Índice de contenido
- ¿Qué es la renta vitalicia inmobiliaria?
- ¿Quiénes intervienen en la renta vitalicia inmobiliaria?
- ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la renta vitalicia inmobiliaria?
- ¿Cuáles son las modalidades de renta vitalicia inmobiliaria?
- ¿Qué es la opción de retracto en la renta vitalicia inmobiliaria?
- ¿Consecuencias de la opción de retracto en la renta vitalicia inmobiliaria?
- Tenga en cuenta.
¿Qué es la renta vitalicia inmobiliaria?
Es un contrato de seguro que consiste en recibir una renta periódica de forma vitalicia a cambio del precio de una prima única, la cual está representada en la transferencia de la nuda propiedad de su vivienda. Es decir, es un acuerdo de voluntades (contrato de seguro) entre el propietario de una vivienda y una empresa aseguradora de vida donde el propietario va a recibir un monto de dinero constante y fijo (renta periódica) a cambio de transferir el dominio legal de su vivienda (nuda propiedad) a la empresa aseguradora, pero, con la posibilidad de seguir conservando para sí y sus beneficiarios el derecho de usar y disfrutar (usufructo) la casa o apartamento hasta el día de sus muertes (vitalicia).
¿Quiénes intervienen en la renta vitalicia inmobiliaria?
En la renta vitalicia inmobiliaria van a intervenir los siguientes sujetos:
- Tomador: es la persona o personas que son propietarios del bien inmueble cuya nuda propiedad van a transferir al asegurador a cambio de recibir una renta periódica.
- Beneficiario: es la persona o personas que aparecerán en el contrato de renta vitalicia inmobiliaria como favorecida del tomador.
- Asegurador: es la compañía aseguradora de vida que recibirá la nuda propiedad del bien inmueble a cambio de otorgar una renta periódica al tomador y beneficiario.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la renta vitalicia inmobiliaria?
Si usted está interesado en suscribir un contrato de renta vitalicia inmobiliaria, el principal requisito es:
- Acreditar la propiedad de un bien inmueble, es decir, probar mediante documentos legales que en efecto es el propietario.
Cabe acotar, el Decreto 1398 de 2020 no hace mención expresa sobre la destinación que debe tener el bien inmueble, pero sí hay ciertos señalamientos que hacen presumir que solo va dirigido a viviendas (salvo que se exprese lo contrario). De igual forma, debe saber que para acceder a la renta vitalicia inmobiliaria:
- No hay límite de edad.
- No importa si tiene ingresos fijos o no.
- No importa el estrato al cual pertenezca el bien inmueble.
- No hay distinción si la vivienda está bajo la figura de propiedad horizontal o no.
¿Cuáles son las modalidades de renta vitalicia inmobiliaria?
Quien esté interesado, tiene las siguientes opciones:
- Renta vitalicia inmobiliaria inmediata: se caracteriza en que el monto de dinero que se va a recibir es mensual y fijo hasta el día del fallecimiento del tomador o del último de sus beneficiarios.
- Renta temporal cierta con renta vitalicia inmobiliaria diferida: en esta opción el monto de dinero que se va a recibir se divide en dos periodos, en el primero se recibirá el dinero en cuotas previamente establecidas en el acuerdo, un mes después que se haya completado el pago de esas cuotas se empezará a recibir un monto fijo mensual hasta el fallecimiento del o los beneficiarios. Si el último de éstos fallece en el primer periodo, el asegurador deberá cancelar en un único pago el dinero restante de ese periodo.
En ambas modalidades, el asegurador tiene el deber de ofrecer al tomador o tomadores la posibilidad de pactar una opción de retracto.
¿Qué es la opción de retracto en la renta vitalicia inmobiliaria?
Es una posibilidad que el asegurador debe ofrecer al tomador para deshacer el contrato de renta vitalicia inmobiliaria. Pero, esa opción debe ser acordada al momento de suscribir el contrato porque de lo contrario no podrá ser utilizada, ya que la regla general es que los contratos de renta vitalicia inmobiliaria son irrevocables.
¿Consecuencias de la opción de retracto en la renta vitalicia inmobiliaria?
El tomador que haga uso de la opción de retracto, deberá asumir las siguientes obligaciones:
- Pagar al asegurador todas las rentas que ha recibido, teniendo en cuenta el valor futuro en base a las tasas actuales que fueron acordados en el contrato.
