¿Qué pagos de los que recibo constituyen salario en mi contrato de trabajo y cuáles no?

by | Dic 13, 2018 | BLOG, CONTRATO LABORAL | 0 comments

El C.S.T. en su artículo 127 nos especifica los elementos integrantes del salario: Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones”.

El artículo citado no determina cuáles son esos pagos en especie, pero el art. 129 sí, señalando como tales la fracción del salario habitual que se le otorgue al trabajador o a su familia como contraprestación directa a su labor (vivienda, alimentación, o vestuario, distintos a aquellos que por libre voluntad del empleador de al trabajador como sumas de dinero ocasionales que se constituyan en gratificaciones por el trabajo desempeñado, bonificaciones, entre otras, así como lo que reciba en dinero o en especie para la debida ejecución de sus funciones (herramientas, dinero para transporte, gastos de representación, viáticos).

Continuando con los pagos que constituyen o no salario, el art. 130 del código citado dispone que los viáticos permanentes sí constituyen salario, pero sólo en la parte que sirve como manutención y alojamiento al trabajador; empero los viáticos accidentales no.

El auxilio de transporte constituye salario cuando se trata de conformar la base para el cálculo de las prestaciones sociales; los sobresueldos (sumas adicionales al sueldo o jornal que el empleador paga al trabajador por las mismas razones que las primas habituales), las bonificaciones habituales, el valor de los días de descanso obligatorio (domingos y festivos), el valor del trabajo suplementario y de horas extras, las comisiones, porcentajes sobre venta (vendedores de tiendas de ropa y calzado, por ej.)

Haciendo referencia a los pagos en dinero o en especie que no forman parte del salario de un trabajador, el art. 128 del C.S.T. los señala como las sumas de dinero que voluntariamente le da el empleador al trabajador para compensarlo por su trabajo y que no fueron pactadas en el contrato laboral, tales como las primas extralegales, las primas de vacaciones o de navidad, tampoco las vacaciones (esto es un descanso remunerado), el subsidio familiar y otras similares.

Asimismo, las propinas que recibe el trabajador como compensación por parte del cliente por un servicio que éste le presta (camareros, meseros, barman, entre otros similares) no forman parte del salario.

Hay que tener muy presente que cuando se realizan pagos que no constituyen salario, éstos no pueden exceder del 40% del valor total del pago que recibe el trabajador como remuneración, pero hay que precisar que esta norma aplica sólo para efectos de aportes a seguridad social de los establecidos por la Ley 100 de 1993 (Ley 1393 de 2010, art. 30: rentas de destinación específica para la salud).

CERTIFICADO DE NACIONALIDAD EN LINEA

Los ciudadanos que tengan activa la cédula de ciudadanía digital en su dispositivo móvil pueden solicitar el certificado de nacionalidad en línea. Este nuevo servicio de la Registraduría Nacional del Estado Civil representa un importante avance en la digitalización de...

read more

TENER VIVIENDA NO LO SACA DEL SISBEN

La implementación del Registro Universal de Ingresos (RUI) y el avance del catastro multipropósito han provocado gran preocupación entre muchos colombianos que temen perder el acceso al Sisbén o a los subsidios del Estado por ser propietarios de una vivienda o de una...

read more

PRESCRIPCION DEL IMPUESTO PREDIAL

La prescripción del impuesto predial es una garantía jurídica que limita el tiempo durante el cual las entidades territoriales pueden ejercer la acción de cobro sobre las obligaciones tributarias. Pero, su aplicación genera frecuentes dudas respecto al momento en que...

read more

CUOTA DE ADMINISTRACION RETROACTIVA

En las copropiedades es frecuente que, luego de celebrarse la asamblea de propietarios, éstos reciban un cobro adicional por concepto de cuotas de administración retroactivas, es decir,  correspondientes a meses anteriores. Esto genera dudas sobre si dicho cobro es...

read more

CERTIFICADO DE NACIONALIDAD EN LINEA

Los ciudadanos que tengan activa la cédula de ciudadanía digital en su dispositivo móvil pueden solicitar el certificado de nacionalidad en línea. Este nuevo servicio de la Registraduría Nacional del Estado Civil representa un importante avance en la digitalización de...

read more

TENER VIVIENDA NO LO SACA DEL SISBEN

La implementación del Registro Universal de Ingresos (RUI) y el avance del catastro multipropósito han provocado gran preocupación entre muchos colombianos que temen perder el acceso al Sisbén o a los subsidios del Estado por ser propietarios de una vivienda o de una...

read more

PRESCRIPCION DEL IMPUESTO PREDIAL

La prescripción del impuesto predial es una garantía jurídica que limita el tiempo durante el cual las entidades territoriales pueden ejercer la acción de cobro sobre las obligaciones tributarias. Pero, su aplicación genera frecuentes dudas respecto al momento en que...

read more

CUOTA DE ADMINISTRACION RETROACTIVA

En las copropiedades es frecuente que, luego de celebrarse la asamblea de propietarios, éstos reciban un cobro adicional por concepto de cuotas de administración retroactivas, es decir,  correspondientes a meses anteriores. Esto genera dudas sobre si dicho cobro es...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido