Registro de una marca en Colombia.
El mercado colombiano abarca un gran número de empresas que desarrollan diferentes actividades, pero existen muchas cuyos productos o servicios son comunes al de otras empresas, bien sea en el sector manufacturero, de alimentos, de transporte, entre otros, generando así que el consumidor tenga un abanico de opciones, por lo tanto en los empresarios surge la inquietud de cómo hacer, primeramente, para que el consumidor se incline por su producto o servicio y segundo, que éste en ningún momento los confunda con los de la competencia. Para ello, se creó el registro de marca, la cual otorga a su titular el derecho exclusivo de utilizarla para identificar sus productos o servicios, por consiguiente, los consumidores identificarán y recordarán el producto que se les está ofreciendo y lo diferenciarán de otros.
Ahora bien, una marca es definida como cualquier signo que es apto para distinguir productos o servicios en el mercado (artículo 134 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina). Se pueden usar palabras, imágenes e incluso sonidos, siempre y cuando se diferencien de las otras marcas ya registradas o solicitadas.
Quienes se dedican a estudiar el comportamiento de los mercados y las necesidades de los consumidores, sostienen que éstos son más propensos a adquirir un producto o servicio del cual recuerdan la marca que de aquellos que no logran identificar. Las empresas saben que la marca es un medio para proyectar su imagen y reputación dentro del mercado, por eso buscan registrar palabras, imágenes o sonidos que representen en la mente de los consumidores una calidad que está por encima de la competencia.
Existen varios tipos de marcas, a saber:
.- Nominativas: consisten en la escritura de la expresión, frase o palabra que se utiliza para identificar el producto o servicio, sin ningún tipo de acompañamiento, caracterización ni tipo de letra.
.- Figurativas: consisten solo en la representación gráfica del signo sin incluir ningún tipo de expresiones, letras, palabras o frases.
.- Mixtas: son la unión de las dos anteriores. Contienen un elemento nominativo (letras, palabras, o frases) como uno figurativo (gráfica abstracta o una figura)
.- Tridimensionales: el signo representa un cuerpo que ocupa las tres dimensiones del espacio (alto, ancho y profundo) y que puede ser perceptible por el sentido de la vista o por el del tacto, es decir, que posee volumen porque ocupa por sí mismo un espacio determinado.
.- Sonoras: el signo consiste solo en el sonido correspondiente, que normalmente es expresado en notas musicales, pero puede ser representado de otra forma.
.- Olfativas: el signo consiste en el olor del producto o servicio.
.- De color: el signo consiste en un color delimitado por una forma o una combinación de colores.
Los beneficios que acarrea el registro de una marca, son los siguientes:
.- Permite a la empresa identificar su producto o servicio dentro del mercado, imposibilitando a terceros que comercialicen productos u ofrezcan servicios idénticos o similares que puedan confundir a los consumidores.
.- Ayuda a garantizar la calidad a los consumidores, por lo tanto construye confianza.
.- Puede ser objeto de licencias, generando así, ingresos adicionales que en ocasiones pueden llegar a sobrepasar los activos tangibles.
Antes de presentar la solicitud de registro de una marca, se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
.- Elegir la marca: debe ser cuidadosamente escogida para que tenga éxito en el mercado, por lo tanto debe ser atractiva para el consumidor.
.- Evitar coincidencias: se debe verificar si existen marcas registradas o solicitadas con anterioridad que sean iguales o parecidas.
.- Clasificar los productos o servicios que se pretenden comercializar: se recomienda acudir a la Clasificación de Niza establecida por el Arreglo de Niza (1957), ya que es una clasificación internacional de productos y servicios que se aplica para el registro de marcas.
.- Establecer los costos que genera el registro de una marca: es la Superintendencia de Industria y Comercio el ente encargado del registro de las marcas en el país, estableciendo anualmente, por medio de una resolución, los costos de los trámites necesarios con tasas que son únicas, es decir, que solo se tendrá que pagar una sola vez y es al momento de presentar la solicitud.
Una vez ejecutadas las recomendaciones anteriores, se debe presentar la siguiente documentación en la solicitud de registro:
.- Formulario diligenciado de la solicitud de registro de marca: el formulario contiene los espacios para incluir la información necesaria para otorgar fecha de radicación y otros que si bien no son completados no son necesarios para tal fin.
