Traspaso de vehículo persona indeterminada

by | Nov 10, 2018 | BLOG, COMPRAVENTA VEHÍCULO | 0 comments

Figuro como propietario de un vehículo y no conozco su paradero. ¿Qué puedo hacer?

Si ha vendido su vehículo, se le envolato el traspaso y no conoce el paradero del poseedor, a través de la resolución 0005709 de 2016 expedida por el Ministerio de Transporte, usted queda facultado de poder traditar su vehículo a persona indeterminada.

Para ello, el artículo 2 de la mencionada resolución, describe los siguientes requerimientos:

  1. Usted debe figurar como propietario registrado ante el organismo de tránsito. Puede actuar en nombre propio o puede otorgarle un poder a un tercero para que en su nombre realice el trámite. Es importante aclarar que su apoderado no requiere ser abogado.
  2. No procede el traspaso a persona indeterminada si en el momento de acudir a esta figura hay una acción judicial o administrativa relacionada con el cambio de propietario.
  3. Que se encuentre a paz y salvo por concepto de multas, comparendos y obligaciones tributarias que graven el vehículo.
  4. Que demuestre no haber tenido la posesión de su vehículo por lo menos hace 3 años.
  5. Que no cuente con un contrato de compraventa para efectuar el trámite de traspaso
  6. Que las circunstancias en que se encuentre, no se ajusten a ninguna de las causales de cancelación de matrícula, expuestas en el artículo 40 del Código de tránsito terrestre. Estas son: destrucción total del vehículo, pérdida definitiva, exportación o reexportación, hurto o desaparición documentada.

Es importante que tenga en cuenta que esta resolución tiene vigencia de dos años es decir, que puede acudir a este beneficio hasta el próximo 26 de diciembre del año en curso.

ACUERDOS DE APOYO

La Ley 1996 de 2019  eliminó la figura de la interdicción judicial y reemplazó el régimen por un modelo de capacidad legal plena con apoyos, cumpliendo con lo establecido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.  En nuestro artículo a...

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