¿Qué es la cuarta de mejoras y de libre disposición?
La cuarta de mejoras se encontraba prevista en el artículo 1226 del Código Civil como asignación forzosa, con la entrada en vigencia del artículo 2 la Ley 1934 de 2018 se excluye de las consignaciones que por ley el testador está obligado a cumplir.
En la referida ley no fundamentan la razón que llevó a esa modificación, pero en un intento de entender tal motivación y a riesgo de equivocación, tenemos que, si bien es cierto que antes de esa norma el testador tenía la obligación de dejar la cuarta de mejoras a uno o más descendientes que tuviesen derecho de sucesión, éste mantenía la facultad de escoger a quién o a quiénes beneficiar, por ende, ese derecho de disposición se encontraba condicionado.
Ahora la cuarta de mejoras, contemplada en el artículo 4 de la Ley 1934 de 2018, se encuentra libre de esa condición por lo tanto puede ser dispuesta por el testador como mejor considere, por ello la norma está estipulada como la cuarta de mejoras y de libre disposición.
Entonces, el posible motivo del cambio consistió en otorgarle al testador una mayor disposición para distribuir sus bienes. Es de acotar, que a la persona que realiza el testamento se le conoce como testador.
Por otro lado, las asignaciones forzosas deben ser cumplidas con o sin testamento, mientras que la cuarta de mejoras ahora, como son de libre disposición, se debe cumplir sólo si se realiza testamento. Pero, a todas estas;
¿Qué es exactamente la cuarta de mejoras?
Está figura jurídica viene a constituir la mitad de los bienes que restan después de hacer ciertas deducciones exigidas por la ley a la hora de realizar un testamento, el testador podrá disponer libremente de esa masa de bienes restantes para heredarla a quien mejor considere sin la obligación de que dicho sucesor sea legitimario. La otra mitad corresponde a la legítima rigurosa, que en escrito anterior fue definida como aquella cuota de los bienes que por ley se debe asignar a los hijos y padres.
¿Cuáles son esas deducciones?
El artículo 4 de la Ley 1934 de 2018, nos señala que antes de establecer cuál es la masa de bienes que se va a suceder, primero hay que efectuar las deducciones señaladas en el artículo 1016 del Código Civil, que son:
.- Las costas de la publicación del testamento, si lo hubiere, y las demás anexas a la apertura de la sucesión.
.- Las deudas hereditarias.
.- Los impuestos fiscales que gravaren toda la masa hereditaria.
.- Las asignaciones alimenticias forzosas.
.- La porción conyugal a que hubiere lugar, en todos los órdenes de sucesión, menos en el de los descendientes.
Adicionalmente, el mismo artículo 4 nos indica que a parte de las deducciones arriba mencionadas, se deben hacer las agregaciones contempladas en los artículos 1244 y 1245 del Código Civil.
¿Cuáles son esas agregaciones?
Se refieren a las donaciones que en vida realice el testador a extraños, si el valor de todas esas donaciones resulta excesivo en comparación con la parte destinada para la cuarta de mejoras, los legitimarios tendrán derecho a exigir que el exceso se les sume en igual medida al monto computado para sus legítimas rigurosas.
Para finalizar, el artículo 1245 del Código Civil, dispone que si el exceso además de absorber la parte de los bienes que conforman la cuarta de mejoras, también abarca las legítimas rigurosas, los legitimarios tendrán derecho de solicitar la restitución de lo excesivamente donado, para ello procederán contra los donatarios (personas a quien se le hizo la donación), comenzando por las donaciones más recientes. Y si alguno de los donatarios se encuentra en proceso de insolvencia, esto no impondrá una carga para los otros.
TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO COMERCIAL SIN PENALIZACION
TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO COMERCIAL SIN PENALIZACION. Los comerciantes inhabilitados para abrir sus establecimientos durante la cuarentena, ante la grave situación económica, solicitaron autorización para terminar unilateralmente el contrato...
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA- PARTE II
Generalidades de la sociedad de responsabilidad limitada, segunda parte. De acuerdo con el Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales de Manuel Ossorio en su 1ª Edición Electrónica, la sociedad de responsabilidad limitada es: “Aquella de carácter...
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA- PARTE I.
Generalidades de la sociedad de responsabilidad limitada, primera parte. También conocida como sociedad limitada, es una sociedad de personas dónde todos los socios se conocen entre sí, y salvo algunas excepciones, éstos responderán por las obligaciones que adquiera...
¿ES PERMITIDO CAMBIAR DE APELLIDO EN COLOMBIA?
¿En Colombia, en qué casos es permitido el cambio de apellido? Sobre el cambio de nombre se ha escrito en reiteradas ocasiones, cómo por ejemplo en la publicación ¿Cómo cambiar de nombre?. Mientras que el cambio de apellido, a diferencia del cambio del nombre, no es...
QUE ES EXPÓSITO Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO
¿Qué es un expósito y cómo se realiza su inscripción en el registro civil de nacimiento? Son numerosos los casos de niños recién nacidos que sus padres abandonan en condiciones críticas, las causas que los induce a tomar esa decisión son diversas pero una de las más...
¿SU PAREJA NO QUIERE DECLARAR LA UNIÓN MARITAL DE HECHO?
¿Qué hacer si su pareja no quiere declarar la existencia de la unión marital de hecho? Hay que recordar que la unión marital de hecho se define como aquella unión formada entre un hombre y una mujer, que sin estar casados, hacen una comunidad de vida permanente y...
UNIÓN MARITAL DE HECHO EN LAS SUCESIONES.
¿Cómo se desarrolla la unión marital de hecho en las sucesiones? La unión libre, antes concubinato, encontró en la Ley 54 de 1990 no solo una nueva denominación y la adquisición de beneficios económicos, sino que se le considerara como una relación de pareja en donde...
LEY DE VIVIENDA 546 DE 1999- CRÉDITO HIPOTECARIO.
¿Conoce los beneficios de la Ley de Vivienda 546 de 1999 para reducción de créditos hipotecarios en tiempo y en intereses? Pocas personas conocen la Ley de Vivienda 546 de 1999 "Por la cual se dictan normas en materia de vivienda, se señalan los objetivos y criterios...
SOCIEDAD ANÓNIMA GENERALIDADES-PARTE II.
Generalidades de la sociedad anónima, segunda parte. Continuando con el tema: ¿Cuál es el procedimiento para constituir una sociedad anónima? Primero, le recomendamos la publicación “Consideraciones que se deben tener en cuenta antes de registrar una empresa”, el...
SOCIEDAD ANÓNIMA GENERALIDADES- PARTE I
Generalidades de las sociedades anónimas, primera parte. En escritos recientes mostramos las diferentes opciones que nos permiten desarrollar individualmente una empresa, ahora haremos lo propio con aquellas que le dan a dos o más personas la oportunidad de conformar...