- Pagar al asegurador todos los gastos, impuestos y contribuciones que haya asumido en calidad de titular de la nuda propiedad del inmueble, los cuales deben estar ajustados anualmente a valor futuro con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE); y
- Pagar la totalidad de los gastos de notariado y registro asociados a la transferencia de la nuda propiedad.
Cabe acotar, el valor de las tasas acordadas para los reajustes del valor futuro nunca podrá superar la tasa máxima de interés para financiación de vivienda del Banco de la República.
Tenga en cuenta.
- Si en vez de uno son varios los tomadores, éstos podrán pactar el porcentaje de las rentas que corresponderá a cada uno sus beneficiarios. En caso de que las partes no establezcan este porcentaje, se entenderá que a cada tomador le corresponderá determinar el porcentaje equivalente a la cuota parte que tenía sobre el bien inmueble que fue transferido.
- La compañía aseguradora de vida podrá acordar con el tomador la prestación de un servicio adicional, como por ejemplo un seguro funerario.
CANCELACION DE AFECTACION A VIVIENDA FAMILIAR
La afectación a vivienda familiar es un instrumento jurídico utilizado por matrimonios o uniones maritales de hecho para proteger sus hogares de cualquier medida legal que atente contra su uso y disfrute. Esos hogares gozarán del beneficio de no ser embargados (salvo...
INCONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO LEGISLATIVO 797 DE 2020
La Sala Plena de la Corte Constitucional en el ejercicio de sus funciones, revisó la constitucionalidad del Decreto Legislativo 797 del 4 de junio de 2020 (que permitía la terminación unilateral y anticipada de los contratos de arrendamiento comercial), es decir,...
TIPOS DE SOCIEDAD EN COMANDITA
TIPOS DE SOCIEDAD EN COMANDITA Recordemos que existen dos tipos de sociedad en comandita, en la publicación anterior se plasmaron algunas similitudes, aquí estableceremos otras particularidades que igualan o diferencian a una sociedad de la otra, desarrolladas con...
CARACTERÍSTICAS DE LOS SOCIOS DE UNA SOCIEDAD COLECTIVA
CARACTERÍSTICAS DE LOS SOCIOS DE UNA SOCIEDAD COLECTIVA Los socios son el pilar de una sociedad comercial, son quienes la crean y procuran su buen funcionamiento, por tal razón es fundamental conocer sus características. En el caso de la sociedad colectiva existe la...
SOCIEDAD EN COMANDITA
SOCIEDAD EN COMANDITA La sociedad en comandita tiene su origen en los contratos de “commenda”, que eran un acuerdo de voluntades creado en la Edad Media donde un capitalista (commendator), le encomendada a un negociante (tractator), mercancías para la venta o dinero...
DECLARATORIA DE POSESION REGULAR
Son muchos los colombianos que por circunstancias extraordinarias se exponen a ser desalojados en cualquier momento ya que viven en un predio o inmueble que no les pertenece, pero las leyes les permiten que, después de algún tiempo y cumpliendo ciertos requisitos,...
SOCIEDAD COLECTIVA
SOCIEDAD COLECTIVA Si usted y un familiar o un amigo desean crear una empresa pero les da temor que cualquier persona pueda conformarla, bien sea por desconfianza o por querer mantener el control de las decisiones dentro de su núcleo de confianza, tienen a su...
DECLARACIÓN DE PERTENENCIA
DECLARACIÓN DE PERTENENCIA Quien ocupa desde hace tiempo una vivienda que no le pertenece pero se comporta como si lo fuera y no la habita en condición de arrendatario pero si de poseedor, puede obtener el título de propiedad gracias a la declaración de pertenencia ya...
HIPOTECA INVERSA
HIPOTECA INVERSA. Después de un año de ser decretadas las condiciones de operación de la renta vitalicia inmobiliaria por parte del Gobierno nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual consiste en otorgar un pago mensual al propietario de...
TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO COMERCIAL SIN PENALIZACION
TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO COMERCIAL SIN PENALIZACION. Los comerciantes inhabilitados para abrir sus establecimientos durante la cuarentena, ante la grave situación económica, solicitaron autorización para terminar unilateralmente el contrato...


