Figuro como propietario de un vehículo y no conozco su paradero. ¿Qué puedo hacer?

Si ha vendido su vehículo, se le envolato el traspaso y no conoce el paradero del poseedor, a través de la resolución 0005709 de 2016 expedida por el Ministerio de Transporte, usted queda facultado de poder traditar su vehículo a persona indeterminada.

Para ello, el artículo 2 de la mencionada resolución, describe los siguientes requerimientos:

  1. Usted debe figurar como propietario registrado ante el organismo de tránsito. Puede actuar en nombre propio o puede otorgarle un poder a un tercero para que en su nombre realice el trámite. Es importante aclarar que su apoderado no requiere ser abogado.
  2. No procede el traspaso a persona indeterminada si en el momento de acudir a esta figura hay una acción judicial o administrativa relacionada con el cambio de propietario.
  3. Que se encuentre a paz y salvo por concepto de multas, comparendos y obligaciones tributarias que graven el vehículo.
  4. Que demuestre no haber tenido la posesión de su vehículo por lo menos hace 3 años.
  5. Que no cuente con un contrato de compraventa para efectuar el trámite de traspaso
  6. Que las circunstancias en que se encuentre, no se ajusten a ninguna de las causales de cancelación de matrícula, expuestas en el artículo 40 del Código de tránsito terrestre. Estas son: destrucción total del vehículo, pérdida definitiva, exportación o reexportación, hurto o desaparición documentada.

Es importante que tenga en cuenta que esta resolución tiene vigencia de dos años es decir, que puede acudir a este beneficio hasta el próximo 26 de diciembre del año en curso.

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