En publicaciones anteriores hemos desarrollado el procedimiento, los requisitos y el costo de una compraventa, sin embargo, en esta ocasión queremos aportar algo diferente como consejos, tips o recomendaciones para comprar vivienda. Con esta información usted se podrá evitar futuros dolores de cabeza por un mal negocio, ya que va a realizar el trámite con mayor confianza y tranquilidad.
Recomendaciones.
Antes de comprar la casa o el apartamento de sus sueños, primero debe prestar atención a las siguientes recomendaciones:
- Solicitar personalmente el Certificado de tradición y libertad, debe acudir personalmente a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos en donde esté registrada la matrícula inmobiliaria de la vivienda que desea comprar, así evitara que le den un certificado desactualizado o falsificado.
- Verificar las condiciones físicas de la vivienda, aún cuando esta recomendación es obvia, por favor no haga una visita rápida, por el contrario, debe hacer una inspección minuciosa de la casa o del apartamento.
- Comparar los precios de otras viviendas en venta, no dude en visitar otras casas o apartamentos de la misma zona y con iguales características, así podrá comparar el precio y las condiciones de las ofertas disponibles.
- Verificar posibles deudas en los servicios públicos o con la administración, asegúrese que el inmueble no tenga deudas en alguno de los servicios públicos o tenga una deuda millonaria en la administración del edificio o conjunto residencial. Para ello, debe solicitar el paz y salvo de los servicios públicos y el paz y salvo de administración (en viviendas con Régimen de Propiedad Horizontal), los cuales van a certificar que no existen deudas pendientes.
- Examinar las normas en la propiedad horizontal, consulte cómo están regulados los derechos y las obligaciones sobre los bienes de uso privado (apartamento o casa) y los bienes de uso común (parque y parqueadero), con el fin de determinar si esas normas de convivencia se adaptan a sus necesidades.
- Verificar que sobre la vivienda no recaiga ninguna limitación al dominio, es decir, que no se haya decretado ningún acto legal que limite el uso y la disposición de la propiedad, como por ejemplo: el usufructo, la afectación a vivienda familiar, el patrimonio de familia o un fideicomiso civil.
- Verificar si la vivienda se encuentra arrendada, si lo está debe exigir el contrato de arrendamiento para saber cuándo van a desocupar el inmueble. En caso de que no haya contrato, debe solicitar que el inmueble sea desocupado antes de firmar cualquier documento legal.
- Verificar que sobre la vivienda no recaiga ninguna medida cautelar contra la propiedad, se refiere a aquellas decisiones judiciales en contra del propietario para asegurar que no venda, done o ceda el inmueble sin antes pagar sus obligaciones pendientes. Esas medidas de aseguramiento son: el embargo de bienes, el secuestro de bienes o la demanda civil.
- Verificar que sobre la vivienda no recaiga ningún gravamen a la propiedad, es decir, aquellas cargas económicas (pagos) que se le imponen al inmueble y que su propietario debe cumplir, como por ejemplo: la hipoteca o la valorización.
- Firmar la promesa de compraventa, en un tema anterior le indicamos lo seguro y beneficioso que puede ser una promesa de compraventa, y aún cuando no es obligatoria, siempre se recomienda tener en cuenta esa opción.
- Pagar solamente con cheque de gerencia, y entregarlo al vendedor después de la firma de la escritura. De acuerdo al artículo 90 del Estatuto Tributario el precio de bienes raíces debe ser cancelado a través de entidades financieras (cheque de gerencia) para que el pago sea considerado como costo fiscal, lo que será un beneficio para usted si luego decide vender la propiedad ya que tendría que pagar menos impuestos. Además, andar con millones en efectivo siempre es un gran riesgo. Y para terminar,
- Registrar la escritura pública de compraventa lo antes posible, después de firmar debe registrar la escritura pública en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos en donde esté inscrita la matrícula inmobiliaria de la vivienda, así el documento tendrá plena validez legal. En caso de una doble venta quien registre primero tendrá ventaja sobre el segundo, ya que a éste le tocará iniciar un proceso judicial para que anulen ese registro.
Contenido relacionado.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA- PARTE II
Generalidades de la sociedad de responsabilidad limitada, segunda parte. De acuerdo con el Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales de Manuel Ossorio en su 1ª Edición Electrónica, la sociedad de responsabilidad limitada es: “Aquella de carácter...
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA- PARTE I.
Generalidades de la sociedad de responsabilidad limitada, primera parte. También conocida como sociedad limitada, es una sociedad de personas dónde todos los socios se conocen entre sí, y salvo algunas excepciones, éstos responderán por las obligaciones que adquiera...
¿ES PERMITIDO CAMBIAR DE APELLIDO EN COLOMBIA?
¿En Colombia, en qué casos es permitido el cambio de apellido? Sobre el cambio de nombre se ha escrito en reiteradas ocasiones, cómo por ejemplo en la publicación ¿Cómo cambiar de nombre?. Mientras que el cambio de apellido, a diferencia del cambio del nombre, no es...
QUE ES EXPÓSITO Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO
¿Qué es un expósito y cómo se realiza su inscripción en el registro civil de nacimiento? Son numerosos los casos de niños recién nacidos que sus padres abandonan en condiciones críticas, las causas que los induce a tomar esa decisión son diversas pero una de las más...
¿SU PAREJA NO QUIERE DECLARAR LA UNIÓN MARITAL DE HECHO?
¿Qué hacer si su pareja no quiere declarar la existencia de la unión marital de hecho? Hay que recordar que la unión marital de hecho se define como aquella unión formada entre un hombre y una mujer, que sin estar casados, hacen una comunidad de vida permanente y...
UNIÓN MARITAL DE HECHO EN LAS SUCESIONES.
¿Cómo se desarrolla la unión marital de hecho en las sucesiones? La unión libre, antes concubinato, encontró en la Ley 54 de 1990 no solo una nueva denominación y la adquisición de beneficios económicos, sino que se le considerara como una relación de pareja en donde...
LEY DE VIVIENDA 546 DE 1999- CRÉDITO HIPOTECARIO.
¿Conoce los beneficios de la Ley de Vivienda 546 de 1999 para reducción de créditos hipotecarios en tiempo y en intereses? Pocas personas conocen la Ley de Vivienda 546 de 1999 "Por la cual se dictan normas en materia de vivienda, se señalan los objetivos y criterios...
SOCIEDAD ANÓNIMA GENERALIDADES-PARTE II.
Generalidades de la sociedad anónima, segunda parte. Continuando con el tema: ¿Cuál es el procedimiento para constituir una sociedad anónima? Primero, le recomendamos la publicación “Consideraciones que se deben tener en cuenta antes de registrar una empresa”, el...
SOCIEDAD ANÓNIMA GENERALIDADES- PARTE I
Generalidades de las sociedades anónimas, primera parte. En escritos recientes mostramos las diferentes opciones que nos permiten desarrollar individualmente una empresa, ahora haremos lo propio con aquellas que le dan a dos o más personas la oportunidad de conformar...
GENERALIDADES EMPRESA UNIPERSONAL- PARTE II
Generalidades de la empresa unipersonal, segunda parte. Continuando con las generalidades, una persona jurídica también puede constituir una empresa unipersonal. Por lo tanto, ¿Qué requisitos debe cumplir una persona jurídica para conformar una empresa unipersonal?...


