Sabemos que toda persona en Colombia tiene ese derecho fundamental constitucional de petición que le sirve para proteger y garantizar sus derechos y sus intereses, pero no sabe cómo invocarlo o presentarlo. Hoy gracias a la Ley 1755 de 2015, toda persona puede dirigirse no sólo a las entidades públicas o estatales sino también a los particulares que presten servicios públicos, o también a organizaciones privadas con o sin personería jurídica y cuando exista subordinación e indefensión. Además la Corte Constitucional señaló en qué casos la falta de una respuesta oportuna a un derecho de petición puede el peticionario instaurar la correspondiente acción de Tutela. El término legal para responder según el artículo 14, de la misma Ley, es de 15 días contados a partir del día siguiente a la fecha de radicación.
Otra novedad en la reglamentación de esta garantía constitucional es que a la hora de presentar la solicitud, la entidad o autoridad que la reciba, está en la obligación de examinarla en su totalidad y si faltare algún requisito que no considere necesario para resolver dicha petición, no la puede devolver o rechazar. O tal vez si el peticionario no presentó algún documento que sirve de prueba pero que también puede la entidad obtenerla de sus archivos, tampoco hay lugar a la devolución. Ahora bien, si recibida la petición se requiere que el peticionario realice un trámite especial para poder resolver de fondo su petición, entonces se le requiere dentro de los 10 días siguientes a la presentación de su solicitud para que complete la información necesaria en el término de un mes, o si el peticionario requiere de más tiempo, puede solicitar una prórroga de un mes más.
Se recomienda en todos los casos que quien esté interesado en que una entidad pública o privada resuelva sus inquietudes, quejas o determinada solicitud, presente completa su petición, siguiendo lo ordenado en el articulo 16 de la Ley 1755 de 2015, es decir, el nombre o autoridad a quien se le dirige, los nombres y apellidos completos con su documento de identificación y/ o los de su apoderado o representante, dirección de correspondencia e incluso si se desea dirección electrónica; el objeto de la petición, las razones que tiene y en las que se basa para su petición; la relación de todos y cada uno de los documentos que le sirvan de prueba y su firma en caso de que la petición se haya presentado por escrito, toda vez que también procede la presentación de peticiones verbales.
Ahora bien, las entidades privadas o autoridades públicas pueden exigir que la petición se haga por escrito pero deben también poner a disposición de todo ciudadano y sin costo alguno para este, formularios o formatos especiales que faciliten su diligenciamiento.
Si la autoridad u organismo privado a quien se le dirige el derecho de petición no es la competente, se le informará inmediatamente al peticionario en caso de haberse presentando verbalmente. Si se hizo por escrito, entonces se le hará saber dentro de los 5 días siguientes de su radicación y quien radicó enviará la petición al competente. Copia del oficio de envío se le entregará al interesado. Si no hay competente, así se le hará saber al peticionario.
Martha Isabel Acevedo Prada.
PROPUESTA DE REFORMA PENSIONAL
Dentro de las reformas que el nuevo Gobierno propone se encuentra la pensional, tema al cual nos referiremos en el artículo de hoy. ¿En qué consiste la propuesta pensional del Presidente Petro? Su propuesta pensional radica, básicamente, en modificar la...
EMBARGO DE MASCOTAS
Las decisiones de las altas cortes tienden a aclararnos el panorama frente a algunos temas, sus fallos están sustentados en el profundo análisis que el grupo de Magistrados realiza para dirimir un conflicto, pero un reciente fallo llamó la atención de todos y es el...
COMPRAVENTA ENTRE PADRES E HIJOS
Muchas personas usan el término “me heredó en vida” refiriéndose a la compraventa de un inmueble donde sus padres son los vendedores y los hijos los compradores, lo cual se ha convertido en una práctica común en las familias con el fin, por ej., de evitar mayores...
PENSION DE INVALIDEZ FONDOS PRIVADOS
PENSION DE INVALIDEZ FONDOS PRIVADOS Dentro de nuestra temática de Pensiones hoy nos dedicaremos a tratar lo que es una pensión de invalidez en los fondos privados de pensión, qué es, cómo se configura, qué documentos se requieren y cuál es la diferencia con...
MODIFICACIONES A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL
El tema de la propiedad horizontal es bastante amplio y, como ya lo hemos dicho, está regulado por la Ley 675 de 2001 pero, recientemente, se expidió la Ley 2079 de 2021 con la que se dictan normas sobre vivienda y hábitat y a la cual nos referiremos en el presente...
INDEMNIZACION PENSIONADOS DE FONDOS PRIVADOS
El tema de la pensión es muy importante para cada uno de nosotros, por eso, debemos ser muy cuidadosos al momento de escoger el fondo en el cual nos afiliamos para evitar posteriores dolores de cabeza como ha sucedido con muchas personas que hoy reciben una pensión...
FONDOS PRIVADOS DE PENSION
Con las propuestas de reforma pensional del Presidente Petro y lo que sucederá con los fondos privados de pensión, nos dedicaremos a explicar brevemente cuál es su naturaleza, qué régimen pensional manejan, cuáles son las diferencias con Colpensiones, entre otros...
LEY DEL PRIMER EMPLEO
El Gobierno Nacional buscando estimular el empleo formal en nuestro país adecuó un plan de beneficios tributarios con el fin de que las empresas contraten a jóvenes que puedan tener su primer trabajo. ¿Qué es la ley del Primer Empleo? La Ley 1429 de 2010...
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
El Gobierno del Presidente Gustavo Petro planteó lo que serán los proyectos y reformas para mejorar el desempeño político y económico y social del país y de sus ciudadanos, por lo que hoy nos referiremos al Plan Nacional de Desarrollo. ¿Qué es el Plan...
REFORMA AGRARIA
El tema de la reforma agraria ha sido muy debatido durante los gobiernos de los distintos presidentes de Colombia y el del Presidente Petro promete, con su reforma agraria, alcanzar la paz total. Este será nuestro tema de hoy para que nuestros usuarios tengan una...

