Aspectos importantes que debe tener el acuerdo de divorcio en caso de haber hijos menores de edad.
En el escrito: “Divorcio ante Notario”, se pueden encontrar los fundamentos básicos de dicho trámite y además la posibilidad de gestionar por cuenta propia y en forma online tanto el acuerdo de divorcio cómo el poder para el abogado o la abogada que lo debe asistir.
Recordemos que en la Notaría se formalizará mediante escritura pública el acuerdo al que lleguen los cónyuges para su divorcio el cuál producirá los mismos efectos que el divorcio decretado judicialmente.
¿Cuál es el procedimiento a seguir para iniciar el trámite de divorcio ante un Notario?
De conformidad con el artículo 2 del Decreto 4436 de 2005, los cónyuges deberán presentar personalmente ante el Notario el poder que autorizará al abogado o abogada de su elección para que actué en representación de ellos, y será aquel o aquella quién presente la petición de divorcio ante el Notario.
¿Qué debe contener la petición de divorcio?
Del artículo anteriormente citado, se desprende:
a).- Los nombres, apellidos, documentos de identidad, edades y residencia de los cónyuges.
b).- El acuerdo suscrito por los cónyuges con la manifestación de voluntad de divorciarse. Además, contendrá disposiciones sobre el cumplimiento de las obligaciones alimentarias entre ellos, si es el caso, y el estado en que se encuentra la sociedad conyugal.
c).- Copias o certificados de los registros civiles de nacimiento y matrimonio de los cónyuges.
Ahora bien, ¿Qué ocurre si los cónyuges que se desean divorciar tienen hijos menores de edad?
De haber hijos menores de edad, el acuerdo también comprenderá los siguientes aspectos:
a).- La forma en que los padres contribuirán a la crianza, estableciendo quién ejercerá la custodia y cuidado personal de los menores.
b).- La obligación o cuota alimentaria, que será de acuerdo con la capacidad económica de quién deba proporcionarla. Es pertinente aclarar, se entiende por alimentos todo lo que sea necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes, es decir, todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, educación o instrucción del menor.
c).- El régimen de visitas con la periodicidad de las mismas, se refiere al tiempo que requiere el padre que no convive con el menor para que pueda compartir con él, ya sea cada fin de semana o cada quince días, lo mismo aplica para la temporada de vacaciones, las fechas de cumpleaños, navidad, fin de año, etc.
d).- Las copias o los certificados de los registros civiles de nacimiento de los hijos menores de edad.
e).- La intervención de un Defensor de Familia.
¿Por qué es necesaria la intervención de un Defensor de Familia?
Habiendo hijos menores de edad, el Notario mediante escrito le notificará al Defensor de Familia, del lugar de residencia de los cónyuges, sobre el acuerdo al que han llegado éstos. El Defensor de Familia deberá emitir su concepto u opinión en los quince (15) días siguientes a la notificación, en donde evaluará si el contenido del acuerdo es acorde a la protección e intereses superiores de los hijos menores.
¿Qué ocurre si el Defensor de Familia no emite su concepto?
Si en el plazo establecido el Defensor de Familia no ha enviado su concepto, el Notario dejará constancia de tal circunstancia y autorizará la escritura pública, le enviará una copia al Defensor de Familia a costa de los interesados.
¿Qué ocurre si el concepto que emite el Defensor de Familia es negativo?
Les serán devueltos los documentos a los cónyuges y éstos deberán acudir a un proceso judicial ante un Juez de Familia competente, ya que, el pronunciamiento del Defensor de Familia no es susceptible de ningún recurso legal.
¿Qué ocurre si no hay asignado un Defensor de Familia en la localidad donde residen los cónyuges?
En este caso, será el Comisario de Familia el autorizado para emitir los conceptos u opiniones sobre el acuerdo de divorcio, y en ausencia de éste, será el Inspector de la Policía quién podrá emitir el concepto solicitado. Tal situación es válida en base al artículo 98 de la Ley 1098 de 2006, el cuál consagra la figura jurídica de la competencia subsidiaria que consiste en transferir ciertas funciones o competencias de un funcionario a otro en caso de una ausencia plena.
Para concluir, si transcurren dos (2) meses desde la fecha en que la petición de divorcio fue puesta a la disposición del Notario, sin que los interesados concurran a su otorgamiento, se considerará que éstos han desistido de continuar con el trámite.
REPARACIONES EN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Cuando se celebra un contrato de arrendamiento de un inmueble, tanto arrendador como arrendatario contraen ciertas obligaciones o compromisos y tal es el caso de las reparaciones locativas que se deban realizar en éste mientras esté mientras se encuentre vigente el...
PROCESO DIVISORIO
Cuando en un bien mueble o inmueble existen dos o más propietarios y éstos no se ponen de acuerdo en la forma de repartir el activo, entonces, una de las partes puede solicitar ante un juez civil del circuito que proceda a la división material del predio (si es...
FIRMA A RUEGO
Algunas veces, se presenta el caso de un acto o negocio jurídico o cualquier otro trámite notarial, financiero, etc., donde una de las personas involucradas no sabe firmar, o presenta una discapacidad visual que se lo impide, es ahí donde se realiza lo que se ha...
CERTIFICADO DE LUCIDEZ MENTAL
Desafortunadamente, con el paso de los años se presentan varias circunstancias que nos impiden desempeñarnos todo lo bien que desearíamos y, para efectos legales,algunas de ellas como la capacidad mental, el saber leer, el saber escribir, son esenciales, por lo que en...
SUSTITUCION PENSIONAL
SUSTITUCION PENSIONAL Al fallecer un pensionado deja un derecho reconocido a su pensión y a que tal derecho le sea dado a la persona más cercana a él, siempre que reúna los requisitos para sustituirlo, es decir, esa persona pasará a ser quien reciba esa pensión....
UNIDAD DE GESTION PENSIONAL Y PARAFISCALES – UGPP
UNIDAD DE GESTION PENSIONAL Y PARAFISCALES - UGPP En los últimos años, las empresas y los independientes privados han sido sorprendidos con una notificación de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), en la ejecución de sus actividades en lo referente a...
PRESCRIPCION DE DERECHOS LABORALES
PRESCRIPCION DE DERECHOS LABORALES La prescripción es un término utilizado para indicar que hay un tiempo establecido para hacer valer un derecho determinado, y en este caso que nos concierne se refiere a que con el paso del tiempo cesa cualquier reclamación u...
FECHA DE ESTRUCTURACION DE LA INVALIDEZ
FECHA DE ESTRUCTURACION DE LA INVALIDEZ Cuando se solicita una pensión de invalidez es esencial saber con exactitud la fecha de estructuración de la invalidez, pues esta duda perjudica los derechos de los afiliados y probables pensionados en el evento de enfermedades...
EMBARGO Y SECUESTRO DE LA POSESION
EMBARGO Y SECUESTRO DE LA POSESION Primero, hay que tener claridad sobre la posesión para comprender los alcances de un embargo y secuestro sobre ésta y saber en últimas las consecuencias y efectos que se surten cuando se llega a esta instancia proferida por un ...
PRIMA DE SERVICIOS
Dentro de las prestaciones sociales de los trabajadores se encuentra la prima de servicios, así como las cesantías, los intereses a las cesantías y la dotación, tal como lo tratamos en anterior artículo del blog de la página web de la notaría 19. En esta ocasión...


