¿Qué es el testamento cerrado?
Es aquella modalidad donde el contenido del testamento permanece en secreto hasta el día de su apertura, la información solo es conocida por el testador así que ni el Notario ni los testigos requeridos para celebrar el acto conocen las disposiciones y últimas voluntades de este.
Requisitos para tramitar un testamento cerrado.
- Como requisitos fundamentales, el testador debe informar:
- Sus datos personales.
- Su voluntad expresa de realizar el trámite.
- Y cualquier otra información que le sea solicitada por el Notario.
- Se requiere de cinco (5) testigos para celebrar el acto.
- El testador y los cinco testigos deben presentar sus respectivos documentos de identidad.
- El testamento deberá estar guardado en un sobre debidamente cerrado.
- Queda a criterio del Notario, solicitar al testador un certificado médico de lucidez y aptitud mental que demuestre su plena capacidad para realizar el acto.
Procedimiento para tramitar un testamento cerrado.
Ya con los requisitos en mano:
- El testador deberá acudir a la Notaría de su preferencia para tramitar su testamento cerrado.
- Los cinco testigos también harán acto de presencia y estos no podrán tener vínculos familiares entre sí, tampoco con el testador o con el Notario.
- Los testigos no podrán tener ningún tipo de relación de dependencia con el testador o con el Notario.
- El testador deberá presentar directamente el sobre al Notario. El sobre deberá estar identificado con la palabra “Testamento”.
- El testador tiene la facultad de colocar o grabar cualquier signo o marca en la superficie del sobre como señal de seguridad.
- El sobre quedará bajo el resguardo del Notario hasta el día de su apertura, quien lo guardará en una ubicación especial.
- El Notario deberá anotar los datos del testamento en el registro correspondiente.
- El acto se termina con la firma del testador, de los cinco testigos y el Notario en el respectivo registro.
- Si el testador se encuentra imposibilitado para firmar, éste podrá solicitar que otra persona firme en su representación, pero él deberá colocar su huella dactilar en el documento. Si es uno de los testigos quien no puede firmar, igualmente se solicitará que otra persona lo haga en su representación. Cabe acotar, de estos hechos y de cualquier otro que se suscite se dejará constancia en el registro correspondiente.
Casos especiales.
- Hay personas que por disposición de la ley sólo pueden realizar testamentos cerrados, como lo sería una persona sordomuda que solo puede darse a entender por escrito y una persona que siendo extranjera no entienda el idioma nativo del Notario y de los testigos.
Datos de interés.
- Abogado: no es necesario para tramitar el testamento porque se trata de un derecho que es personal e intransferible, es decir, no se puede realizar un testamento a través de un apoderado. Sin embargo, como el documento es privado y de su contenido nada sabe el Notario, los testigos ni ninguna otra persona, si es prudente contar con la asesoría de un abogado especializado en la materia para que proporcione una orientación adecuada y así el documento sea redactado sin lesionar alguno de los derechos que protege la ley para este tipo de actos.
- Duración del trámite: dependerá de las condiciones de cada caso y de la disponibilidad de las partes intervinientes.
- Costo del trámite: genera costos que debe consultar en las tarifas notariales vigentes.
Tenga en cuenta.
- De los cinco testigos, al menos dos de ellos deben tener su domicilio en la misma circunscripción de la Notaría. Y al menos dos de los cinco deben saber leer y escribir.
- El testamento siempre debe respetar las asignaciones forzosas, es decir, aquellas deducciones que por ley se le deben hacer al patrimonio que se pretende heredar. En caso de que el testador no las haga, se efectuarán sin importar lo que se haya establecido en el testamento.
- Las asignaciones forzosas son: los alimentos que se deben por ley a ciertas personas, las legítimas y la porción conyugal a la que tiene derecho la esposa, el esposo, la compañera permanente o el compañero permanente que le sobreviva a la persona que haga el testamento. Anteriormente, dentro de las asignaciones forzosas también se incluía la cuarta de mejoras pero eso cambió por disposición del artículo 2 de la Ley 1934 de 2018, para ampliar la información sobre este tema lo invitamos a consultar nuestra publicación “¿Qué es la cuarta de mejoras y de libre disposición?”.
Contenido relacionado.
PROTOCOLO DE FAMILIA
Al escuchar la frase protocolo de familia se puede pensar que se trata de algún procedimiento relacionado con el entorno familiar, pero no, el protocolo de familia o protocolo familiar es un mecanismo de gobierno familiar y empresarial del cual hablaremos a...
CESION DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Como hemos dicho en artículos relacionados con el contrato de arrendamiento, dentro de las cláusulas de éste debe estipularse si se le permite la cesión del contrato al arrendatario o no, por lo que nuestro tema de hoy es la cesión del contrato de arrendamiento....
CLAUSULAS ESENCIALES EN UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Uno de los contratos que más se suscriben es el de arrendamiento, pero no siempre su texto contiene las estipulaciones esenciales para prevenir inconvenientes entre las partes, por lo cual hoy hablaremos sobre las cláusulas esenciales en un contrato de arrendamiento....
COMPRA DE VIVIENDA EN COLOMBIA DESDE EL EXTERIOR
Muchas personas se van del país en busca de oportunidades laborales, ahorran y regresan al país para dar mejores condiciones de vida a su familia; otros continúan viviendo en el extranjero pero, como inversión, deciden adquirir vivienda en Colombia, y éste es el tema...
NAVIDAD EN EDIFICIOS Y CONJUNTOS RESIDENCIALES
Se acerca el mes de diciembre durante el cual muchas personas alistan sus decoraciones navideñas para adornar su vivienda con distintas luces, figuras, guirnaldas y otros objetos más que cada año van produciendo las empresas de este sector, pero la navidad en...
COMO COBRAR UNA DEUDA SIN COMPROBANTE
Muchas personas se han visto en la situación de no poder cobrar el dinero que le deben por no contar con un título valor como respaldo de la misma, tal vez por tratarse el deudor de un familiar o un amigo muy cercano, por ello, en nuestro siguiente artículo les...
SISBEN PARA EMPLEADAS DOMESTICAS
Con la sanción de la Ley 2466 de 2025, nueva Reforma Laboral, se establecieron varias modificaciones en los contratos de las empleadas domésticas y uno de ellos es el relacionado con su seguridad social cuando se encuentran afiliadas al Sisbén. ¿Qué cambios se...
NUEVO CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
Con la entrada en vigencia de la reforma laboral se establecieron cambios importantes para los contratos de prestación de servicios, tema de nuestro artículo de hoy. ¿Qué es el contrato de prestación de servicios? “Un contrato de prestación de servicios es...
SUBSIDIO DE VIVIENDA RURAL
En anteriores artículos hemos hablado sobre los distintos subsidios para la adquisición de vivienda urbana que brinda el Gobierno Nacional a través de los programas dispuestos para ello y las cajas de compensación familiar, por lo cual hoy trataremos sobre los...
PATRIMONIO DE FAMILIA PARA PERSONAS SOLTERAS
Como hemos señalado en varias oportunidades, el patrimonio de familia es una figura jurídica que sirve para proteger la vivienda familiar de las medidas cautelares de embargo y secuestro que un tercero pueda solicitar mediante un proceso judicial para exigir el...

