Los contratos a término fijo, con la nueva Reforma Tributaria, podrían tener cambios, pero aún no se han determinado, en el presente artículo haremos un recorrido por lo que este contrato representa, sus cláusulas especiales, su continuidad y más.

 

¿Qué es el contrato a término fijo?

 

El Código Sustantivo del Trabajo no lo define, pero sí señala sus requisitos. 

 

Podemos definir el contrato a término fijo como el que es pactado entre empleador y empleado, con una duración definida en el tiempo y máximo por tres (3) años, pero se puede renovar indefinidamente.

 

¿Cuáles son las características del contrato a término fijo?

 

En el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo se determina expresamente que:

 

  • “El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres años, pero es renovable indefinidamente.

 

  1. Si antes de la fecha del vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente.

 

  1. No obstante, si el término fijo es inferior a un (1) año, únicamente podrá prorrogarse sucesivamente el contrato hasta por tres (3) períodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un (1) año, y así sucesivamente.

 

PARÁGRAFO. En los contratos a término fijo inferior a un año, los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones y prima de servicios en proporción al tiempo laborado cualquiera que éste sea.”

 

  • La relación de trabajo puede finalizar al cumplirse el plazo fijado para el contrato, sin que haya que pagar ninguna indemnización al trabajador.
  • En un contrato a término fijo el trabajador cuenta con una estabilidad en el trabajo mientras dura el término del contrato.
  • Si la empresa evalúa los resultados del trabajador y considera que hay motivos, puede dar por terminado el contrato anticipadamente.
  • Las indemnizaciones que resultan por finalizar el contrato tienden a ser más altas que en otros tipos de contratos.
  • Un contrato a término fijo puede convertirse en un contrato a término indefinido de acuerdo a ciertas circunstancias.

 

¿Cómo se hace la renovación de un contrato a término fijo?

 

  • Como característica principal de la renovación podemos decir que un contrato a término fijo puede ser renovado cuantas veces se desee, sin llegar a ser un contrato a término indefinido.

 

  • Muy distinto, aunque algunos tienden a confundirlo, es que el término máximo por el que se puede pactar un contrato de trabajo a término fijo es de tres (3) años, PERO, cuando se trata de renovarlo se puede renovar la cantidad de veces que las partes acuerden

 

  • En el caso que el periodo inicial pactado sea inferior a un año, la renovación puede darse por un tiempo superior a esto, sin que sobrepase el límite de los 3 años.

 

¿Qué sucede cuando el contrato a término fijo se pacta por un plazo inferior a 1 año?

 

Este tipo de contrato, en cuanto al tema de la renovación, tiene un límite de tres (3) períodos que la ley establece en el artículo 46, numeral 2  del Código Sustantivo del Trabajo: “2. No obstante, si el término fijo es inferior a un (1) año, únicamente podrá prorrogarse sucesivamente el contrato hasta por tres (3) períodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un (1) año, y así sucesivamente.”

 

Es decir, a partir de que se haga la cuarta renovación, el contrato a término fijo con plazo inferior a un año tiene una renovación limitada, pues ya no puede hacerse por el tiempo que quieran las partes, sino por lo estipulado en la norma anterior que es de mínimo un año.

 

¿Qué pasa si, a pesar de existir esta prohibición legal, el contrato a término fijo es renovado  en su cuarta vez por un tiempo inferior a un año?

 

En este evento, la ley considera que el contrato ha sido renovado por los 12 meses, un año y, en caso de despido injustificado del trabajador antes de cumplirse el año el empleador debe indemnizar al trabajador.

 

Para finalizar, el Gobierno actual está planteando hacer una reforma laboral donde este tipo de contrato tendría cambios, aún no se sabe qué, pero se ha afirmado que se modificará.

 

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