.- En caso de ser una marca figurativa, mixta o tridimensional, un arte de 8 cm x 8 cm.
.- Recibo de pago.
.- En caso de actuar por intermedio de apoderado, el poder en el que se haga referencia a una o más solicitudes debidamente identificadas, o a todas las solicitudes y/o registros existentes o futuros del poderdante, sin necesidad de presentación personal, autenticación o legalización.
.- En caso de ser microempresario y desee obtener el descuento por tal calidad, el formulario correspondiente debidamente diligenciado.
Ya por último, cabe destacar que cualquier persona natural o jurídica puede ser titular de una marca y la solicitud la podrá hacer de manera electrónica o en físico. El trámite de una solicitud de marca debe cumplir con una serie de requisitos formales de presentación, plazos para los distintos trámites, publicación en la gaceta oficial, pagos de tasas, etc., por ende, se recomienda que el solicitante conozca las normas legales vigentes en la materia, como la Decisión 486 de 2000 y el Título X de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, para así poder hacer un cuidadoso seguimiento del trámite y no incumplir con los plazos previstos.
La Superintendencia de Industria y Comercio en su página web, estable de forma detallada los pasos y requerimientos necesarios para poder registrar de manera efectiva una marca en el país.
SISBEN IV PENSION FAMILIAR
En un pronunciamiento fuerte y perentorio, la Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Trabajo que en un términos de dos (2) meses se expida la regulación para el reconocimiento de la pensión familiar para el Sisbén IV en el Régimen de Prima Media. ¿Qué es...
AFILIARSE AL SISBEN
Una de las preguntas más frecuentes que se hacen los ciudadanos colombianos acerca del Sisbén es qué debe hacer para afiliarse al Sisbén y ser merecedor de los beneficios que otorga el Estado. En primer lugar, es necesario decir que hubo un cambio en la metodología...
COMO SABER QUIEN ES DUEÑO DE UN INMUEBLE
Cada día salen a la luz pública nuevas herramientas que permiten agilizar procesos, con lo cual hace que la vida sea más llevadera y se optimiza el tiempo. Este es el caso de la Superintendencia de Notariado y Registro quien puso a disposición de los usuarios, a...
FOSYGA SISBEN
Aquellas personas que se encuentran dentro del régimen contributivo y subsidiado en salud se habrán preguntado alguna vez qué es, cuáles son los objetivos y alcances del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA -. Desconocido por muchos, es una cuenta adscrita al...
COMO SOLICITAR DUPLICADO DE LA CEDULA
El país avanza cada día más para estar a la vanguardia de la era digital. Atrás van quedando procesos manuales y físicos que implican, al mismo tiempo, desplazamientos innecesarios. Ahora, con el uso de la tecnología y la automatización se logra un mayor desempeño y...
ESCOGER EL ORDEN DE APELLIDOS
De ahora en adelante ya no es una obligación llevar como primer apellido la línea paterna, sino que se podrá escoger el orden de apellidos colocando el materno antes del paterno. La disposición está contemplada en la nueva ley que otorga a los padres la facultad de...
LEY DE INTERNET
La recién Ley de Internet 2108 de 2021, aprobada por el Congreso y sancionada por el Presidente Iván Duque, es un paso más hacia la conectividad del país y el acceso a internet es declarado como servicio público esencial y universal. ¿Qué quiere decir esto?...
TUTELA
A través de nuestros artículos sobre este tema hemos querido abarcar las principales características sobre este mecanismo que fue una de las más importantes contribuciones de la Constitución Política de 1991, cuya finalidad es la de amparar los derechos fundamentales...
LIQUIDAR LA SOCIEDAD CONYUGAL EN CEROS
CLICK AQUÍ PARA INICIAR SU TRAMITE. Pero, ¿cómo así liquidar la sociedad conyugal en ceros?, si no hay bienes, ¿para qué? Esta y otras preguntas sobre el tema rondarán la mente de quien considera irrelevante hacer esto, pero es necesaria en ciertos casos, tal como lo...
SISBEN INGRESO SOLIDARIO
A finales de agosto y comienzos del mes de septiembre de este año, se otorgará el subsidio del Programa Ingreso Solidario encaminado a favorecer a hogares en condición de pobreza, pobreza extrema y en condición de vulnerabilidad económica. Este subsidio por...


