El propietario de una casa urbana desea vender su propiedad pero los posibles compradores al estudiar el certificado de tradición o libertad  como llaman todavía algunos, observan que existe un embargo vigente de más de 10 años que no solo afecta el inmueble sinó que se encuentra fuera del comercio.

Con cierta regularidad encontramos estos casos, a partir de Octubre de 2012 fecha en que se expidió la nueva ley de Registro, (Ley 1579 de 2012) a través de un trámite o procedimiento relativamente sencillo, pueden levantarse estas anotaciones o inscripciones. Se dijo allí que las medidas cautelares como es por ejemplo el embargo, tiene un término de vigencia de 10 años, es decir, pasado este tiempo, se le puede solicitar mediante escrito al Registrador, que cancele la inscripción de embargo o cualquier otra medida cautelar que esté afectando el inmueble. Ahora bien, si antes de vencerse dicho tiempo, la persona o autoridad judicial o administrativa que ordenó el registro solicita la renovación de la medida cautelar, comenzará una nueva vigencia de cinco (5) años que pueden extenderse por igual periodo dos veces más.

Es una buena alternativa para los propietarios de bienes inmuebles quienes no tenían otra forma de sanear su inmueble que contratar los servicios de un abogado para iniciar la correspondiente acción judicial a fin de que un Juez de la República ordenara la cancelación de embargos y demás medidas cautelares y sobre todo es importante esta nueva solución porque en muchos casos no se sabe del paradero del acreedor o se trata de empresas liquidadas de las que no se tiene ninguna información.

Martha Isabel Acevedo Prada.

QUE ES LA DACION EN PAGO

Al escuchar y leer la palabra dacion en pago, inmediatamente, la asimilamos con la palabra dar y, para relacionarla con la pregunta que figura como título del presente artículo, es factible decir que se trata de dar algo en forma de pago. Internándose en el tema del...

read more

TARIFAS REGISTRALES 2017

RESOLUCIÓN No. 0450 20  ENE 2.017 "Por la cual se fijan las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral”   EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO En uso de las facultades conferidas por el articulo 74 de la Ley 1579 de 2012,  y el numeral 13°...

read more

¿CÓMO CANCELAR EL PATRIMONIO DE FAMILIA?

El Patrimonio de Familia (puede conocer más sobre el Patrimonio de Familia dando click aquí) es una figura que ayuda a proteger una propiedad de embargos y medidas cautelares. Por lo general se utiliza en las familias con menores de edad o personas discapacitadas,...

read more

PATRIMONIO DE FAMILIA

Se piensa en Patrimonio de familia como la posibilidad de proteger una propiedad de medidas cautelares como: embargos, secuestros o remates; gracias a su inembargabilidad. Para constituir un Patrimonio de familia, es necesario que la persona interesada sea la...

read more

CONTRATO DE DONACIÓN

La DONACIÓN es un contrato en el que una persona le transfiere un bien mueble o inmueble a otra bajo el común acuerdo y de manera gratuita, El Código Civil define las donaciones en su artículo 1443 de la siguiente manera: “Acto por el cual una persona transfiere,...

read more

CONTRATO DE PERMUTA

Cuando se habla del Contrato de Permuta lo primero que se viene a la mente es el intercambio de una cosa por otra, pero este contrato tiene más connotaciones jurídicas de las que se piensa. EL Código Civil Colombiano lo regula, específicamente, en los artículos 1955 a...

read more

MENSAJE PARA AÑO NUEVO

Regalos, comida, fiesta, novena, familia, luces, velas, pólvora, paseo, primos, amigos, alegría, líneas congestionadas, nostalgia por las navidades anteriores, felicidad. Si pensamos sobre lo que llega con la navidad y el año nuevo tendríamos un listado interminable...

read more

GARANTÍA PRENDARIA Y GARANTÍA HIPOTECARIA

Tanto la Prenda como la Hipoteca son garantías reales que se ofrecen a la hora de asumir una obligación, con el fin de brindar seguridad al acreedor de que la deuda que se haya adquirido será cancelada o, si por el contrario, el deudor incumple, el acreedor pueda...

read more
Ir al contenido