¿Un bien dado en comodato se puede dar como aporte para suscribir el capital social de una empresa?
Primeramente debemos tener claro que es el comodato, en la publicación ¿Qué es y cómo funciona el contrato de comodato?, el contrato de comodato se define como un acuerdo que realizan dos personas en donde se hace préstamo de un bien mueble o inmueble, a título gratuito.
Por su parte, el artículo 2200 del Código Civil da la definición legal de dicha figura jurídica al señalar:
“El comodato o préstamo de uso es un contrato en que la una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después de terminar el uso.
Este contrato no se perfecciona sino por la tradición de la cosa”.
De lo anterior, ¿Cuáles son las características de este tipo de contratos?
Es gratuito, no se transfiere el dominio, el comodatario (aquella persona que recibe el bien en comodato), debe darle el uso indicado en el contrato por el comodante (persona que entrega su bien a otro en contrato de comodato), y se perfecciona con la entrega de la cosa o inmueble.
¿Cuál es la duración del contrato de comodato?
Éste puede tener una duración determinada o indeterminada, será determinada cuando exista un plazo para la restitución del bien, obviamente si no se establece fecha específica, se considerará que el bien fue otorgado de forma indefinida. Pero a toda costa debe evitarse contratos de comodato sin términos de restitución o indefinidos y así evitar inconvenientes con el comodatario.
De acuerdo a la definición y características ya planteadas, ¿Es posible dar un bien en comodato como aporte para constituir el capital social de una empresa?
A primera vista, surgen consideraciones que hacen pensar que tal situación no sea posible, pero resulta que así se dio en una empresa según el Oficio 220-127542 del 04 de noviembre de 2011 emitido por la Superintendencia de Sociedades, donde uno de los accionista pago sus acciones con activos que tenía en comodato y que eran propiedad de otra empresa.
¿Cuáles son esas consideraciones?
El mismo oficio nos recuerda que al suscribir un bien como capital de una empresa, éste pasa a ser propiedad de esa nueva persona jurídica y por ende podrá disponer de él como cualquier activo perteneciente a la sociedad comercial, pero no se podriá perfeccionar el trámite si el bien no es de quien lo suscribió.
También nos señala, que al suscribir cualquier bien como capital, aquel debe ir acompañado de los documentos que acrediten su propiedad y en el caso del comodato, el comodante nunca transfiere el dominio del bien.
Entonces, ¿Cómo pudo suscribirse dicho bien como parte del capital?
Según el oficio, pudo darse la posibilidad que en la escritura pública de constitución de la sociedad comercial, el accionista haya aportado el bien como propio y no a título de comodato.
¿Qué puede hacer la empresa que es dueña de ese bien?
A recomendación de la Superintendencia de Sociedades:
“…la sociedad deberá acudir a las vías judiciales sea para reclamar el ejercicio pacífico de la posesión en el término necesario para determinar la prescripción o hacer exigibles los arbitrios establecidos para la reposición del aporte”.
Para evitar tal situación, volvemos hacer las recomendaciones de la publicación arriba citada:
.- Es mejor prevenir, es preferible que hagan el acuerdo por escrito estipulando la fecha de inicio y de vencimiento, además de incluir el uso que se le dará al bien.
.- Para mayor seguridad, pueden autenticar las firmas ante una notaría. En caso de cualquier inconveniente, ese documento le sirve a usted como prueba del acuerdo al que llegaron.
.- Hacer un inventario de los bienes que quedan en la propiedad y su estado (sillas, mesas, si están rayadas antes de que llegara el comodatario), si prefiere hacer registro fotográfico de cómo entrega la propiedad y cómo espera recibirla, es válido. Esto lo puede anexar al documento escrito.
Por último, no es obligatorio hacer el acuerdo por escrito, ya que la ley favorece al titular de la propiedad debido a que no existe un valor a cambio del bien prestado, pero siempre es mejor asegurarse.
MODIFICACIONES AL CONTRATO DE TRABAJO
Todo lo relacionado con las relaciones laborales es un tema con el que se debe tener mucho cuidado para evitar que las partes entren en conflictos y uno de ellos es lo que tiene que ver con las modificaciones al contrato de trabajo, tema de nuestro presente artículo....
OPCION PRIVILEGIADA DE COMPRA DE TIERRAS
Recientemente se expidió el Decreto 033 de 2025 y la circular No. 184 de 2025 de la Superintendencia de Notariado y Registro para regular y establecer una “opción privilegiada de compra” a la Agencia Nacional de Tierras - ANT, para la adquisición de tierras rurales ...
TRASLADO DEL TRABAJADOR A OTRA CIUDAD
Algunas veces ciertos trabajadores son trasladados de ciudad por razones de sus funciones laborales, pero esto acarrea muchos cambios para éste y su núcleo familiar que algunos no están dispuestos a realizar, por lo que nuestro tema de hoy es el traslado del...
LEY DE SALUD MENTAL
En la legislación colombiana hay muchas leyes de las cuales no todos tienen conocimiento, una de ellas es la Ley de Salud Mental 1616 de 2013, modificada por la Ley 2460 de 2025, tema del presente artículo. ¿Qué es la salud mental? Ha señalado la UNICEF: “La...
SALARIO
El salario es uno de los componentes vitales en un contrato de trabajo y pilar fundamental para la gran mayoría de las familias de un país porque representa el sustento de sus hogares. ¿Qué es el salario? Artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo:...
SUBSIDIO PARA CONSTRUIR EN LOTE PROPIO
Algunas personas no necesitan adquirir una vivienda sino construir en un lote que es de su propiedad, pero la falta de recursos económicos no se lo permiten, por ello, las Cajas de Compensación Familiar crearon el subsidio para construir en lote propio, tema de...
SUBSIDIO FAMILIAR
Muchos trabajadores colombianos se ven beneficiados con el subsidio familiar que otorgan las cajas de compensación familiar, previo el lleno de unos requisitos legales, por lo que en nuestro artículo a continuación hablaremos sobre este tema. ¿Qué es el...
JORNADA LABORAL
La jornada laboral es uno de los temas de mayor interés para los colombianos por estos días al comenzar a aplicarse la reducción de ésta, en forma gradual, por lo establecido en la Ley 2101 de 2021 y por cumplirse el plazo para ello. ¿Qué es la jornada laboral?...
URGENCIA MANIFIESTA
En recientes días hemos escuchado hablar sobre la urgencia manifiesta relacionada con la expedición de los pasaportes en Colombia, pero ¿Qué es la urgencia manifiesta? ¿Qué es la urgencia manifiesta? Señala el artículo 42 de la Ley 80 de 1993: “ Existe urgencia...
CONTRATOS DE COLABORACION EMPRESARIAL
Los contratos de colaboración son una serie de contratos atípicos mediante los cuales las empresas o las personas colaboran entre sí para ejecutar un negocio, sin conformar una persona jurídica diferente a las que participan en el contrato. ¿Qué es un contrato...

