¿El inicio de reorganización de una empresa es causal de terminación de los contratos?
Sobre la reorganización de una empresa ya se expuso en el artículo “¿Cuál es el trámite para el proceso de reorganización de una empresa?”, se recordará que la finalidad que persigue dicho proceso es de preservar que las empresas, que se encuentran en una delicada situación económica, sean viables al normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, todo ello, mediante un acuerdo que permita una reestructuración a nivel operacional y administrativa de activos o pasivos.
Por lo tanto, este mecanismo de ayuda empresarial, ¿Afecta la continuidad de los contratos que había suscrito la empresa antes de iniciar un proceso de reorganización?
No, y como fundamento legal tenemos el artículo 21 de la Ley 1116 de 2006, el cual nos señala que, por el simple hecho de dar inicio al proceso de reorganización, no se puede decretar al deudor la terminación unilateral de ningún contrato, debe entenderse que el proceso de reorganización, nunca será causal para terminar de forma unilateral los contratos que se hayan suscrito.
¿Qué ocurre si se incumple el contrato?
El artículo 21 de la referida ley, añade que los incumplimientos de las obligaciones contractuales causadas con posterioridad al inicio del proceso de reorganización, o las distintas al incumplimiento de obligaciones objeto de dicho trámite, podrán alegarse para exigir su terminación, independientemente de cuándo hayan ocurrido dichas causales.
Como complemento a lo ya expuesto, la sentencia SC11287-2016 de fecha 17/08/2019, emanada por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia con ponencia del Magistrado Ariel Salazar Ramírez, sostiene que:
“Así como los contratos deben ser respetados por el acreedor, de igual modo tienen que ser honrados por el deudor (…)
Ello quiere decir que (…) los contratos celebrados con el empresario en reestructuración deben seguir cumpliéndose, entonces el deudor no está autorizado para desconocer sus obligaciones, ni el juez facultado para inobservar los efectos del incumplimiento”.
De acuerdo al criterio emitido por la Sala, las partes involucradas en un contrato, en todo momento, deben respetar lo pactado, así como, los derechos y las obligaciones que deriven de él. El proceso de reorganización no será impedimento para que los contratos sigan vigentes y el juez que actúe en un proceso judicial, donde la parte cumplida busque reivindicar sus derechos lesionados, no podrá desconocer los efectos que surgen a raíz del incumplimiento contractual.
Para culminar, la Sala de Casación Civil recordó el criterio que ha mantenido sobre este tema y que sirve como fundamento para proteger los derechos de la parte cumplida:
“Por consiguiente, como la regla general en materia de concurso es la continuidad de los efectos de los contratos, se concluye que también subsisten los efectos del incumplimiento contractual aunque los negociantes hayan quedado cobijados por el acuerdo de reestructuración, por lo que nada se opone a que la parte cumplida ejerza las acciones contempladas en la ley en caso de que el deudor transgreda su obligación.
Así ha sido reconocido por nuestra jurisprudencia desde hace varias décadas, en términos que hoy conservan plena vigencia, frente a los cuales no existe ninguna razón para cambiar de postura…”
SALARIO MÍNIMO PARA EL 2018
Aunque la cifra de incremento del salario mínimo para el próximo año aún no es oficial, ya se conocen, más o menos, las propuestas tanto de trabajadores como de empresarios. Sin embargo, la diferencia porcentual para el incremento entre unos y otros es bastante, lo...
¿CÓMO EVITAR ESTAFA AL COMPRAR UNA CASA?
Invertir en una casa propia es el sueño que muchos colombianos esperamos cumplir en algún momento de nuestra vida, sin embargo hay que ser muy cuidadoso a la hora de buscar inmuebles y negociar el traspaso del mismo para no caer en una estafa. ESTAFA En el mundo de...
MEDIANTE PODER GENERAL ¿PUEDO FIRMAR UNA ESCRITURA DE COMPRAVENTA?
Los poderes o contratos de mandato se dividen en dos clases, los generales y los especiales, cada uno con capacidades y limitaciones diferentes. El Poder Especial delimita muy bien la facultad que se le otorga al apoderado, describiendo detalladamente las acciones que...
¿QUÉ ES LA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA S.A.S.?
Desde que entró en vigencia la Ley 1258 de 2008 surgió la figura de la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) y se configuró en una especie de “fenómeno” sinigual porque, a partir de ese momento, se crearon masivamente muchas sociedades de este tipo a nivel...
¿QUE OTRAS ANOTACIONES SE PUEDEN ENCONTRAR EN EL FOLIO DE MATRICULA?
ANOTACIONES OTRAS ANOTACIONES CÓDIGO 900 0901 – ACLARACIÓN Cualquier corrección de una escritura ya autorizada debe consignarse en instrumento separado, con todas las formalidades necesarias y con intervención de todas las personas que comparecieron en la primera....
ANOTACIONES DE TRADICION EN EL FOLIO DE MATRÍCULA
TRADICIÓN CÓDIGO 100 0101 – ACCESIÓN DEL SUELO Título traslaticio de dominio, consistente en la declaración judicial o reconocimiento sobre el aumento que recibe un predio ribereño, por disminución o variación del cause de un río, o por la formación de terreno por...
CONOZCA LAS MEDIDAS CAUTELARES QUE SE LE APLICAN A UN INMUEBLE
MEDIDAS CAUTELARES Código 400 0401 – COMISO ESPECIAL Los inmuebles vinculados a los procesos por los delitos cuyo conocimiento se atribuye a los jueces penales del circuito especializado, o que provengan de su ejecución, quedarán fuera del comercio a partir de su...
¿QUE TENER EN CUENTA ANTES DE FIRMAR LA PROMESA DE COMPRAVENTA?
ELABORE ONLINE SU PROMESA de COMPRAVENTA La PROMESA DE COMPRAVENTA es un documento muy importante que se realiza antes de concretar el negocio de la venta o compra de un inmueble, por eso en ella se acuerda detalladamente cada uno de los...
¿QUE SON LOS TITULOS DE TENENCIA?
TITULOS DE TENENCIA (Código 500) 0501 – ADMINISTRACIÓN ANTICRÉTICA Es un contrato por el cual se entrega al acreedor una finca raíz para que se pague con sus frutos. Art. 2458 C.C. Se perfecciona por la tradición del inmueble. (Art. 2460 C.C.). Titulos de tenencia...
¿QUE Y CUALES SON LOS GRAVAMENES AL DOMINIO?
GRAVAMENES AL DOMINIO CÓDIGO 200 0201 – AMPLIACIÓN DE HIPOTECA El acto de ampliación de hipoteca no se considera como acto de constitución y puede referirse a uno de varios aspectos como el aumento del monto por el cual se constituyó inicialmente la garantía....


