GENERALIDADES EMPRESA UNIPERSONAL- PARTE I

by | May 20, 2020 | BLOG, PERSONA JURIDICA, PERSONA NATURAL | 0 comments

Generalidades de la empresa unipersonal, primera parte.

Como se recordará, las leyes colombianas presentan varias opciones para que una empresa se pueda desarrollar de manera individual, lo que le permite a cualquier persona poder entrar formalmente en el mundo de los negocios. Una de esas opciones es la persona natural comerciante y la otra son las sociedades por acciones simplificadas, de ambas formas de comercio ya se ha escrito en anteriores ocasiones, es por ello que en esta oportunidad haremos referencia a la empresa unipersonal.

¿Qué es una empresa unipersonal?

El artículo 71 de la Ley 222 de 1995 nos señala que la empresa unipersonal es aquella figura jurídica que permite a una persona, natural o jurídica, destinar parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil, siempre y cuando dicha persona reúna las calidades requeridas para ejercer el comercio de manera legal.

¿A qué se refiere con las calidades?

Son los requisitos que debe cumplir la persona que desee ser un comerciante. El artículo 12 del Código de Comercio nos indica que todas aquellas personas que tengan capacidad para contratar y obligarse serán hábiles para ejercer el comercio.

¿Cuáles son los pasos para constituir una empresa unipersonal

El primer paso es consultar si el nombre o razón social que se pretende usar está disponible, es decir, verificar que otro comercio no tenga registrado el nombre que le queremos dar a nuestra empresa, porque de lo contrario no se podrá utilizar ya que ninguna cámara de comercio lo permitirá. Ahora bien, los medios idóneos para ejecutar dicha consulta son la página web del RUES y la página web de la cámara de comercio de la ciudad en la cual vivimos o en su defecto en la sede de ésta.

Una vez efectuada la búsqueda, y con la certeza de que el nombre que se le quiere dar a la empresa se encuentra disponible, el siguiente paso consiste en redactar un documento privado de constitución, pero, si el capital de la empresa se va a conformar con bienes cuya transferencia requieran de escritura pública (bienes inmuebles), entonces, la constitución de la empresa también cumplirá esa misma formalidad que además deberá ser inscrita en los registros correspondientes.

¿Qué información debe contener el documento privado o la escritura pública?

De acuerdo al artículo 72 de la Ley 222 de 1995, el documento deberá contener la siguiente información:

.- Nombre, documento de identidad y dirección del empresario.
.- Denominación o razón social de la empresa, a la cual debe seguirle la expresión “Empresa Unipersonal”, o de su sigla E.U., de no hacerlo, el empresario responderá con todos sus bienes por las obligaciones de su empresa.
.- Dirección de la empresa.
.- El termino de duración de la empresa, a menos que, vaya a tener una duración indefinida.
.- Una descripción clara y completa de las actividades principales que va a desarrollar la empresa. Salvo que se exprese que ésta podrá realizar cualquier actividad comercial que esté legalmente permitida.
.- El monto del capital, con descripción detallada de los bienes aportados y del valor de cada uno. Cabe acotar, el empresario responderá por la veracidad del valor de los bienes asignado en el documento constitutivo o, de ser el caso, en la escritura pública.
.- El número de cuotas en que se dividirá el capital de la empresa y cuyo valor nominal deben ser igual en todas las cuotas.
.- La forma de administración y el nombre, documento de identidad y facultades de su administrador o representante legal. El representante legal puede ser el mismo empresario o un tercero.

Posterior a tener el documento listo, si se trata de un documento privado constitutivo el empresario constituyente deberá presentar personalmente el escrito ante la cámara de comercio, en cambio, de tratarse de una escritura pública la presentación se efectuará ante un notario para su reconocimiento. Es de señalar, que la presentación del documento también podrá ser efectuada por el representante legal de la empresa unipersonal o por un apoderado.

Igualmente, el empresario constituyente deberá formalizar su inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), el cual está administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), también efectuará su inscripción en la Matrícula Mercantil de la cámara de comercio correspondiente a la ciudad en donde reside, además diligenciará el formulario del Registro Único Empresarial y Social (RUES), y no nos podemos olvidar del Número de Identificación Tributaria (NIT).

Aunado a todo lo anterior, se les invita cordialmente a leer nuestra próxima publicación en donde seguiremos desarrollando tan importante tema.

VACACIONES LABORALES

Finaliza el año, algunas empresas dan vacaciones colectivas a sus trabajadores y en otras son ellos quienes solicitan su periodo de vacaciones, por ello, le dedicaremos este artículo a este derecho laboral.   ¿Qué son las vacaciones laborales? Consideradas como...

read more

CESANTIAS

Laboralmente, la finalización de un año y el comienzo de otro trae consigo diferentes responsabilidades tanto para los trabajadores como para las empresas y una de ellas es la consignación de las cesantías y de los respectivos intereses.     ¿Qué son las...

read more

ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA

Desafortunadamente, en muchos ámbitos se presentan injusticias pero, afortunadamente, la ley cuenta con normas que buscan proteger a las víctimas de este tipo de arbitrariedades  y la estabilidad laboral reforzada es una de las figuras jurídicas creadas para tal fin,...

read more

CONTRATO DE APRENDIZAJE

La palabra “aprendiz” se usa para definir a aquellas personas que están adquiriendo un conocimiento o una experiencia en alguna profesión, arte u oficio, por lo que el tema de este artículo es el contrato de aprendizaje, de qué se trata, sus modalidades, qué empresas...

read more

FRANQUICIA

A muchos nos gusta visitar un centro comercial, ir a cine, almorzar en su plazoleta de comidas y compartir con la familia, pero no muchos sabemos que algunos de esos negocios en los que adquirimos alguno de sus productos es lo que se conoce como franquicia, tema del...

read more

AUMENTO CANON DE ARRENDAMIENTO

Antes de finalizar el presente año 2022 hemos venido comentando noticias como el aumento del salario mínimo y del auxilio de transporte, la recién aprobada reforma tributaria y el tema de la inflación que incide directamente, por ej.,  en el presupuesto de muchos...

read more

INFLACION

No pretendemos ponernos a la altura de los economistas para hablar del tema de la inflación, sino dar un vistazo general y sencillo de este término, citar sus efectos en la economía en general de un país y en el “bolsillo” de los ciudadanos.   ¿Qué es la...

read more

INDEXACION

Indexar, término que escuchamos frecuentemente durante los últimos meses del año 2022 y muy relacionado con la reciente discusión del porcentaje de aumento del salario mínimo  y del auxilio de transporte para el 2023, por lo que en este artículo nos referiremos al...

read more

IMPUESTOS SALUDABLES

Previo a la discusión de la reforma tributaria aprobada recientemente por el Congreso y sancionada por el Presidente de la República, de la cual hicimos un resumen en anterior artículo, se ha discutido mucho sobre los impuestos saludables, pero, ¿sabemos a ciencia...

read more

REFORMA TRIBUTARIA 2022

La nueva reforma tributaria 2022, Ley 2277 de 2022,  entrará en vigencia el 01 de enero de 2023,  aunque para procedimiento tributario está aplicando desde el 13 de diciembre de 2022, es un tema que nos genera mucha preocupación por su carga en impuestos, así como los...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido