¿Qué es mérito ejecutivo?

by | Sep 16, 2019 | BLOG | 0 comments

¿Qué es mérito ejecutivo?

El mérito ejecutivo es una cualidad que se le atribuye a aquel documento que contiene una obligación, que al ser incumplida por su deudor o causante se constituye como una prueba plena que permite que ésta pueda ser ejecutada o exigida judicialmente. Por lo tanto, se considera que un documento presta mérito ejecutivo cuando permite que la obligación, contenida en el, pueda ser exigida por vía judicial.

Cuando efectivamente ese documento presta mérito ejecutivo estaremos en presencia de un título ejecutivo, es decir, aquel documento que contiene una obligación cuyo cumplimiento puede ser perseguido judicialmente. Esta figura jurídica encuentra cabida en el artículo 422 del Código General del Proceso: “Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él, o las que emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial, o de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia, y los demás documentos que señale la ley. La confesión hecha en el curso de un proceso no constituye título ejecutivo, pero sí la que conste en el interrogatorio previsto en el artículo 184”.

De lo anterior, se desprenden las siguientes características que permiten que un documento contemple dicha cualidad:

1.- La obligación que esté contenida en el documento debe ser:

a.- Expresa: por cuanto, se debe plasmar en el documento quienes intervienen, la obligación que se asume, el monto objeto de cumplimiento, las condiciones y el plazo en el cual debe cumplirse la obligación.

b.- Clara: refiriéndose a que no puede haber dudas sobre la naturaleza de la obligación o de cuáles serían los requisitos y plazos para cumplirla. La obligación debe ser apreciada fácilmente; y,

c.- Exigible: será exigible una vez pasado el plazo o condición de vencimiento de la obligación sin que se haya sido cumplida.

2.- Que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él: se entiende que el documento que preste mérito ejecutivo debe provenir solamente del deudor o del causante de la obligación, y en ningún caso, será admisible el documento emitido por una persona distinta a ellos. Para que el documento constituya plena prueba es necesario que este sea pertinente o conducente, es decir, que sea el adecuado para demostrar un hecho o un acto jurídico concreto.

Además de aquellos documentos que provengan del deudor, prestarán mérito ejecutivo las obligaciones que:

.- Emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial.
.- O de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia.
.- La contestación del interrogatorio previsto en el artículo 184 del Código General del Proceso.
-. Y los demás documentos que señale la ley, siendo algunos de esos documentos los siguientes:
.- Facturas de venta.
.- Letras de cambio.
.- Pagarés.
.- Cheques.
.- Contratos de arrendamiento (ver artículo ¿El contrato de arrendamiento presta mérito ejecutivo?).
.- Contratos de compraventa.
.- Contratos de suministros.
.- Promesas de compraventa.
.- El artículo 828 del Estatuto Tributario, precisa los documentos que prestan mérito ejecutivo a favor de la administración tributaria.
.- El artículo 99 de la Ley 1437 de 2011, establece los documentos que prestan mérito ejecutivo a favor del estado.

Un determinado documento tendrá mérito ejecutivo no por la voluntad de quienes lo suscriben, sino por el hecho de reunir las características indicadas en la ley y que básicamente se reducen a que recoja una obligación clara, expresa y exigible.

PERSONAS QUE NO PAGARAN RENTA EN 2024

El tema de los impuestos nos preocupa a todos y para el próximo año de 2024 la declaración de renta viene con algunos cambios  que establece la nueva reforma tributaria, los cuales van a afectar la economía de quienes están obligados a pagar el impuesto de renta....

read more

IMPUESTO VOLUNTARIO

La Ley 2277 de 2022, Reforma Tributaria, creó un impuesto voluntario señalado en el artículo 244-1 del Estatuto Tributario, tema  del cual trataremos a continuación.   ¿Qué señala el artículo 244-1 del Estatuto Tributario sobre el impuesto voluntario?   El...

read more

IMPUESTO A PROFESIONES LIBERALES

En la reciente Reforma Tributaria del actual Gobierno se contemplaba un impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación para las personas naturales que tengan  profesiones liberales, pero la Corte Constitucional decidió “tumbar” las normas que lo regían....

read more

INJURIA Y CALUMNIA

El Derecho Penal tipifica los actos y hechos ilegales en contra de los bienes que se buscan resguardar, hoy trataremos sobre el delito de la injuria y  calumnia que, aunque muchos lo consideran “chismes” o “rumores”, pueden llegar a causar perjuicios en la integridad...

read more

CONTRIBUCION DE SOLIDARIDAD

Como hemos mencionado en ocasiones anteriores, existen términos o figuras jurídicas sobre las que no tenemos un concepto claro y la contribución de solidaridad es una de ellas, tema de nuestro presente artículo.   ¿Qué es la solidaridad?   “En sociología,...

read more

“CREO”, UN CREDITO CONTRA EL GOTA A GOTA

En artículo anterior de nuestro blog nos referimos al préstamo informal del Gota a Gota o “Paga Diario” facilitado por delincuentes a personas que no cuentan con los requisitos para acceder a un préstamo bancario llegando, en muchos casos, a poner en peligro la vida...

read more

LIMITES A LA COMPRA DE TIERRAS POR EXTRANJEROS

Recientemente, se presentó el proyecto 309 de 2023 con el cual se pretende hacer una reforma constitucional que ponga límites a la compra de  tierras por extranjeros, y a las multinacionales,  pues ya cuentan con 1,4 millones de hectáreas, “poniendo en riesgo la...

read more

VACACIONES COLECTIVAS

Nos encontramos en la temporada del año donde varias empresas mandan a vacaciones colectivas a sus trabajadores, usualmente, porque la producción disminuye o porque el sector económico donde se desenvuelve así lo determina como, por ej., los colegios y universidades....

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido