QUE OCURRE SI EL CERTIFICADO NACIDO VIVO PRESENTA ERROR

by | Mar 18, 2020 | BLOG | 0 comments

¿Qué ocurre cuando el certificado de nacido vivo presenta errores o se ha extraviado?

Recordaremos la publicación: ¿Cuáles son los documentos antecedentes necesarios para la inscripción del nacimiento en el registro civil?, ahí se señalaron los diferentes documentos validos que permiten acreditar el nacimiento de una persona para su posterior inscripción en el registro civil, es relevante para el presente escrito lo señalado sobre el certificado de nacido vivo, el cuál es definido como aquél documento que acredita el nacimiento con vida de un ser humano cuando es atendido por miembros del sector salud (médicos, enfermeros, etc.), éste se diligenciara en original y copia, siendo que el original del certificado se le entregará a la madre para que ésta pueda inscribir el nacimiento de su hijo en el registro civil. Puede suceder que dicho certificado presente inconsistencias o errores, o peor aún, que se extravié.

¿Qué ocurre si el certificado de nacido vivo presenta errores?

Aquí se pueden dar dos escenarios, por ejemplo:

.- Que el original del certificado de nacido vivo aportado al momento de la inscripción presente inconsistencias referentes a los nombres y apellidos del padre, es decir, que no concuerde lo plasmado en el certificado con los datos aportados por éste. Ante tal situación, dichos errores no constituyen una causal para devolver el certificado o para que no se preste el servicio, ya que los datos serán aportados por la persona interesada al momento de la inscripción. Recordemos que para la inscripción del registro civil se deben presentar los documentos de identificación.

.- Que el certificado de nacido vivo presente inconsistencias, borrones, tachaduras o enmendaduras en datos esenciales. En este escenario, el certificado de nacido vivo si será rechazado.

¿Cómo se debe proceder si el certificado es rechazado por errores en datos esenciales?

La persona interesada deberá solicitar la aclaración de los datos esenciales ante la institución que expidió el certificado. De lo contrario, no se podrá efectuar la inscripción ya que esos datos son propios de la demostración del hecho y requieren de la precisión del personal de salud que lo atendió. Esos datos esenciales son:

.- Fecha de nacimiento.
.- Lugar de nacimiento; o,
.- Sexo del nacido vivo.

¿Cómo proceder si hay errores en el certificado de nacido vivo emitido por el aplicativo RUAF-ND?

Es de acotar, el aplicativo RUAF-ND es una aplicación web creada por el Estado colombiano y es utilizada para administrar toda la información relacionada con los nacimientos y defunciones que ocurren dentro del territorio nacional, permitiendo, entre otras funciones, crear estadísticas importantes para el desarrollo ciudadano y del país.

Entonces, cuando el certificado de nacido vivo se ha diligenciado mediante ese aplicativo y el certificado en papel presenta inconsistencias o errores en su diligenciamiento, se debe solicitar la corrección a la institución de salud correspondiente, la cual deberá anular el original emitido con errores o inconsistencias y verificar que el aplicativo haya quedado correctamente diligenciado.

Una vez realizada la corrección, se deberá imprimir el antecedente directamente del aplicativo el cual tendrá que ser firmado por el médico tratante o de turno con su respectivo sello. Posteriormente, se deberá presentar ante la Notaria tanto el nuevo certificado como el anterior que fue anulado.

Ahora bien, ¿Qué sucede si el certificado de nacido vivo se extravía?

Si el certificado se le pierde al familiar del recién nacido, ésta persona deberá proceder a realizar la denuncia ante la autoridad competente y entregarla a la institución de salud para que procedan a realizar una nueva impresión del certificado que emite el sistema, el cuál deberá ser firmado por el médico tratante o de turno con su respectivo sello. El familiar interesado, se presentará con dicho documento más la copia del denuncio ante la Notaria para proceder a la inscripción en el registro civil de nacimiento.

REGIMEN DE TRANSICION

Con los nuevos planteamientos que se están haciendo frente a una reforma pensional existe la preocupación para muchas personas que pueden gozar de ciertas circunstancias requeridas para ser reconocidos dentro de un régimen de transición que les permitan acceder a la...

read more

SERVICIO PUBLICO EN LUGAR DE CARCEL

SERVICIO PUBLICO EN LUGAR DE CARCEL Dentro de los cambios que está generando el nuevo gobierno del Presidente Gustavo Petro, en los últimos días , la propuesta del servicio público en lugar de cárcel para las mujeres ha sido un tema muy cuestionado por la gran mayoría...

read more

HIJOS DEBEN ALIMENTOS A LOS PADRES

HIJOS DEBEN ALIMENTOS A LOS PADRES Como es bien sabido el derecho de alimentos, tal como lo ha expresado la Corte Constitucional y  lo señalamos en anterior artículo: “Es aquél que le asiste a una persona para reclamar de quien está obligado legalmente a darlos, lo...

read more

FIJACION DE CUOTA DE ALIMENTOS

Ante la irresponsabilidad de los padres para cubrir los gastos que se requieren para que un niño se desarrolle integralmente, existe el derecho de alimentos y un proceso de fijación de cuota alimentaria donde un Juez señala su valor y las condiciones de pago.  ...

read more

DERECHO DE USO Y DE HABITACION

Con el ánimo de responder a nuestros usuarios y lectores, siempre, estamos atentos ante sus inquietudes respecto de los distintos temas que les interesan, y uno de ellos es el derecho de uso y de habitación del cual tratamos a continuación.   ¿Qué es el derecho...

read more

EL DERECHO DE USUFRUCTO

Tema que causa mucha inquietud en nuestros usuarios y del cual trataremos a continuación el  derecho de usufructo, pues se ha convertido  en una forma en que los padres escrituran los bienes inmuebles a sus hijos  dejándolos sólo con la nuda propiedad y con el fin de...

read more

EFECTOS CIVILES DE LOS MATRIMONIOS RELIGIOSOS

Tradicionalmente el único matrimonio religioso del que se hablaba era del católico, pero nuestra Constitución Política en su artículo 42 reconoce efectos civiles a otros matrimonios religiosos distintos de éste, pero no para todas las religiones que existen...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido