Generalidades de la empresa unipersonal, segunda parte.
Continuando con las generalidades, una persona jurídica también puede constituir una empresa unipersonal.
Por lo tanto, ¿Qué requisitos debe cumplir una persona jurídica para conformar una empresa unipersonal?
Además de los requisitos mencionados en la anterior publicación, si el empresario constituyente de la empresa unipersonal es una persona jurídica es necesario allegar el documento legal que certifique su existencia, que en este caso podría ser el certificado de existencia y representación legal el cual será expedido por la correspondiente cámara de comercio.
Y si el empresario constituyente desea tener un local comercial en donde funcione la empresa, ¿Qué se necesita para registrar un establecimiento de comercio?
Si se va a matricular un establecimiento de comercio a nombre de la empresa se debe suministrar el área total y el numero de ficha catastral del inmueble en la respectiva cámara de comercio.
¿Qué otros aspectos se deben tener en cuenta sobre las empresas unipersonales?
.- La empresa unipersonal surge como una persona jurídica distinta al empresario constituyente.
.- En caso de fraude a través de la empresa, el titular de las cuotas de capital y los administradores que hubiesen participado responderán solidariamente por las obligaciones nacidas de tales actos y por los perjuicios causados.
.- La responsabilidad de los administradores será de acuerdo al régimen general de las sociedades.
.- Si el empresario constituyente delega totalmente la administración de la empresa, éste no podrá realizar actos y contratos a nombre de aquella mientras se mantenga dicha delegación.
.- En ninguna situación el empresario constituyente podrá, por cuenta propia o a través de un tercero, retirar cualquier clase de bien perteneciente a la empresa, salvo que se trate de utilidades debidamente justificadas. El empresario constituyente tampoco podrá contratar con su propia empresa unipersonal y si éste tiene varias empresas, no podrá hacer contratos entre ellas.
.- Una empresa unipersonal a través de una cesión de sus cuotas puede llegar a pertenecer a dos o más personas por lo que deberá convertirse en una sociedad comercial, para ello, se deben elaborar los estatutos sociales de conformidad con la nueva forma de sociedad que se va a adoptar dentro de los seis meses siguientes a la inscripción en el registro mercantil del acto jurídico que llevo al aumento de asociados en la empresa unipersonal. Tales estatutos deberán elevarse a escritura pública y serán otorgados por todos los socios además de inscribirse en el registro mercantil, si no se cumple con dichas formalidades la empresa unipersonal quedará disuelta de pleno derecho y deberá ser liquidada.
.- Curiosamente puede darse el caso contrario, es decir, una sociedad que vea reducido a uno el número de sus socios puede convertirse en una empresa unipersonal sin necesidad de liquidarse. Para ello, debe cumplir con las formalidades anteriormente descritas.
¿Cuáles son los casos en que se puede disolver una empresa unipersonal?
Al respecto, el artículo 79 de la Ley 222 de 1995 nos indica:
1.- Por decisión del empresario constituyente.
2.- Por cumplimiento del plazo de vigencia de la empresa, a menos que fuere prorrogado mediante documento inscrito en el registro mercantil antes de su expiración. Cabe señalar, la disolución se producirá de pleno derecho a partir de la fecha de expiración del término de duración sin necesidad de formalidades especiales.
3.- Por muerte del empresario constituyente cuando así se haya estipulado expresamente en el acto de constitución de la empresa unipersonal o en sus reformas.
4.- Por imposibilidad de desarrollar las actividades previstas.
5.- Por orden de autoridad competente.
6.- Por pérdidas que reduzcan el patrimonio de la empresa en más del cincuenta por ciento; y,
7.- Por la iniciación del trámite de liquidación obligatoria.
Salvo lo dispuesto en el numeral segundo, en los demás casos la disolución de la empresa unipersonal se hará constar en documento privado que se inscribirá en el registro mercantil correspondiente.
Adicionalmente, el mismo artículo expone lo siguiente:
“…podrá evitarse la disolución de la empresa adoptándose las medidas que sean del caso según la causal ocurrida, siempre que se haga dentro de los seis meses siguientes a la ocurrencia de la causal.
La liquidación del patrimonio se realizará conforme al procedimiento señalado para la liquidación de las sociedades de responsabilidad limitada. Actuará como liquidador el empresario mismo o una persona designada por éste o por la Superintendencia de Sociedades, a solicitud de cualquier acreedor”.
Ya para concluir, en caso de que la Ley 222 de 1995 no prevea una determinada situación sobre las empresas unipersonales, le serán aplicables, en cuanto sea posible, las normas que regulan a las sociedades de responsabilidad limitada.
TUTELA JUDICIAL EFECTIVA
Muchas veces se leen o escuchan términos de los cuales no se tiene idea, especialmente para aquellas personas que no manejan lenguaje jurídico y uno de ellos es el tema del presente artículo. Una de las bondades de la Constitución de 1991, art. 229, es "garantizar el...
¿A DEVOLVER MI SUBSIDIO DE VIVIENDA?
Los programas de vivienda de interés social -VIS- están destinados a mejorar las condiciones de vida de la población menos favorecida para que tengan la oportunidad de tener casa propia. En el presente artículo haremos un breve repaso por los requisitos que se...
¿QUE ES LA SOCIEDAD COLECTIVA?
En este artículo trataremos un tipo de sociedad mercantil como es la sociedad colectiva en donde damos la definición de lo que es, cómo se constituye, número de socios capitalistas o socios industriales, la formación del capital, la razón social y damos algunos...
¿CUANTO TENGO QUE PAGAR DE GASTOS NOTARIALES?
Uno de los temas más inquietantes cuando pensamos realizar un negocio, o nos encontramos en su trámite, es el de cuánto tendré que pagar de gastos en la notaría, cuál será la tarifa notarial que me corresponda y cuál la que deberá pagar la otra parte en el contrato,...
SOCIEDAD COMANDITA SIMPLE
En este artículo explicaremos qué es una sociedad por comandita simple, cómo se constituye, los socios que existen en esta clase de sociedad, cómo se forma el capital, su razón social, las responsabilidades que se adquieren ante terceros y las causales de disolución....
SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES
¿Quiere constituir una sociedad comandita por acciones? En este artículo de la Notaría 19 de Bogotá le explicaremos qué es, cómo funciona, cómo se constituye, la cantidad de socios, sus derechos y obligaciones, la formación de capital, la razón social y su disolución....
SOCIEDAD DE HECHO
Una de las características de una sociedad mercantil es que debe tener personería jurídica y estar constituida por escritura pública o documento privado, pero hay excepción a esta regla y la encontramos en la sociedad de hecho que es el tema del presente artículo....
PENSION EN FONDOS PRIVADOS NO SERIA HEREDABLE
El proyecto de ley 413 del 2021, presentado con el objetivo de dinamizar el mercado de capitales y modernizar el sistema financiero, radicado hace pocos días ante el Congreso de la República por el Ministerio de Hacienda, ante la realidad de ver aplazada una...
SOCIEDADES COMERCIALES
Cuando alguien desea constituir una empresa comercial o ser accionista de ella, debe tener en cuenta algunos aspectos según su naturaleza o la finalidad que se persiga. Existen diferentes tipos de sociedades reguladas por la Superintendencia de Sociedades de Colombia...
TESTIMONIO NOTARIAL
Uno de los trámites más usuales y utilizados en las notarías es el llamado testimonio notarial. El notario da fe sobre la autenticidad de firmas, documentos originales de diversas índoles como escrituras y anexos, contratos de compra-venta, identificación de la...

