La reforma laboral introducida por la Ley 2466 de 2025 fortaleció la protección de los trabajadores con contrato de obra o labor determinada, estableciendo reglas más estrictas para celebrarlo y definiendo claramente los casos en los cuales este tipo de contrato se transforma en otro distinto, por ello, nuestro artículo de hoy se trata sobre los cambios en el contrato de obra o labor.
¿Cuáles son los cambios en el contrato de obra o labor?
- El contrato de obra o labor determinada debe constar obligatoriamente por escrito, identificando clara, precisa y detalladamente la obra, el proyecto o la actividad específica para la que fue contratado el trabajador, pues la duración de este vínculo entre empleador y trabajador depende exclusivamente de la terminación de esta labor.
- El contrato de obra o labor puede llegar a establecerse en un contrato de trabajo a término indefinido cuando, a pesar de haber concluido la obra o labor inicialmente pactada, el trabajador sigue prestando sus servicios y no se pacta una nueva obra claramente determinada. Asimismo, la relación laboral puede adquirir el carácter de indefinida cuando el empleador no describe de manera precisa la obra o labor objeto del contrato o cuando el trabajador es destinado a ejecutar funciones permanentes o propias del giro ordinario de la empresa, prevaleciendo el principio de estabilidad en el empleo.
- Se puede dar la continuidad de la relación laboral en caso que el empleador necesite desarrollar una obra o labor diferente a la inicialmente pactada, para lo cual las partes deben dejar constancia por escrito, mediante un otrosí en el contrato, de la nueva actividad o, si es del caso, liquidar primero el contrato anterior y después suscribir uno nuevo que identifique claramente la nueva obra.
- Los trabajadores por obra o labor determinada tienen derecho a todas las prestaciones sociales y garantías laborales que establece la ley colombiana, tales como:
- Salario
- Prima de servicios
- Cesantías e intereses a las cesantías
- Vacaciones
- Afiliación y aportes al Sistema de Seguridad Social Integral
- Pago de horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos.
- La jornada laboral podrá ser pactada por las partes, así como el salario y el horario laboral, pero respetando los límites legales sobre la jornada máxima, trabajo suplementario y recargos.
Para concluir, la reforma laboral ( Ley 2466 de 2025) refuerza las condiciones para el uso del contrato de obra o labor determinada y las herramientas que favorecen la estabilidad laboral. La exigencia de celebrar este contrato por escrito, la obligación de identificar claramente la labor contratada y la conversión automática en contrato a término indefinido cuando el trabajador continúa prestando sus servicios después de concluida la obra pretenden garantizar mayor seguridad jurídica y prevenir el uso indebido de esta modalidad contractual.
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