Los auxiliares de justicia que prevé el Decreto 2130 de 2015, primera parte.

by | Ago 20, 2019 | BLOG, leyes | 0 comments

Los auxiliares de justicia que prevé el Decreto 2130 de 2015.

Se entiende por auxiliares de justicia a todas aquellas personas naturales o jurídicas que, sin ser funcionarios públicos, colaboran de un modo necesario y pertinente a órganos especializados en determinadas actividades que son propias de la administración de justicia.
Estos auxiliares deben ser personas de conducta intachable, de buena reputación y además ser idóneos para cumplir con su función, por lo tanto, es necesario que cumplan con ciertos requisitos académicos, profesionales y personales para poder realizar su actividad de manera imparcial e independiente ya que es un oficio de carácter público y aun cuando es ocasional nunca podrá delegarse en otra persona.

El Decreto 2130 de 2015 sólo establece el tipo de auxiliares que son necesarios para cumplir con la finalidad del régimen judicial de insolvencia el cual está regulado por la ley 1116 de 2006 y cuyo objetivo es el resguardo de aquella empresa con problemas financieros, como una cesación de pagos o con varios procesos ejecutivos en su contra presentados por dos o más acreedores, por medio de la protección del crédito de la empresa para su recuperación y conservación ya que ésta es considerada como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, todo ello a través de dos procesos:

.- El proceso de reorganización: el cual pretende a través de un acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos.

.- El proceso de liquidación judicial: que persigue la liquidación pronta y ordenada, buscando el aprovechamiento del patrimonio del deudor.

El ente encargado de evaluar la gestión de los auxiliares de justicia para el régimen judicial de insolvencia es la Superintendencia de Sociedades, la cual se define como un organismo técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, que está adscrito al Ministerio de Comercio y mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles.

Ya entrando en materia, los cargos a los que hace referencia el decreto son:

.- El promotor: es aquella persona natural que participa en la negociación, análisis, diagnóstico y elaboración de los acuerdos de reorganización, así como en la emisión o difusión de información financiera, administrativa, contable o de orden legal de entidades en proceso de reorganización.
Pueden llegar a ser promotores, además del auxiliar de la justicia que para el efecto designe el juez del concurso, la persona natural que sea designada a través del Mecanismo de Selección Excepcional (artículo 2.2.2.11.3.7 del Decreto 2130 de 2015), el representante legal de la persona jurídica que se encuentre en proceso de reorganización ó la persona natural comerciante en proceso de reorganización, estas dos últimas figuras, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de la Ley 1429 de 2010, tendrán los mismos deberes y cargas procesales a los cuales se encuentran sujetos los auxiliares de la justicia que ocupen este cargo, sin embargo, no estarán obligadas a surtir el procedimiento de inscripción ni a acreditar los requisitos para formar parte de la lista de auxiliares de la justicia.

.- El liquidador: es la persona natural que actúa como administrador y representante legal de la entidad en proceso de liquidación. Todos los actos que realice el liquidador durante el ejercicio de su función deben estar destinados a la liquidación de la sociedad conforme a lo que se establece en la Ley 1116 de 2006 y los decretos y resoluciones que la reglamentan. Aparte del auxiliar de la justicia debidamente acreditado, podrá ser liquidador la persona natural que sea designada a través del Mecanismo de Selección Excepcional, siempre y cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:

.- Que la situación de la entidad en proceso de liquidación pueda tener un impacto significativo en el orden público económico.

-. Que exista una situación crítica de orden jurídico en la entidad en proceso de liquidación.

Cabe acotar, que en cualquier momento los acreedores que representen por lo menos el sesenta por ciento (60%) de las acreencias calificadas y graduadas, podrán solicitar la sustitución del liquidador designado por el juez del concurso y para su reemplazo se seguirá el protocolo de selección, también será aplicable al promotor cuando actúe como representante legal en desarrollo del proceso de liquidación por adjudicación (Artículo 2.2.2.11.1.3 del Decreto 2130 de 2015).

