El contrato de arrendamiento de vivienda es uno de los más usados y uno de los que genera más conflicto por las relaciones entre arrendador y arrendatario, pero desalojar a un adulto mayor es uno de los inconvenientes más grandes por las implicaciones que tiene y por ser personas con una especial protección.
¿Qué es el desalojo?
En uno de nuestros artículos señalamos que: “Es la acción propiamente dicha por parte del arrendador de terminar el contrato de arrendamiento por incumplimiento del arrendatario, ya sea por falta de pago de los cánones de arrendamiento, subarrendar o destinar el inmueble para algo distinto a lo pactado en el contrato, entre otros motivos.”
¿Cuáles son las causas para un desalojo?
El desalojo se causa, principalmente, por el incumplimiento del arrendatario de alguna de las cláusulas del contrato de arrendamiento, como pueden ser:
- Que el arrendatario presente muchos inconvenientes en su comportamiento con las otras personas de la comunidad (propiedad horizontal) en el desarrollo del contrato de arrendamiento.
- Incumplimiento del arrendatario en las normas del reglamento de Propiedad Horizontal de la vivienda arrendada.
- El no pago del canon de arriendo.
- Hacer cesión del contrato sin que esté permitido en el mismo.
- Que subarriende parte de la vivienda a otras personas estando prohibido en el contrato de arrendamiento.
- El no pago de los servicios públicos de la vivienda.
- Realizar un cambio en el uso del suelo del inmueble arrendado sin autorización del arrendador o propietario.
- Hacer modificaciones, mejoras, mantenimientos, ampliaciones de la vivienda sin autorización del arrendador o propietario.
¿Cuáles son los requisitos para desalojar a un adulto mayor?
- Se debe interponer una demanda solicitando al juez la restitución de la vivienda arrendada.
- Se les debe realizar el desalojo con el mayor respeto de sus derechos fundamentales
- Hacer un análisis jurídico verificando que el desalojo sea legal y justificado.
- Hacer una evaluación social considerando la situación personal de la persona adulta mayor de acuerdo a sus condiciones económicas, salud y redes de apoyo.
- Anexar el contrato de arrendamiento.
- Documentar las pruebas del incumplimiento del arrendatario.
- Se les debe garantizar su mínimo vital.
- Hacer una notificación formal sobre el desalojo y con la debida antelación, con explicación motivada de las razones de éste y del proceso.
- La comunicación debe ser clara y accesible para que el adulto mayor la entienda fácilmente.
- Darle una reubicación adecuada, digna, apoyándolo para encontrar una nueva vivienda o incluirlo en programas de vivienda social del Gobierno.
- Darle asesoría legal, apoyos adicionales como servicios sociales y ayuda para mudarse.
- Finalmente, otorgarle un término suficiente de tiempo para el desalojo a través de correos electrónicos y físicos, mensajes de texto, todo dirigido a que cuente con un plazo suficiente para desalojar el inmueble que actualmente habita.
¿Qué entidades del Estado garantizan que los adultos mayores tengan el mínimo vital en lo relacionado con la vivienda?
El Estado a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio brinda apoyo a los adultos mayores para garantizarles su mínimo vital.
Este proceso de desalojo puede demorar entre 6 meses y 1 año, de acuerdo a cada caso y a lo que señale el juez.
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