¿Qué es mérito ejecutivo?

by | Sep 16, 2019 | BLOG | 0 comments

¿Qué es mérito ejecutivo?

El mérito ejecutivo es una cualidad que se le atribuye a aquel documento que contiene una obligación, que al ser incumplida por su deudor o causante se constituye como una prueba plena que permite que ésta pueda ser ejecutada o exigida judicialmente. Por lo tanto, se considera que un documento presta mérito ejecutivo cuando permite que la obligación, contenida en el, pueda ser exigida por vía judicial.

Cuando efectivamente ese documento presta mérito ejecutivo estaremos en presencia de un título ejecutivo, es decir, aquel documento que contiene una obligación cuyo cumplimiento puede ser perseguido judicialmente. Esta figura jurídica encuentra cabida en el artículo 422 del Código General del Proceso: “Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él, o las que emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial, o de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia, y los demás documentos que señale la ley. La confesión hecha en el curso de un proceso no constituye título ejecutivo, pero sí la que conste en el interrogatorio previsto en el artículo 184”.

De lo anterior, se desprenden las siguientes características que permiten que un documento contemple dicha cualidad:

1.- La obligación que esté contenida en el documento debe ser:

a.- Expresa: por cuanto, se debe plasmar en el documento quienes intervienen, la obligación que se asume, el monto objeto de cumplimiento, las condiciones y el plazo en el cual debe cumplirse la obligación.

b.- Clara: refiriéndose a que no puede haber dudas sobre la naturaleza de la obligación o de cuáles serían los requisitos y plazos para cumplirla. La obligación debe ser apreciada fácilmente; y,

c.- Exigible: será exigible una vez pasado el plazo o condición de vencimiento de la obligación sin que se haya sido cumplida.

2.- Que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él: se entiende que el documento que preste mérito ejecutivo debe provenir solamente del deudor o del causante de la obligación, y en ningún caso, será admisible el documento emitido por una persona distinta a ellos. Para que el documento constituya plena prueba es necesario que este sea pertinente o conducente, es decir, que sea el adecuado para demostrar un hecho o un acto jurídico concreto.

Además de aquellos documentos que provengan del deudor, prestarán mérito ejecutivo las obligaciones que:

.- Emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial.
.- O de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia.
.- La contestación del interrogatorio previsto en el artículo 184 del Código General del Proceso.
-. Y los demás documentos que señale la ley, siendo algunos de esos documentos los siguientes:
.- Facturas de venta.
.- Letras de cambio.
.- Pagarés.
.- Cheques.
.- Contratos de arrendamiento (ver artículo ¿El contrato de arrendamiento presta mérito ejecutivo?).
.- Contratos de compraventa.
.- Contratos de suministros.
.- Promesas de compraventa.
.- El artículo 828 del Estatuto Tributario, precisa los documentos que prestan mérito ejecutivo a favor de la administración tributaria.
.- El artículo 99 de la Ley 1437 de 2011, establece los documentos que prestan mérito ejecutivo a favor del estado.

Un determinado documento tendrá mérito ejecutivo no por la voluntad de quienes lo suscriben, sino por el hecho de reunir las características indicadas en la ley y que básicamente se reducen a que recoja una obligación clara, expresa y exigible.

CEDULA DIGITAL GRATIS

Como manifestamos en un artículo de nuestro blog: “La Registraduría Nacional del Estado Civil da su aporte al introducir la nueva cédula digital para (según esta entidad) aprovechar al máximo los diferentes mecanismos de información y comunicación que existen en el...

read more

CUANTIAS PROCESALES 2025

Como cada inicio de año muchos productos y servicios aumentan su valor y las cuantías procesales 2025 no son la excepción.   ¿Qué son las cuantías procesales?   En un artículo anterior señalamos que: “Básicamente, la cuantía procesal es el valor que se le da...

read more

LICENCIA MENSTRUAL

En busca de una política pública que sensibilice y fomente los planes de acción para la protección de los derechos menstruales de las mujeres y personas menstruantes con especiales condiciones médicas, Función Pública expidió una resolución que regulan la licencia...

read more

COTIZAR MAS PARA PENSION

El tema de la pensión es muy inquietante para la gran mayoría de trabajadores que “sueñan”, a futuro, cuando cumplan la edad requerida, poder completar el tiempo para pensionarse y disfrutar de una vejez segura económicamente, pero ¿se puede cotizar más para pensión?,...

read more

PASAPORTE GRATIS

El pasaporte es un documento que los ciudadanos colombianos requieren para viajar fuera del país y tiene un costo según el tipo de pasaporte del que se trate y de acuerdo a la ciudad donde se encuentren, pero algunas personas son beneficiadas con el pasaporte gratis....

read more

CANCELACION DE LA MATRICULA MERCANTIL

Muchas veces, por quiebra de un establecimiento de comercio o porque el comerciante deja de ejercer su actividad mercantil se hace necesaria la cancelación de la matrícula mercantil, tema de nuestro siguiente artículo.   ¿Cuándo se hace la cancelación de la...

read more

RENOVACION DE LA MATRICULA MERCANTIL

En otro de nuestros artículos hablamos sobre la matrícula mercantil , quiénes deben realizar el registro, los beneficios y los documentos que se deben adjuntar para ello; en nuestro artículo de hoy trataremos sobre la renovación de la matrícula mercantil.  ...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido