, nulidad, reforma del testamento, colación.
¿Cuáles son las principales acciones sucesorales?
- Acción de petición de herencia: “El Código Civil colombiano, artículo 1321, expresa que: “El que probare su derecho a una herencia, ocupada por otra persona en calidad de heredero, tendrá acción para que se le adjudique la herencia, y se le restituyan las cosas hereditarias, tanto corporales como incorporales; y aún aquellas de que el difunto era mero tenedor, como depositario, comodatario, prendario, arrendatario, etc., y que no hubiere vuelto legítimamente a sus dueños”.
Es la acción que tiene el verdadero heredero para reclamar la herencia o su cuota hereditaria ante quien la tenga indebidamente como heredero aparente, recuperar bienes hereditarios y lograr que se le restituyan los frutos y rendimientos.
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- Acción de reforma de testamento: Artículo 1274 del Código Civil, permite a los legitimarios pedir la modificación del testamento cuando el causante vulnera las asignaciones forzosas.
- Acción de partición de herencia: Se usa para dividir y adjudicar los bienes hereditarios entre los herederos, pone fin a la indivisión, artículo 1374 del Código Civil.
- Acción de rescisión de partición: Invalida una partición injusta o viciada por causa de fraude, lesión enorme, error o violencia.
- Acción de nulidad del testamento: Su objetivo es invalidar total o parcialmente el testamento que incumpla los requisitos legales.
- Acción Pauliana o revocatoria: Su fin es dejar sin efecto los actos fraudulentos que lesionan los intereses de los acreedores hereditarios o legitimarios.
- Acción reivindicatoria hereditaria: Su fin es la recuperación de bienes específicos de la sucesión que se encuentran en poder de terceros, artículo 946 del Código Civil.
- Acción de desheredamiento: Permite excluir del testamento a un legitimario cuando hay causales legales para ello, artículo 1266 del Código Civil.
- Acción de simulación en temas sucesorales: Su finalidad es la de demostrar que los actos realizados por el causante o herederos fueron aparentes para esconder bienes o para perjudicar a los legitimarios como, por ej., las donaciones encubiertas y las ventas ficticias
- Acción de colación: La que busca que ciertos herederos incorporen a la masa sucesoral los bienes o donaciones recibidas en vida del causante, para que se garantice la igualdad de los herederos.
- Acción de indignidad sucesoral: Su finalidad es excluir al heredero indigno (por atentar contra el causante, abandono grave, fraude, ocultamiento del testamento), artículo 1025 del Código Civil.
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