Existen diferentes tipos de sociedades reguladas por la Superintendencia de Sociedades de Colombia -SSC-, entidad adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, quien se encarga de ejercer la inspección, vigilancia y control de estas sociedades, cuyo marco legal está constituido por el Código de Comercio (Decreto 410 de 1971), en su artículo 98 y siguientes; asimismo, las leyes 222 de 1995, 1258 de 2008 y 1429 de 2010 entre otras más.
En este artículo nos proponemos desglosar y enumerar los tipos de sociedades comerciales permitidas por la constitución colombiana, teniendo en cuenta que para poderla constituir se debe establecer cuál será la forma en que se constituirá, dependiendo si es persona natural o jurídica, es decir, las formas de constitución de las mismas, las características de las sociedades comerciales y los documentos requeridos para su trámite ante la oficina de la Cámara de Comercio correspondiente, para su implementación y puesta en marcha, de acuerdo a las normas legales dispuestas para tal fin.
¿Es importante determinar si soy persona natural o jurídica para constituir una empresa?
SÍ, pero si está pensando crear una empresa, lo primero que debe hacer es definir si la figura que va a emprender es como persona natural o jurídica.
- Como persona natural:
Nace a título personal para realizar actividades económicas y que la ley considera mercantiles. Actúa por sí misma y ejerce derechos, por tanto, también contrae obligaciones según su actividad comercial, como es el caso de la conocida empresa unipersonal conformada por una persona, por lo que no es considerada sociedad como tal, porque ésta se debe constituir con dos (2) o más personas.
A pesar de ello, la ley permite la creación de una sociedad conformada por un solo socio y es la Sociedad por Acciones Simplificadas (S.A.S.)
¿La persona jurídica puede constituir sociedad mercantil?
SÍ, porque la sociedad mercantil, a excepción de la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), se conforma por dos o más personas tanto naturales como jurídicas, con el objeto social señalado para el desarrollo de actividades comerciales. Actúa a través de un representante legal que contrae derechos y obligaciones para responder ante terceros.
¿Cómo se constituyen las sociedades mercantiles o comerciales?
- Por escritura pública
- Por documento privado
¿Ante quién se registran las sociedades comerciales?
Se deben registrar ante la Cámara de Comercio y en el lugar en que la sociedad establecerá su domicilio principal.
Tipos o clases de sociedades comerciales:
Sociedad por Acciones Simplificada -SAS-: Mínimo una (1) persona, sin existir un límite de accionistas.
- Sociedad Limitada: Se forma con mínimo dos (2) socios y máximo 25.
- Sociedad Anónima: Se conforman con mínimo cinco (5) socios sin existir límite del número de accionistas.
- Sociedad Colectiva: Mínimo dos (2) socios capitalistas o industriales.
- Sociedad Comandita Simple: Mínimo de socios dos (2) con un máximo de 25 comanditarios o capitalistas. Al menos debe haber un (1) socio gestor.
- Sociedad Comandita por Acciones: Mínimo cinco (5) socios comanditarios sin límite de socios y un (1) socio gestor.
¿Cuáles son las características de las sociedades comerciales?
- Se constituyen como personas jurídicas
- Se crean por escritura pública o documento privado
- El número de socios o accionistas
- El aporte que se realiza a la empresa
- Tienen un patrimonio propio
– Tienen fin de lucro.
– Adquieren derechos y obligaciones.
¿Cuáles son los documentos para registrarlas ante la Cámara de Comercio?
- Cédulas de ciudadanía o de identificación
- Registro Único Tributario -RUT-
- Registro Único Empresarial y Social -RUES-
- Formulario diligenciado de acuerdo al tipo de sociedad a constituir, escritura pública y acta de constitución.
¿Qué hace la Cámara luego de tener los documentos?
- Realiza el registro mercantil
- Remite la documentación a la Secretaría de Hacienda de la ciudad respectiva para que sea inscrita en el Registro de Información Tributaria (RIT.
