¿El inicio de reorganización de una empresa es causal de terminación de los contratos?
Sobre la reorganización de una empresa ya se expuso en el artículo “¿Cuál es el trámite para el proceso de reorganización de una empresa?”, se recordará que la finalidad que persigue dicho proceso es de preservar que las empresas, que se encuentran en una delicada situación económica, sean viables al normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, todo ello, mediante un acuerdo que permita una reestructuración a nivel operacional y administrativa de activos o pasivos.
Por lo tanto, este mecanismo de ayuda empresarial, ¿Afecta la continuidad de los contratos que había suscrito la empresa antes de iniciar un proceso de reorganización?
No, y como fundamento legal tenemos el artículo 21 de la Ley 1116 de 2006, el cual nos señala que, por el simple hecho de dar inicio al proceso de reorganización, no se puede decretar al deudor la terminación unilateral de ningún contrato, debe entenderse que el proceso de reorganización, nunca será causal para terminar de forma unilateral los contratos que se hayan suscrito.
¿Qué ocurre si se incumple el contrato?
El artículo 21 de la referida ley, añade que los incumplimientos de las obligaciones contractuales causadas con posterioridad al inicio del proceso de reorganización, o las distintas al incumplimiento de obligaciones objeto de dicho trámite, podrán alegarse para exigir su terminación, independientemente de cuándo hayan ocurrido dichas causales.
Como complemento a lo ya expuesto, la sentencia SC11287-2016 de fecha 17/08/2019, emanada por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia con ponencia del Magistrado Ariel Salazar Ramírez, sostiene que:
“Así como los contratos deben ser respetados por el acreedor, de igual modo tienen que ser honrados por el deudor (…)
Ello quiere decir que (…) los contratos celebrados con el empresario en reestructuración deben seguir cumpliéndose, entonces el deudor no está autorizado para desconocer sus obligaciones, ni el juez facultado para inobservar los efectos del incumplimiento”.
De acuerdo al criterio emitido por la Sala, las partes involucradas en un contrato, en todo momento, deben respetar lo pactado, así como, los derechos y las obligaciones que deriven de él. El proceso de reorganización no será impedimento para que los contratos sigan vigentes y el juez que actúe en un proceso judicial, donde la parte cumplida busque reivindicar sus derechos lesionados, no podrá desconocer los efectos que surgen a raíz del incumplimiento contractual.
Para culminar, la Sala de Casación Civil recordó el criterio que ha mantenido sobre este tema y que sirve como fundamento para proteger los derechos de la parte cumplida:
“Por consiguiente, como la regla general en materia de concurso es la continuidad de los efectos de los contratos, se concluye que también subsisten los efectos del incumplimiento contractual aunque los negociantes hayan quedado cobijados por el acuerdo de reestructuración, por lo que nada se opone a que la parte cumplida ejerza las acciones contempladas en la ley en caso de que el deudor transgreda su obligación.
Así ha sido reconocido por nuestra jurisprudencia desde hace varias décadas, en términos que hoy conservan plena vigencia, frente a los cuales no existe ninguna razón para cambiar de postura…”
CAPACIDAD JURIDICA
La capacidad jurídica es el derecho que tiene toda persona a ser titular de derechos y obligaciones y a ejercerlos por sí misma. En Colombia, este concepto se transformó profundamente con la expedición de la Ley 1996 de 2019, la cual reconoció la capacidad legal plena...
COMITES DE CONVIVENCIA LABORAL
Los Comités de Convivencia Laboral cumplen un papel fundamental en la prevención del acoso laboral y en la promoción de ambientes de trabajo respetuosos y saludables, cuyas reglas sobre su conformación y funcionamiento fueron actualizadas con la expedición de la...
POLITICA DE VIVIENDA DE ABELARDO DE LA ESPRIELLA
El acceso a vivienda propia se perfila como una de las prioridades del gobierno de Abelardo de la Espriella, quien durante su campaña propuso convertir a Colombia en un “país de propietarios”, facilitar el acceso a créditos hipotecarios de largo plazo y recuperar los...
SIC LIMITA EL USO DE BIOMETRIA EN PROPIEDAD HORIZONTAL
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) limita el uso de biometría en propiedad horizontal como es el reconocimiento facial para controlar el ingreso a conjuntos residenciales. La decisión recuerda que estos datos tienen la calidad de datos sensibles y que...
MALTRATO INFANTIL
El maltrato infantil representa una grave vulneración de los derechos de niños y adolescentes y puede dejar consecuencias físicas, psicológicas y sociales que durarán toda la vida. No son solo golpes, sino también es la violencia psicológica, los castigos crueles, el...
OBSTRUCCION DEL VINCULO FILIAL
La Corte Suprema de Justicia dio un importante paso en la protección de los derechos de los niños y adolescentes al determinar que impedir, obstaculizar o dañar en forma regular la relación de un menor con uno de sus padres es una forma de violencia intrafamiliar y...
CONDONACION ICETEX 2026
Miles de beneficiarios del ICETEX con créditos educativos en mora tendrán una nueva oportunidad para sanear sus obligaciones, es la condonación Icetex 2026. La entidad puso en marcha una amnistía dirigida a quienes tienen cartera castigada, con beneficios que...
ALIVIOS TRIBUTARIOS TEMPORALES
Con el propósito de facilitar la normalización de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias en mora, el Gobierno nacional expidió el Decreto Legislativo 240 de 2026, mediante el cual estableció alivios tributarios temporales dirigidos a personas naturales y...
LA NUEVA PROTECCION PARA MENORES EN INTERNET
Internet y las redes sociales ofrecen múltiples oportunidades para el aprendizaje y la comunicación de niños y adolescentes, pero también los exponen a riesgos como el ciberacoso, el abuso sexual en línea, la captación con fines delictivos, la vulneración de la...
RESPONSABILIDAD LEGAL DE LOS PARQUEADEROS
Cada vez es más frecuente encontrar en los parqueaderos avisos que indican “no respondemos por daños o robos”. Sin embargo, estas advertencias no siempre tienen efectos legales, pues quienes prestan el servicio de parqueadero tienen obligaciones de custodia y...

