Muchas veces se leen o escuchan términos de los cuales no se tiene idea, especialmente para aquellas personas que no manejan lenguaje jurídico y uno de ellos es el tema del presente artículo.

Una de las bondades de la Constitución de 1991, art. 229, es “garantizar el derecho de toda persona para acceder a la administración de justicia” que, en otros términos, es lo que se conoce como tutela judicial efectiva.

Esta tutela es un derecho que tiene toda persona residente en el país para ejercer su defensa ante los estrados judiciales en iguales condiciones y con la debida y estricta observancia de los procedimientos establecidos y previstos en las leyes, es el derecho que todos tenemos a la administración de justicia.

 

La Tutela Judicial Efectiva en el Código General del Proceso

Precisamente, el Código General del Proceso­­­ señala que los órganos señala que los órganos judiciales brindan a toda persona la defensa de sus intereses ante la justicia para que pueda tener acceso a ella con sujeción a un debido proceso de duración razonable, de tal manera que todos puedan ejercer la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio de sus derechos, siendo uno de sus principios rectores.

Dichas actuaciones se cumplirán con diligencia y sin dilatar los términos procesales estipulados. Los jueces realizan los procesos “en forma oral, pública y en audiencias, salvo las que expresamente se autorice realizar por escrito o estén amparadas por reserva”, según señala el Código General del Proceso. Igualmente, los jueces deben garantizar en todo momento la igualdad de las partes para un debido proceso, de lo contrario su incumplimiento será sancionado.

Este derecho constitucional constituye “un pilar fundamental del Estado Social de Derecho y un derecho fundamental de aplicación inmediata, que forma parte del núcleo esencial del debido proceso”, tal como señala la Corte Constitucional en su Sentencia C-279/13.

 

Ventajas y beneficios de la Tutela Judicial Efectiva

El Código General del Proceso busca agilizar los procesos civiles sin mayores requisitos que impidan interponer una demanda, el cual facilita, asimismo, que el proceso no sufra dilataciones en forma y en tiempo.

De hecho, se busca que los fallos de los jueces competentes de primera instancia sean de un (1) año como mínimo, y de seis (6) meses para fallar en segunda instancia.

También, dentro de sus bondades, se encuentra la obligatoriedad del juez de tramitar el proceso aunque el demandante haya indicado una vía procesal inadecuada, por tanto no da lugar al rechazo de la demanda, ni a la inadmisión.

Se pretende, de igual modo, eliminar la causal de nulidad por falta de jurisdicción y competencia, permitiendo así el debido proceso y acceso a la administración de justicia.

 

La tutela judicial efectiva expedita y efectiva

A partir de los señalados beneficios o ventajas que ofrece la tutela judicial efectiva para el acceso de la justicia, se hace evidente que la justicia administrativa debe ser más expedita y efectiva en la celeridad de los procesos.

De igual modo, permite mayores garantías para las partes involucradas para que la demanda se aplique en la debida forma, en condiciones de igualdad, dentro de un plazo razonable, bajo el principio de la oralidad y se permita la plena defensa los derechos constitucionales y los

derechos procesales de las partes en las actuaciones judiciales, a fin de obtener dentro de un plazo razonable la debida protección del Estado.

 

Temas relacionados:

 Actos de iniciación del proceso judicial: demanda, denuncia y querella.

Conciliación

PROCESO EJECUTIVO ARBITRAL

La Ley 2540 de 2025 establece el arbitraje como mecanismo alterno para solucionar controversias en los procesos ejecutivos para dar mayor rapidez a ellos y descongestionar los despachos judiciales, por lo cual hoy trataremos sobre el proceso ejecutivo arbitral.  ...

read more

CAMBIO DE NOMBRE

El artículo 94 del Decreto 1260 de 1970 (Estatuto del Registro del Estado Civil de las Personas) le permite a los colombianos el cambio de nombre, bien porque no le gusta el nombre con el que lo registraron sus padres, por error ortográfico, o por otros motivos....

read more

REMATE JUDICIAL

Muchas veces hemos escuchado la figura del “remate judicial”, pero, para algunos, no es clara su noción, sobre qué bienes se realiza y otros aspecto más de los cuales hablaremos a continuación.   ¿Qué es un remate? “Una subasta o remate es una venta organizada...

read more

LEY QUE BENEFICIA A LOS ANIMALES

A partir del 8 de julio de 2025, con la Ley 2473 de 2005, los dueños de mascotas recibieron excelentes noticias, pues no solo los perros y los gatos gozan de especial protección, sino que las mascotas o los animales domésticos de compañía y de soporte emocional...

read more

PENSIONARSE SIN 1300 SEMANAS

Con la reforma pensional del actual Gobierno (Ley 2381 de 2024)  existe la posibilidad de pensionarse sin 1.300 semanas, pero la nueva reforma se encuentra suspendida por la Corte Constitucional por  considerar que tiene vicios de trámite,  por lo que su entrada en...

read more

FUERO SINDICAL

Los sindicatos fueron creados para  el beneficio genera, tanto de las empresas como de sus trabajadores, pero, desafortunadamente, muchos de ellos han perdido su objetivo y lo que hacen es afectar negativamente los resultados financieros de las empresas y crear...

read more
Ir al contenido