El Código Sustantivo del Trabajo, en su Art. 76, define lo que es el periodo de prueba: “la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del {empleador}, apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo”, y en los artículos siguientes señala su forma de estipulación, la duración máxima, su prórroga y su efecto jurídico.
Se puede inferir de lo anterior que el periodo de prueba es un plazo de tiempo acordado entre empleador y trabajador, pues el art. 78 del mismo código, establece una duración máxima de dos meses (2), por lo que la estipulación puede ser por tiempo inferior, pero debe constar por escrito, aunque hay casos especiales como los de los trabajadores domésticos donde se presumen como periodo de prueba los primeros quince (15) días laborados por el trabajador.
La finalidad de este periodo es la de dar la opción a las partes para evaluar, por parte del empleador, si el trabajador cuenta con las aptitudes requeridas para el trabajo asignado y, por parte de éste, si las condiciones en las que se desenvolverá son las adecuadas para ejecutar su labor; así mismo, cualquiera de ellos podrá dar por terminada la relación laboral sin que haya que alegar ninguna causal, sin derecho a que haya indemnización y sin que deba darse aviso previo de ello.
Como particularidades del periodo de prueba señalemos las siguientes:
- Tiene una formalidad, siempre debe estipularse por escrito, pues de lo contrario no se podrá demostrar su existencia.
- No es obligatoria ya que su estipulación depende de la voluntad de las partes.
- El lapso que dure el periodo de prueba se adiciona para computar tiempo de antigüedad.
- Su término máximo de duración es de dos meses, pero las partes pueden pactarlo por menos tiempo, o si se trata de un contrato a término fijo el periodo es de una quinta parte de su duración.
- En el caso que se trate de contratos sucesivos entre las mismas partes, sólo se entiende que hay periodo de prueba sólo en el primer contrato.
- En relaciones laborales con trabajadores domésticos este periodo sólo es de quince (15) días.
- EL contrato laboral, durante este periodo, se puede terminar unilateralmente por alguna de las dos partes.
- Durante la vigencia de este tiempo de prueba, el trabajador tiene derecho a todas las prestaciones que la Ley laboral le otorga (salario, seguridad social y prestaciones)
Cuando se trata de un plazo inferior a los dos (2) meses que la Ley señala, puede prorrogarse hasta su máxima duración.
TRASPASO DE VEHICULO DE PERSONA FALLECIDA
Cuando el propietario de un vehículo fallece, el automotor pasa a formar parte de su patrimonio y, por tanto, de la sucesión. Para que el vehículo pueda quedar registrado a nombre de uno o varios herederos, no es solo acreditar el fallecimiento, sino que primero debe...
ALLANAMIENTO A LA DEMANDA
El allanamiento a la demanda es una figura procesal a través de la cual el demandado acepta expresamente las pretensiones formuladas por el demandante y reconoce sus fundamentos de hecho. Aunque muchas personas han escuchado este término no saben cómo usarla, ni para...
DENUNCIA PENAL
La denuncia penal es el mecanismo por el cual una persona pone en conocimiento de las respectivas autoridades un hecho que considera un delito, para que sea investigado por la Fiscalía General de la Nación. Puede presentarse de forma presencial o mediante los...
CONSTITUCION DE EMPRESA FAMILIAR
Cada vez son más las familias que deciden unir sus esfuerzos para crear un negocio. La Ley 2495 de 2025 establece medidas para promover las empresas familiares en Colombia y ofrece algunos beneficios para aquellas que cumplan los requisitos establecidos. Pero ¿Qué es...
EMPRESA FAMILIAR
Las empresas familiares representan una parte importante de la estructura empresarial de nuestro país y, además de constituir una fuente de ingresos y empleo, suelen concentrar el patrimonio construido por varias generaciones, por lo cual, el tema del presente...
ACCION PENAL
La acción penal es el mecanismo mediante el cual se pone en funcionamiento el aparato de justicia frente a la posible comisión de una conducta punible. Su ejercicio permite que las autoridades investiguen los hechos, determinen si existe responsabilidad penal y,...
REPARACION DIRECTA
Cuando una persona sufre un daño como consecuencia de la actuación u omisión de una entidad pública, puede existir responsabilidad patrimonial del Estado. En estos casos, la reparación directa es el mecanismo de control judicial que permite pedir una indemnización por...
FIDUCIA EN GARANTIA
La fiducia en garantía es un negocio fiduciario por el cual una persona transfiere determinados bienes a una sociedad fiduciaria para que estos respalden el cumplimiento de una o varias obligaciones, tema del que hablaremos en nuestro presente artículo. ¿Qué...
FIDUCIA INMOBILIARIA
La fiducia inmobiliaria es una herramienta ampliamente usada en Colombia para administrar los bienes y recursos dirigidos al desarrollo de proyectos inmobiliarios, buscando dar mayor transparencia y control sobre los recursos brindados por compradores e...
NUEVAS REGLAS PARA LOS NEGOCIOS FIDUCIARIOS
El Decreto 510 de 2026 incorporó al Decreto 2555 de 2010 un nuevo marco regulatorio para los negocios fiduciarios en Colombia. El objetivo de esta norma es fortalecer la transparencia, la gestión de riesgos y la protección de los consumidores financieros, así como...

