Tabla de contenido:
- ¿Qué es el salario mínimo?
- ¿Qué piden los sindicatos?
- ¿Qué pide el Gobierno?
- ¿Qué piden los empresarios?
- Topes y mínimos de puntos porcentuales a definir
Cada uno fija su posición de acuerdo a sus proyecciones. En la Mesa de Concertación Laboral se tratará de acordar el porcentaje a aumentar que regirá para el siguiente año respecto al SMLV (Salario Mínimo Legal Vigente) y al auxilio de transporte.
Por lo general, no se llega a una concertación y el Gobierno Nacional, por decreto, fija el porcentaje muy por debajo de las pretensiones de los representantes de los trabajadores. Hay que comprender a cada uno de ellos respecto a la posición que toman para fijar el incremento.
¿Qué es el salario mínimo?
Tal como lo define el Código del Trabajo: “el salario mínimo es la remuneración mínima que todos los trabajadores tienen derecho a recibir para garantizarles a ellos y a sus familias una calidad de vida digna en el nivel material, moral y cultural”
¿Qué piden los sindicatos?
Los sindicatos argumentan que la desigualdad, la brecha cada vez más amplia entre ricos y pobres, el poder adquisitivo del peso colombiano debilitado, el aumento de los precios de la canasta familiar, entre otros, no reflejan los puntos porcentuales que presentan los empresarios.
Se dice que éstos pedirán un alza del 14.2% que equivale a $139.253 pesos; mientras los gremios solicitarán que se establezca un aumento del 4.5%, es decir $44.130 pesos.
Las centrales obreras y de pensionados coinciden en que su propuesta tiene como base económica el millón de pesos, con un auxilio de transporte de 120.000 pesos.
Estas centrales insisten en que se establezca una renta básica para las personas que no cuentan con empleo, ni con otro tipo de ingreso.
El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT), manifestó que lo que se pretende es proteger los empleos, así como a las empresas con el fin de impulsar la economía del país, porque manifiesta que si los colombianos cuentan con dinero la economía se podrá reactivar. Asimismo, el presidente de la Confederación General de Trabajadores (CGT), destaca que por segundo año consecutivo se está planteando una misma propuesta para el porcentaje del pre salario mínimo 2021, para con el fin de evitar que, como siempre, el Gobierno manifieste que ante tantos planteamientos se veía obligado a acordar un valor con los gremios.
¿Qué pide el Gobierno?
El Gobierno calcula un aumento salarial para el 2021 que rondaría un 3.5%, representando una suma de $34.323 pesos. Durante los últimos diez años el incremento ha estado en un 5.4%, teniendo el salario del 2009 el mayor incremento que fue de 7.67% y el más bajo ha sido de un 3.4% para el 2011; por lo que el Ministro de Trabajo manifiesta que se analiza que el aumento del salario mínimo para los trabajadores sea importante.
¿Qué piden los empresarios?
Éstos argumentan que de presentarse un alto aumento se ocasiona un duro golpe para la generación de empleo. En el trasfondo lo que se discute es la mejora de las condiciones de los trabajadores y reducir el desempleo; opinan que hay que tener en cuenta, primordialmente, que las empresas han sentido el menoscabo ocasionado por la pandemia del Covid 19 en sus costos y ventas, considerando que el aumento lo que debe tener en cuenta es la inflación que, para este año, cerraría cerca del 2 al 2,5 por ciento. Para ellos, el salario mínimo para el 2021 debería bajar.
Topes y mínimos de puntos porcentuales a discutir
Estos serán definidos en la Mesa de negociación y en caso que no se llegue a un acuerdo, el Gobierno de turno lo define mediante decreto a más tardar el treinta (30) de diciembre de cada año, según la Ley 278 de 1996, a través de la Comisión permanente de concertación de políticas salariales y laborales creada por el Artículo 56 de la Constitución Política:
- La meta de inflación del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la República y la productividad acordada por el comité tripartito de productividad que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- La productividad acordada por el comité tripartito de productividad que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- La contribución de los salarios al ingreso nacional.
- El incremento del producto interno bruto (PIB), y
- El índice de precios al consumidor (IPC).
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