¿Qué ocurre si en la escritura pública de fusión se omite la inclusión de un bien inmueble?
En anterior ocasión se desarrolló el tema de la fusión de sociedades en Colombia, en ese momento se desgloso los requerimientos necesarios para la protocolización del acuerdo de fusión mediante escritura pública, uno de los requisitos consiste en indicar con claridad los establecimientos de comercio que posee la sociedad absorbida y que pasarán a la sociedad absorbente. Para tal efecto, será necesario inscribir en la matrícula de cada establecimiento de comercio la escritura de fusión, en la cual deberá constar los nombres matrículas de los establecimientos de comercio a transferir.
Dicho procedimiento tiene su fundamento legal en el artículo 178 del Código de Comercio, que sostiene:
“En virtud del acuerdo de fusión, una vez formalizado, la sociedad absorbente adquiere los bienes y derechos de las sociedades absorbidas, y se hace cargo de pagar el pasivo interno y externo de las mismas.
La tradición de los inmuebles se hará por la misma escritura de fusión o por escritura separada, registrada conforme a la ley. La entrega de los bienes muebles se hará por inventario y se cumplirán las solemnidades que la ley exija para su validez o para que surtan efectos contra terceros”.
Como se aprecia, la tradición de los inmuebles se protocoliza en la misma escritura de fusión o por escritura separada si así lo disponen las partes involucradas, de esa tradición se prosigue a la entrega formal de los bienes inmuebles mediante inventario, siempre y cuando se cumplan con las formalidades que prevé la ley para que tenga efectos ante terceros.
De cumplirse a cabalidad los procedimientos previsto en la legislación colombiana para tal fin, no debe surgir inconveniente alguno que imposibilite a la sociedad absorbente hacerse de la posesión legal de los bienes inmuebles de la sociedad absorbida. Pero si, por alguna razón uno de los bienes inmuebles de la sociedad absorbida (tenido en cuenta para la determinación del intercambio de acciones), se olvidara adicionar en la escritura pública de la fusión, será necesario correr una nueva escritura pública como lo prevé el artículo 178 del Código de Comercio arriba citado, todo ello, con el fin de que sea transferido el bien inmueble omitido a la sociedad absorbente.
Así lo indicó la Superintendencia de Sociedades mediante el Oficio 220-199273 del 05 de septiembre de 2017, donde además señaló que la escritura adicional necesaria para incluir el bien inmueble no produciría una modificación en el cálculo de las acciones que los accionistas de la sociedad absorbida podían recibir.
TIEMPO DE TRASLADO QUE ES JORNADA LABORAL
En algunos de nuestros artículos hemos hablado sobre la jornada laboral en Colombia y sus modalidades, pero hay muchas inquietudes acerca de los desplazamientos que toman los trabajadores en ir de su casa al lugar de trabajo y viceversa, por ello, nuestro tema de hoy...
DESAHUCIO DE LOCAL COMERCIAL
Hemos hablado sobre el desalojo de la vivienda urbana, haciendo claridad sobre los términos desalojo y desahucio, siendo el desalojo la acción a través de la cual se saca al arrendatario de la propiedad; mientras que el desahucio es la manifestación que se le hace a...
SUBARRENDAR UN LOCAL COMERCIAL
En un artículo de nuestro blog hicimos referencia al subarrendamiento de un inmueble, si esto es legal o no, lo que sucede cuando se incumple la cláusula de no subarrendar el inmueble y otros aspectos más; hoy hablaremos sobre subarrendar un local comercial. ...
EXTINCION DE DOMINIO POR CULPA DE LOS INQUILINOS
Un inmueble arrendado puede ser objetivo de la extinción de dominio cuando un arrendatario usa el inmueble para cometer sus delitos en éste, así el arrendador o propietario desconozca esta situación, por ello, hoy hablaremos sobre la extinción de dominio por culpa de...
PROTOCOLO DE FAMILIA
Al escuchar la frase protocolo de familia se puede pensar que se trata de algún procedimiento relacionado con el entorno familiar, pero no, el protocolo de familia o protocolo familiar es un mecanismo de gobierno familiar y empresarial del cual hablaremos a...
CESION DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Como hemos dicho en artículos relacionados con el contrato de arrendamiento, dentro de las cláusulas de éste debe estipularse si se le permite la cesión del contrato al arrendatario o no, por lo que nuestro tema de hoy es la cesión del contrato de arrendamiento....
CLAUSULAS ESENCIALES EN UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Uno de los contratos que más se suscriben es el de arrendamiento, pero no siempre su texto contiene las estipulaciones esenciales para prevenir inconvenientes entre las partes, por lo cual hoy hablaremos sobre las cláusulas esenciales en un contrato de arrendamiento....
COMPRA DE VIVIENDA EN COLOMBIA DESDE EL EXTERIOR
Muchas personas se van del país en busca de oportunidades laborales, ahorran y regresan al país para dar mejores condiciones de vida a su familia; otros continúan viviendo en el extranjero pero, como inversión, deciden adquirir vivienda en Colombia, y éste es el tema...
NAVIDAD EN EDIFICIOS Y CONJUNTOS RESIDENCIALES
Se acerca el mes de diciembre durante el cual muchas personas alistan sus decoraciones navideñas para adornar su vivienda con distintas luces, figuras, guirnaldas y otros objetos más que cada año van produciendo las empresas de este sector, pero la navidad en...
COMO COBRAR UNA DEUDA SIN COMPROBANTE
Muchas personas se han visto en la situación de no poder cobrar el dinero que le deben por no contar con un título valor como respaldo de la misma, tal vez por tratarse el deudor de un familiar o un amigo muy cercano, por ello, en nuestro siguiente artículo les...


