¿Cuál es el orden sucesoral en una sucesión intestada en Colombia?
La sucesión intestada significa que no hay testamento, ésta sucesión se puede efectuar por notaria tal como se expuso en el escrito “Sucesiones por notaría”. Pero;
¿Quiénes son llamados a heredar en ésta situación?
Son llamados a la sucesión intestada: los descendientes, los hijos adoptivos, los ascendientes, los padres adoptantes, la pareja sentimental legalmente reconocida, los hermanos, los sobrinos y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Así lo dispone el artículo 1040 del Código Civil.
¿Cuál es el orden para suceder?
De acuerdo al artículo 1045 y siguientes del Código Civil, el orden a seguir es:
.- Primer orden: los descendientes de grado más próximo, recibirán entre ellos cuotas iguales sin perjuicio de la porción destinada a la pareja sentimental legalmente reconocida que sobrevive. Los descendiente en primer grado son: los hijos legítimos, los adoptivos, extramatrimoniales o nacidos de una unión marital de hecho.
.- Segundo orden: corresponde a los ascendientes de grado más próximo, si el fallecido no deja descendientes, le heredarán sus padres bien sean biológicos o adoptantes y su pareja sentimental legalmente reconocida. La herencia se repartirá entre ellos por cabezas.
.- Tercer orden: cuando el fallecido no deja descendientes ni ascendientes, ni hijos adoptivos, ni padres adoptantes, le sucederán sus hermanos y su pareja sentimental legalmente reconocida. La herencia se divide la mitad para ésta y la otra mitad para aquéllos por partes iguales. A falta de pareja, se llevarán la herencia los hermanos, y a falta de éstos se la llevara aquella.
.- Cuarto orden: cuando no hay descendientes, ascendientes, hijos adoptivos, padres adoptantes, hermanos y pareja sentimental legalmente reconocida, al fallecido le heredarán los hijos de sus hermanos, es decir, sus sobrinos. Y por último;
.- Quinto orden: si a quien fallece no le sobrevive ninguno de los herederos anteriormente mencionados, será el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar quien herede los activos del difunto.
¿Qué es la repartición por cabezas?
La sucesión por cabezas consiste en la repartición por parte iguales de una porción de los bienes a heredar, al menos que la ley establezca expresamente una división diferente.
¿Qué ocurre si se encuentran vivos todos los herederos?
Dado el caso que al fallecido le sobrevivan todos sus posibles herederos, el artículo 1045 del Código Civil establece que los descendientes de grado más próximo excluyen a todos los otros herederos. Es decir, si el fallecido tiene hijos estos excluyen a los padres, hermanos y sobrinos. De no haber hijos, se seguirá el orden de sucesión arriba descrito.
Es prudente acotar, la expresión: pareja sentimental legalmente reconocida, la empleamos única y exclusivamente para abarcar de manera más amplia el término cónyuge utilizado en el Código Civil, ya que la Corte Constitucional mediante Sentencia C-283-11 de 13 de abril de 2011, con ponencia del Magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, sostuvo:
“…siempre y cuando se entienda que a la porción conyugal en ellos regulada, también tienen derecho el compañero o compañera permanente y la pareja del mismo sexo”.
Por consiguiente, cada vez que una norma haga mención al cónyuge, debe extenderse dicha disposición legal al compañero o compañera permanente y la pareja del mismo sexo, que legalmente sean reconocidos como tal.
CONSTITUCION EN MORA
La constitución en mora es el inicio del retardo del deudor que adquiere importancia jurídica y autoriza al acreedor para exigir el cumplimiento, los intereses y el pago de perjuicios, si es del caso. ¿Qué es la mora? La mora en las obligaciones es una figura...
CARTERA CASTIGADA
Los que tienen créditos u obligaciones con entidades financieras han escuchado el término cartera castigada, refleja las obligaciones que por su alta mora y poca probabilidad de recaudo, son reconocidas como pérdida por el acreedor, pero sin que esto la extinga...
NEGOCIAR CON CASAS DE COBRANZA
Para las personas es un “dolor de cabeza” cuando tienen créditos pendientes y las entidades financieras, al no recibir el pago de éstos, venden su cartera vencida a las casas de cobranzas y esto se convierte en un nuevo tormento para el deudor, porque comienza a...
RECARGO POR LABORAR EN DIAS FESTIVOS
Con la entrada en vigencia de algunos de los aspectos aprobados de la reforma laboral, Ley 2466 de 2025, los trabajadores en Colombia están recibiendo ajustes en sus salarios, y uno de ellos es el incremento en el recargo por laborar en días festivos, tema de nuestro...
MEDIDAS CAUTELARES LABORALES
Nos hemos referido al tema de las medidas cautelares a nivel general,su definición, el momento en que se interponen, los procesos donde se pueden solicitar y su clasificación, entre otros aspectos más. Hoy trataremos sobre las medidas cautelares laborales. ...
REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (REDAM)
En un artículo anterior “Menores que ya no requieren permiso de ambos padres”, expusimos que el progenitor que se encuentre inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) posibilita al otro padre o madre para que viaje fuera del país con el menor de...
MENORES QUE YA NO REQUIEREN PERMISO DE AMBOS PADRES
Los padres tienen obligaciones que van más allá de su entorno familiar, así, dar permiso para que su hijo menor pueda salir del país en compañía del otro padre o madre, pero hay menores que ya no requieren permiso de ambos padres, tema de nuestro artículo a...
REFORMA LABORAL
La reforma laboral ( promovida por el actual Gobierno realiza cambios estructurales al régimen laboral, refuerza la estabilidad, la protección del trabajador y la formalización con el fin de recuperar y ampliar derechos de los trabajadores, pero que no es una ley de...
CONTRATO DE APRENDIZAJE CON LA REFORMA LABORAL
Con la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral), el contrato de aprendizaje tuvo grandes modificaciones, no fueron cambios menores, sino que se ”laboralizó”. ¿Qué es el contrato de aprendizaje? En un artículo anterior dijimos que: “El...
COMPRAR SEMANAS DE COTIZACION
Para muchas personas el pensionarse es uno de sus mayores proyectos de vida, pero algunos no logran reunir los requisitos de tiempo cotizado para que se le reconozca su pensión; sinembargo, existe o no la posibilidad de comprar semanas de cotización? ¿Cuál es...


