Como ciudadanos contamos con distintas garantías legales y dentro de ellas encontramos el debido proceso como garantía sobre la que descansa el sistema jurídico en su totalidad, tema del que hablaremos a continuación.

 

¿Qué es el debido proceso?

 

  • La Corte Constitucional, en Sentencia C 341/14, mediante su jurisprudencia ha definido el derecho al debido proceso como: “El conjunto de garantías previstas en el ordenamiento jurídico, a través de las cuales se busca la protección del individuo incurso en una actuación judicial o administrativa, para que durante su trámite se respeten sus derechos y se logre la aplicación correcta de la justicia”.  El debido proceso es una de las garantías que se requieren en el espectro legal de los colombianos para configurar un verdadero Estado Social y democrático de Derecho.

 

 

  • Igualmente, se encuentra señalado en instrumentos internacionales ratificados por nuestro país, tales como la Declaración Universal de Derechos Humanos,  la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre Derechos.

 

¿Qué compone el debido proceso en materia judicial?

 

Inicialmente, dentro de este ámbito judicial, debemos conocer los principio del debido proceso:

 

  • Principio de legalidad:  Una persona sólo puede ser juzgada por las leyes que existen al tiempo de haber cometido el delito.

 

  • El principio del juez natural: Sólo un juez con jurisdicción y competencia conocerá del caso y dará un fallo, siempre considerando las formas señaladas por la ley en cada proceso.


  • El principio de favorabilidad: En materia penal la persona puede tener los beneficios brindados por una ley posterior a su condena, pero jamás podrá recibir un castigo mayor por causa de una ley posterior.


  • La presunción de inocencia:  Con ella se guarda la honra y el buen nombre de las personas incursas en una actuación judicial, porque hasta que no se emita sentencia condenatoria, se presume inocente.


  • El derecho de defensa: Todas las personas, sin excepción, tienen derecho, dentro de un proceso, a ser defendidas por un abogado que él elija, o por uno de oficio si no tiene dinero para pagarlo y, dentro de ese mismo proceso, se podrán controvertir y aportar pruebas, apelar el fallo e interponer los recursos.

 

  • Cosa juzgada (Non bis in ídem): Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho.

 

¿Qué es el debido proceso en materia administrativa?

 

  • La Corte Constitucional ha manifestado que en materia administrativa: “El debido proceso es exigente en materia de legalidad, ya que no solamente pretende que el servidor público cumpla las funciones asignadas, sino, además, que lo haga en la forma como determina el ordenamiento jurídico”, o sea, se encuentra estrechamente vinculado con la legalidad  a la que se someten las actuaciones administrativas, con el fin de fundamentar la confianza en las instituciones estatales.

 

  • Asimismo, cuenta con un componente defensivo y de contradicción, bien las etapas administrativas o en los tribunales de lo contencioso administrativo.

 

¿Se puede interponer una tutela por el derecho al debido proceso?

 

Sí,  por ser un derecho fundamental, como ya señalamos, de aplicación inmediata.

 

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