Contrato de arrendamiento en el usufructo.
El usufructo es el derecho que alguien otorga a otra persona sobre un bien inmueble para que éste lo use y se beneficie de los frutos naturales o civiles, el usufructuario es el nombre que recibe la persona que hará uso y disfrute de ese bien inmueble, por lo tanto, la persona que cede su derecho se le conoce como nudo propietario. Tales afirmaciones, fueron expuestas en el escrito: ¿Cómo entender el usufructo y sus derechos?.
Igualmente se planteó que el usufructuario tiene pleno derecho al goce del bien, no obstante, carece del dominio del mismo. El nudo propietario tiene el dominio legal del bien, pero no puede gozar ni usarlo físicamente.
Entonces, ¿Se puede arrendar un bien constituido en usufructo?
Si, definitivamente si se puede, y así lo estipula el artículo 852 del Código Civil:
“El usufructuario puede dar en arriendo el usufructo…”
Claro está, sólo si no hubiese sido expresamente prohibido por el propietario al momento de constituir el usufructo.
¿Qué ocurre si el usufructuario ejecuta el arriendo sin autorización del propietario?
La consecuencia más obvia, perdería el derecho de usufructo. Sin embargo, aún cuando expresamente se haya estipulado la prohibición de arrendar, el propietario puede obviar dicha prohibición al usufructuario.
Por consiguiente, el bien podrá ser arrendado o cedido a quien el usufructuario disponga, con la posibilidad de hacerlo sin esperar remuneración alguna o por el contrario, con plena intención de obtener ciertas ganancias por concepto del arriendo.
Pero eso no es todo, resulta que el arrendamiento no sólo puede operar una vez constituido el usufructo, también puede darse con anterioridad a éste, así lo prevé el artículo 581 del Código Civil.
¿Cómo se regula un bien en usufructo que ya se encuentra arrendado?
Cuando el propietario arriende el bien antes de constituir el usufructo, el usufructuario quedará obligado a respetar los arriendos, pero, desde el momento que se formalice el usufructo, aquel tomará el lugar del propietario con respecto a la recepción de la renta que genere el arriendo.
¿Quien es el responsable del bien en una cesión de usufructo?
Primeramente, por cesión de un derecho se entiende todo acto jurídico mediante el cual una de las partes transfiere a un tercero los derechos sobre un bien, sin que se altere la esencia de la relación jurídica. Se denomina cedente a la persona que transfiere el derecho y cesionario a quien recibe ese derecho. En este caso, aún cuando efectivamente sea permitida la cesión del derecho de usufructo a un tercero, el cedente siempre será el responsable directo del bien frente al propietario.
¿Qué ocurre con el contrato de arriendo o la cesión de derecho cuando culmine el usufructo sobre el bien?
El artículo 853 del Código Civil, nos señala que todos los contratos celebrados por el usufructuario terminarán cuando se concrete el fin del usufructo. No obstante, el propietario tiene la potestad de conceder al arrendatario o cesionario el tiempo necesario para la próxima recepción de ganancias, y siendo que se configura la extinción del usufructo, el propietario del bien pasa a sustituir al usufructuario en el contrato de arrendamiento.
En conclusión.
El usufructuario podrá, siempre y cuando cuente con el consentimiento del propietario, acordar un arriendo o cesión de derecho sobre el bien. Con respecto al arriendo, no podemos olvidar que se puede dar en dos tiempos, es decir, antes de la constitución del usufructo o posterior a éste, en ambos casos, el usufructuario se podrá beneficiar de la renta que se genere.
En relación a la cesión del usufructo, no hay impedimento para la escogencia del cesionario, pero, el cedente siempre será, frente al propietario, el responsable no sólo de sus propios hechos u omisiones, sino de los hechos ajenos a que su negligencia haya dado lugar.
Por último, todos los contratos suscritos por el usufructuario finalizarán con la extinción del usufructo.
REGISTRO CIVIL DE DEFUNCION
Si bien la muerte es parte del ciclo de la vida y aún cuando el fallecimiento de un ser querido constituye una pérdida irreparable, debemos sacar las fuerzas necesarias para cumplir con la obligación que estipula la ley ante esta situación, cómo lo es, tramitar el...
PROTOCOLIZACION DE MATRIMONIO CIVIL EXTRANJERO
Si usted contrajo matrimonio civil en el extranjero y como colombiano (a) quiere que también sea válido en su país, entonces puede acudir a una de las instancias autorizadas a solicitar la protocolizacion de matrimonio civil extranjero para que la unión sea...
SEPARACION DE BIENES
Separación de bienes - liquidación de la sociedad conyugal Es la facultad momento de divorciarse, se debe hacer la Liquidación de la Sociedad Conyugal, es decir, la repartición entre ambos cónyuges, de los bienes y/o frutos que se adquirieron durante la relación. Es...
INFIDELIDAD EN LA UNION MARITAL DE HECHO
La infidelidad en la union marital de hecho se ha vuelto tendencia debido a una reciente decisión de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia (Sentencia SC-4263-2020 del 9 de noviembre de 2020). Pero, no crea que es la primera vez que la Corte se pronuncia al...
DONACION
Mucho se ha hablado sobre el tema de las donaciones, pero poco se asimila el concepto legal de las mismas; por ello, en este artículo daremos una explicación breve al respecto, diciendo lo que es una donacion, los objetos que se pueden donar, las modalidades, los...
CEDULA DIGITAL
El ser humano siempre busca idear soluciones o alternativas que simplifiquen su estilo de vida. Es por ello, que la Registraduría Nacional del Estado Civil da su aporte al traer la nueva cédula digital para (según la Registraduría) aprovechar al máximo los diferentes...
SOCIOS COMO CAUSAL DE DISOLUCION
Una sociedad comercial, desde un punto de vista general, sólo tendrá a sus socios o asociados como causal de disolución cuando la cantidad de miembros se reduzca a un número inferior del mínimo legalmente permitido para continuar las operaciones comerciales ó cuando...
LEVANTAMIENTO DE EMBARGO POR VALORIZACION
Recordemos la publicación “La valorización como gravamen a la propiedad”, ahí se estableció que la valorización es una carga monetaria que asume el propietario o poseedor de un bien inmueble por la construcción de una obra pública que busca mejorar su calidad de vida,...
COMO SUSCRIBIR CONTRATO DE RENTA VITALICIA INMOBILIARIA
La renta vitalicia inmobiliaria se presenta como una opción para aquellas personas que tienen una vivienda propia y desean generar ingresos adicionales. Por lo tanto, si usted considera que esa alternativa financiera es adecuada, después de analizar sus pros y...
RENTA VITALICIA INMOBILIARIA
Cada vez hay más hogares en Colombia donde, si bien son dueños de una vivienda, no tienen los ingresos suficientes (o no hay ingresos) para cubrir sus gastos básicos como alimentación, servicios públicos o transporte. Esta situación no ha sido temporal, haciendo que...


