¿Cuál es el procedimiento para la entrega de los remanentes a un asociado ausente y a uno que ha fallecido?
Recordemos que el liquidador tiene el deber de convocar una asamblea o junta de socios para que sean aprobadas tanto las cuentas del liquidador como el acta donde consta la distribución del remanente de los activos sociales entre los asociados de una empresa en liquidación.
¿Qué pasa si uno de los asociados no se presenta a recibir sus remanentes?
De aprobarse la cuenta final de la liquidación, y uno o varios asociados no se presenta a recibir los bienes que le corresponde, el artículo 249 del Código de Comercio nos indica que en caso de que hayan asociados ausentes, el liquidador los citará por medio de avisos que se publicarán por no menos de tres veces con intervalos de ocho a diez días en un periódico que circule en el lugar del domicilio de la empresa en liquidación.
¿Qué ocurre si alguno de esos socios nunca se presenta?
El liquidador podrá entregar todos aquellos bienes que correspondan al o a los asociados que no se haya presentado a recibirlos a la junta departamental de beneficencia del lugar donde se encuentre el domicilio de la empresa en liquidación, y si en dicho lugar no hubiese, los entregará a la junta que funcione en el lugar más próximo. Todo ello, después de transcurridos diez días de la última publicación.
¿Qué opciones tienen los asociados que aparezcan después?
Los asociados tendrán un año, a partir de la entrega efectuada por el liquidador, para reclamar sus bienes.
¿Qué ocurre si se cumple ese plazo?
Transcurrido el año sin que los asociados ausentes hayan reclamados sus bienes, éstos pasarán a ser propiedad de la junta departamental de beneficencia correspondiente, para ello, el liquidador deberá entregar los documentos de traspaso de los respectivos bienes.
Ahora bien, puede darse el caso que el liquidador tenga conocimiento de que uno de los socios falleció antes de entregarle los bienes que le corresponderían en la distribución de los remanentes. Ante tal situación, de que servirá que el liquidador publique avisos en un periódico a sabiendas que ese asociado nunca irá a reclamar dichos bienes.
Entonces, ¿Cómo se debe proceder ante ese supuesto?
De acuerdo al Oficio 220-101309 de fecha 19 de septiembre de 2019 emitido por la Superintendencia de Sociedades, el liquidador podrá constituir depósitos judiciales a nombre del o de los socios o accionistas fallecidos, conforme a lo regulado por los artículos 4 y 5 de la Ley 1743 de 2014
¿Qué es un depósito judicial?
El depósito judicial consiste en la custodia de aquellos bienes muebles o inmuebles involucrados en una controversia judicial, cuyo aseguramiento se cumplirá hasta que haya una decisión emanada de la autoridad competente.
¿Por qué se debe hacer el depósito judicial?
Porque se deben respetar los derechos sucesorales de aquellas personas que sean herederos legítimos del socio fallecido, ya que esos bienes pasarían a ser parte de la herencia.
¿Qué se debe hacer después de constituir el depósito judicial?
Le corresponde al liquidador informar y poner a disposición de las autoridades correspondientes en el proceso de sucesión sobre la constitución de los depósitos judiciales.
¿Quiénes son esas autoridades?
En caso de que la sucesión sea judicial, se informará al Juez que lleve el proceso, y si la sucesión se efectúa ante una notaría, será el Notario quien deba tener conocimiento de esos depósitos judiciales.
¿En caso de que no se haya iniciado un proceso de sucesión, que debe hacer el liquidador?
Aunque el liquidador sepa que no se ha iniciado algún proceso de sucesión, igual debe proceder a constituir los depósitos judiciales en favor del o de los socios fallecidos de conformidad con lo estipulado en la Ley 1743 de 2014.
LOS SINDICATOS
Como hemos señalado, el tema de los sindicatos en nuestro país es controvertido por la recurrencia y el continuo crímen de sindicalistas, así como por el abuso de este derecho de asociación por parte de muchos trabajadores que se sienten amparados bajo esta figura....
LICENCIAS REMUNERADAS
Con la reforma laboral, Ley 2466 de 2025, se incorporaron unas licencias obligatorias y, además, remuneradas y se ampliaron unas que se encontraban vigentes, ajustando su redacción, por lo que en nuestro presente artículo hablaremos sobre las licencias remuneradas....
DERECHO DE PETICION
El derecho de petición es uno de los derechos fundamentales, así lo señalamos en uno de nuestros artículos, artículo 23 de la Constitución Política, mecanismo para que se le reconozca un derecho, que se le solucione una situación legal, la intervención de un...
DERECHOS FUNDAMENTALES
Los derechos fundamentales son una evolución de los derechos humanos que el Estado tiene la obligación de respetar y hacer respetar para proteger la dignidad humana, la libertad, la vida, la igualdad y la intimidad. ¿Qué son los derechos fundamentales? “Son las...
CAMBIOS EN MATERIA DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Con el fin de mantener informados a nuestros usuarios de las modificaciones que se van presentando en el régimen de propiedad horizontal, hoy hablaremos sobre el Decreto 768 de 2025 que introduce cambios en materia de propiedad horizontal. ¿Cuál es la...
BIOMETRIA EN LA PROPIEDAD HORIZONTAL
Con el fin de mantener informados a nuestros usuarios de las modificaciones que se van presentando en el régimen de propiedad horizontal, hoy hablaremos sobre el Decreto 768 de 2025 que introduce cambios en materia de propiedad horizontal. ¿Cuál es la...
SEGURO DECENAL PARA VIVIENDA NUEVA
Aunque para muchos desconocido, a partir del 1o. de julio pasado es obligatorio el seguro decenal para vivienda nueva, tema que trataremos a continuación. ¿Qué es el seguro decenal? “La póliza cubre a los propietarios de los inmuebles nuevos ante el riesgo de...
EL HABEAS DATA
El hábeas data es un derecho fundamental consagrado y protegido por nuestra Constitución Política en su artículo 15 para que las personas conozcan, actualicen y rectifiquen la información que entidades públicas y privadas recolectan sobre ellas. ¿Qué es el...
BIOMETRIA
La biometría es un mecanismo que se ha ido implementando en muchas de las entidades de los diferentes sectores del país (financiero, notarial, salud, gubernamental, etc.), con el fin de mejorar la seguridad mediante la verificación de identidad física o...
QUE REGIMEN PENSIONAL ME CONVIENE
Con la reforma pensional muchos de los que aspiran a contar con una pensión para sostenerse en su vejez se preguntan si les conviene continuar en el régimen de la transición o acogerse a lo establecido con la nueva legislación, por lo que en nuestro artículo...