Para tener en cuenta:
- Hay que tener presente que se debe pagar una tarifa por el registro de la sociedad y depende del monto de la suscripción de la empresa, es decir por el valor del aporte que realizó la empresa al momento de su constitución.
- Igualmente, ante la Cámara de Comercio se deben registrar los libros de actas de Asamblea y Juntas Directivas, como el libro de socios o accionistas. También se debe registrar la empresa ante el sistema de Seguridad Social, para contratar empleados.
- Después de estos pasos generales, usted puede solicitar en la Cámara de Comercio el certificado de existencia y representación legal de su empresa que constituyó.
Temas relacionados:
Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
Socios como causal de disolución
Sociedad Anónima- Generalidades Parte I
Sociedad Anónima- Generalidades Parte II
Consideraciones a tener en cuenta antes de registrar una empresa
PENSIONADOS PODRAN SER INDEMNIZADOS POR FONDOS PRIVADOS
Recientemente, la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Laboral estableció parámetros claros para que los pensionados puedan ser indemnizados por los fondos privados de pensiones (AFP), en virtud de la mala asesoría que éstos les brindaron, tema del que...
PRINCIPIO DE CONDICION MAS BENEFICIOSA
El principio de la condición más beneficiosa es de garantía constitucional y fue creado para proteger las expectativas legítimas de los trabajadores ante los cambios normativos, especialmente en temas de seguridad social. ¿Qué es el principio de la condición...
ACCION DE SIMULACION
Hemos señalado que la simulación es usada para “encubrir” negocios diferentes como, por ej., el fideicomiso civil del cual hablamos en anterior artículo, pero la acción de simulación tiene un tiempo limitado para ser ejercitada, según las reglas de la prescripción...
PRESCRIPCION DE LA ACCION DE SIMULACION
Hemos señalado que la simulación es usada para “encubrir” negocios diferentes como, por ej., el fideicomiso civil del cual hablamos en anterior artículo, pero la acción de simulación tiene un tiempo limitado para ser ejercitada, según las reglas de la prescripción...
SIMULACION DE FIDEICOMISO CIVIL
La simulación de fideicomiso civil es una figura jurídicamente compleja en la cual las partes “aparentan” realizar un negocio fiduciario válido, cuando lo que se pretende, realmente, es un objetivo diferente, usualmente encaminado a sustraer bienes del patrimonio del...
CONSTITUCION EN MORA
La constitución en mora es el inicio del retardo del deudor que adquiere importancia jurídica y autoriza al acreedor para exigir el cumplimiento, los intereses y el pago de perjuicios, si es del caso. ¿Qué es la mora? La mora en las obligaciones es una figura...
CARTERA CASTIGADA
Los que tienen créditos u obligaciones con entidades financieras han escuchado el término cartera castigada, refleja las obligaciones que por su alta mora y poca probabilidad de recaudo, son reconocidas como pérdida por el acreedor, pero sin que esto la extinga...
NEGOCIAR CON CASAS DE COBRANZA
Para las personas es un “dolor de cabeza” cuando tienen créditos pendientes y las entidades financieras, al no recibir el pago de éstos, venden su cartera vencida a las casas de cobranzas y esto se convierte en un nuevo tormento para el deudor, porque comienza a...
RECARGO POR LABORAR EN DIAS FESTIVOS
Con la entrada en vigencia de algunos de los aspectos aprobados de la reforma laboral, Ley 2466 de 2025, los trabajadores en Colombia están recibiendo ajustes en sus salarios, y uno de ellos es el incremento en el recargo por laborar en días festivos, tema de nuestro...
MEDIDAS CAUTELARES LABORALES
Nos hemos referido al tema de las medidas cautelares a nivel general,su definición, el momento en que se interponen, los procesos donde se pueden solicitar y su clasificación, entre otros aspectos más. Hoy trataremos sobre las medidas cautelares laborales. ...