.- El agente interventor: es la persona natural o jurídica que actúa como representante legal de la entidad en proceso de intervención, cuando se trate de una persona jurídica, o como administrador de bienes, cuando se trate de una persona natural intervenida y que ejecutará los actos derivados del proceso de intervención que no estén en cabeza de otra autoridad. El agente interventor estará sometido a las mismas cargas, deberes y responsabilidades que la ley dispone para los liquidadores (Artículo 2.2.2.11.1.4 del Decreto 2130 de 2015).

Los cargos de promotor, liquidador y agente interventor se designan en atención a la calidad de persona, en consecuencia, el auxiliar no podrá delegar ni subcontratar sus funciones y no podrá ser sustituido en el cargo a menos medie una orden del juez del concurso o del funcionario a cargo la intervención. Sin embargo, el auxiliar de la justicia podrá contar con personal profesional o técnico de apoyo por cuyas acciones u omisiones responderá directamente.

PROPUESTA DE REFORMA PENSIONAL

Dentro de las reformas que el nuevo Gobierno propone se encuentra la pensional, tema al cual nos referiremos en el artículo de hoy.   ¿En qué consiste la propuesta pensional del Presidente Petro?   Su propuesta pensional radica, básicamente, en modificar la...

read more

EMBARGO DE MASCOTAS

Las decisiones de las altas cortes tienden a  aclararnos el panorama frente a algunos temas, sus fallos están sustentados en el profundo análisis que el grupo de Magistrados realiza para dirimir un conflicto, pero un reciente fallo llamó la atención de todos y es el...

read more

COMPRAVENTA ENTRE PADRES E HIJOS

Muchas personas usan el término “me heredó en vida” refiriéndose a la compraventa de un inmueble donde sus padres son los vendedores y los hijos los compradores, lo cual se ha convertido en una práctica común en las familias con el fin, por ej.,  de evitar mayores...

read more

PENSION DE INVALIDEZ FONDOS PRIVADOS

PENSION DE INVALIDEZ FONDOS PRIVADOS Dentro de nuestra temática de Pensiones hoy nos dedicaremos a tratar lo que es una pensión de invalidez en los fondos privados de pensión, qué es, cómo se configura, qué documentos se requieren y cuál es la diferencia con...

read more

INDEMNIZACION PENSIONADOS DE FONDOS PRIVADOS

El  tema de la pensión es muy importante para cada uno de nosotros, por eso, debemos ser muy cuidadosos al momento de escoger el fondo en el cual nos afiliamos para evitar posteriores dolores de cabeza como ha sucedido con muchas personas que hoy reciben una pensión...

read more

FONDOS PRIVADOS DE PENSION

Con las propuestas de reforma pensional del Presidente Petro y lo que sucederá con los fondos privados de pensión, nos dedicaremos a explicar brevemente cuál es su naturaleza, qué régimen pensional manejan, cuáles son  las diferencias con Colpensiones, entre otros...

read more

LEY DEL PRIMER EMPLEO

El Gobierno Nacional buscando estimular el empleo formal en nuestro país adecuó un plan de beneficios tributarios con el fin de que las empresas contraten a jóvenes que puedan tener su primer trabajo.   ¿Qué es la ley del Primer Empleo?   La Ley 1429 de 2010...

read more

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

El Gobierno del Presidente Gustavo Petro  planteó lo que serán los proyectos y reformas para mejorar el desempeño  político  y económico y social del país y de sus ciudadanos, por lo que hoy nos referiremos al Plan Nacional de Desarrollo.   ¿Qué es el Plan...

read more

REFORMA AGRARIA

El tema de la reforma agraria ha sido muy debatido durante los gobiernos de los distintos presidentes de Colombia y el del Presidente Petro promete, con su reforma agraria, alcanzar la paz total.  Este será nuestro tema de hoy para que nuestros usuarios tengan una...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido