¿Qué es el servicio de ejecución especial de garantías mobiliarias?
Desde la entrada en vigencia de la Ley 1676 de 2013, se han podido garantizar créditos sobre una gran variedad de bienes muebles y derechos, al respecto, el artículo 3 de la referida ley nos señala:
“Las garantías mobiliarias a que se refiere esta ley se constituirán a través de contratos que tienen el carácter de principales o por disposición de la ley sobre uno o varios bienes en garantía específicos (…)
(…) el concepto de garantía mobiliaria se refiere a toda operación que tenga como efecto garantizar una obligación con los bienes muebles del garante e incluye, entre otros, aquellos contratos, pactos o cláusulas utilizados para garantizar obligaciones respecto de bienes muebles, entre otros la venta con reserva de dominio, la prenda de establecimiento de comercio, las garantías y transferencias sobre cuentas por cobrar, incluyendo compras, cesiones en garantía, la consignación con fines de garantía y cualquier otra forma contemplada en la legislación con anterioridad a la presente ley.
Cuando en otras disposiciones legales se haga referencia a las normas sobre prenda, prenda civil o comercial, con tenencia o sin tenencia, prenda de establecimiento de comercio, prenda de acciones, anticresis, bonos de prenda, prenda agraria, prenda minera, prenda del derecho a explorar y explotar, volumen aprovechable o vuelo forestal, prenda de un crédito, prenda de marcas, patentes u otros derechos de análoga naturaleza, derecho de retención, y a otras similares, dichas figuras se considerarán garantías mobiliarias y se aplicará lo previsto por la presente ley”.
De lo anterior, se logra definir al servicio de ejecución especial de garantías mobiliarias como el mecanismo por medio del cual el acreedor, que garantizó una obligación con los bienes muebles del garante (deudor), puede, en el momento que el deudor incumpla con el pago de la obligación (crédito), acceder a un procedimiento especial para hacer efectiva la garantía y obtener el pago de su acreencia. Es de acotar, que este proceso especial debe estar pactado en el contrato suscrito entre las partes intervinientes.
Además, genera grandes beneficios ya que permite al acreedor acceder a un procedimiento totalmente virtual y conforme a lo pactado voluntariamente por las partes. El inicio del proceso de ejecución especial trae en contra del garante la suspensión del derecho de enajenación de los bienes dados en garantía; así mismo, brinda la posibilidad de que el acreedor pueda, a partir del vencimiento del término de las oposiciones, asumir el control y tenencia de los bienes dados en garantía para lo cual deberá solicitar a la autoridad jurisdiccional competente, junto con la certificación expedida por la entidad autorizada, la aprehensión, la cual será ejecutada por la autoridad competente.
Las entidades autorizadas para conocer de la ejecución especial de la garantía son los notarios y las Cámaras de Comercio, el acreedor garantizado para poder dar inicio al proceso de ejecución especial de la garantía, deberá seguir los procedimientos establecido en el artículo 65 y siguientes de Ley 1676 de 2013.
Por último, como ya se expuso, este procedimiento se configura como una alternativa que permite que los acreedores hagan efectiva la garantía mediante un procedimiento ágil conforme a lo pactado entre las partes al momento de suscribir el contrato de ejecución especial.
ENCARGO FIDUCIARIO
Continuando con el tema del fideicomiso, en este artículo trataremos el Encargo Fiduciario, otra modalidad del negocio fiduciario, donde el constituyente o fideicomitente conserva el dominio de sus bienes sin que ellos salgan de su patrimonio, teniendo como...
OBLIGACION DE IDENTIFICAR AL VERDADERO PADRE DE UN MENOR DE EDAD
Causa intriga el título de este artículo por cuanto hay quienes piensan que no es importante identificar al verdadero padre de un menor de edad, ya que creen que eso no es garantía de que esa persona cumpla con sus obligaciones. Sin embargo, al establecer legalmente...
FIDUCIA MERCANTIL
La figura de la fiducia mercantil se remonta a la época romana donde se observa que, si una persona no podía pagar sus acreencias, el acreedor tomaba para sí un bien como garantía con la restricción de no enajenarlo mientras el deudor cancelara totalmente su deuda;...
FIDUCIA DE CONTRATACION ESTATAL
Con el ánimo de buscar transparencia en el manejo de los dineros y recursos estatales, bajo la modalidad del fideicomiso, el Gobierno creó la Ley estatutaria de la Contratación Administrativa Ley 80 de 1993. Aunque posee su propia normatividad, es similar a la fiducia...
NO MAS INTERDICCION
Antes que entrara en vigencia la Ley 1996 de 2019 el tema de la capacidad juridica de persona discapacitada mayor de edad era un “coco” que preocupaba a muchos de los familiares y amigos de estas personas, pues se cometían abusos a través de ella, tomando decisiones...
HIJO EXTRAMATRIMONIAL
La legitimación de un hijo es una figura jurídica algo antigua, en esa época se tenía que los hijos nacidos dentro del matrimonio eran llamados legítimos y los que nacían fuera del matrimonio eran considerados ilegítimos. Actualmente no hay distinción (en derechos y...
INSOLVENCIA EN COVID 19
Como consecuencia de la crisis económica generada por las medidas tomadas por el Gobierno para evitar el contagio masivo del Covid 19, muchas personas y empresas se vieron obligadas a declararse en quiebra y acudir al régimen de insolvencia económica como la solución...
CORRECCION DEL REGISTRO CIVIL
Si es común que en los documentos públicos existan errores, no es de extrañar que en los registros civiles también los encontremos. Pues, es normal que en un registro civil de nacimiento se comentan errores al escribir los nombres y apellidos del recién nacido, o que...
CERTIFICADO DE VIGENCIA
Este escrito hace referencia al certificado de vigencia de un poder general el cual es expedido por un Notario. Es por ello que a continuación se expondrán unos datos básicos relacionados con el tema, como por ejemplo: qué es, por qué es necesario y cómo se solicita...
SALARIO MINIMO AÑO 2021
Tras no llegar a un acuerdo las centrales obreras y el gremio de la producción para definir el incremento del salario minimo año 2021, este se estableció por el Gobierno mediante el Decreto 1785 DE 2020. ¿Cuánto fue el aumento? El aumento fue del 3.5%, con lo que...


