El Proyecto de Ley del Habeas Data Financiero, conocido popularmente como Ley de borrón y cuenta nueva en centrales de riesgo para aquellas personas que están reportadas, fue aprobado por la Corte Constitucional dando pleno respaldo a la iniciativa presentada y aprobada unánimemente en el Congreso, por tanto, sólo falta la sanción presidencial para convertirse en Ley de la República.

 

¿En qué consiste?

  • El incumplimiento de obligaciones con el sector comercial y financiero, será reportado en los bancos de datos manejados por entidades como Datacrédito, CIFIN o Procrédito, y se regirán por un término de permanencia del doble del tiempo de la mora, máximo cuatro (4) años,  contados desde el instante en que sean pagadas las cuotas vencidas o sea extinguida la obligación, que son ocho (8) años, a partir del momento en que entre en mora la obligación.
  • Vencidos estos términos, los operadores que prestan este servicio de información deberán eliminar de la base de datos dichos reportes negativos, más no la información considerada positiva que permanecerá de manera indefinida.

 

¿Cuál es el objeto de este proyecto de Ley de habeas data financiero?

Su objeto es el de modificar y adicionar la Ley 1266 de 2008, fortaleciendo el derecho al Habeas data, de ese modo “toda información negativa o desfavorable que se encuentre en bases de datos y se relacione con calificaciones, récord (scorings-score), o cualquier tipo de medición financiera, comercial o crediticia, deberá ser actualizada de manera simultánea con el retiro del dato negativo o con la cesación del hecho que generó la disminución de la medición”, reza el texto.

 

¿Cuál será el trámite de la Ley de borrón y cuenta nueva en las centrales de riesgo?

  •         Aviso al usuario moroso: si una persona contrae una obligación inferior o igual a un quince por ciento (15%) de un (1) SMLV, y no la paga en el tiempo establecido (pago tarjeta de crédito, por ej.), se le comunica al usuario moroso por dos (2) veces en distintos días antes de enviar el reporte a las centrales de riego por parte de la entidad financiera o del sector real, ya sea pública o privada.

Víctima de suplantación: En la eventualidad que sea objeto de una suplantación de una obligación que no realizó y aparezca reportado en una central de riesgo, debe recurrir a la entidad que lo está denunciando y aclarar el tema a que haya lugar adjuntando los respectivos soportes.

Una vez aclarado el problema donde usted ha sido víctima del delito de falsedad personal contemplado en el Código Penal, la entidad deberá modificar el reporte e incluirá una información donde aparecerá que ha sido víctima de falsedad personal.

  •         Régimen de transición: La información negativa de las obligaciones que sean canceladas    dentro de un período de un (1) año, a partir del momento que sea sancionada la Ley por el actual presidente Iván Duque permanecerá, por el término máximo de seis (6) meses, desde el momento de la fecha de extinción de tales obligaciones y, luego, automáticamente deberá ser retirado del banco de datos en las centrales de riesgo.

 

¿A quiénes cobija?

Serán beneficiarios todas aquellas personas que tuvieron reporte negativo durante la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud, las personas clasificadas como MIPYME, del sector turismo, pequeños productores del sector agropecuario, o personas naturales que ejerzan actividades comerciales o independientes, víctimas del conflicto armado y los jóvenes y mujeres rurales que tengan cualquier tipo de crédito agropecuario con FINAGRO, y los deudores y codeudores que tengan obligaciones crediticias con el ICETEX, siempre y cuando cancelen sus deudas en un término de doce (12) meses, de tal manera que la información negativa será retirada de las centrales de riesgo en un plazo máximo de seis (6) meses, a partir de la vigencia de la Ley.

 

¿Cuánto se debe pagar por la consulta?

Las consultas que se realicen para averiguar el comportamiento crediticio, su situación financiera o comercial de una persona en las centrales de riesgo, serán gratuitas y no serán objeto para determinar su condición o calificación en casos de préstamos, créditos ante la banca o comerciales, ni mucho menos para una decisión para conseguir empleo.

Concluyendo, el principal beneficio de esta norma es la amnistía que se otorgará, por una sola vez, luego de seis meses, a aquellos deudores que se pusieron al día en las entidades, sin eliminar la deuda, pero sí brindando nuevos beneficios en su puntaje crediticio para que acceda a crédito formal.

 

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