El trabajo doméstico remunerado cuenta desde agosto de 2026 con una reglamentación específica que busca avanzar en su formalización y garantizar una protección laboral integral para las personas que realizan labores de aseo, cocina, lavado, planchado, cuidado y demás actividades propias del hogar.
¿Cuál es la disposición que impone nuevas reglas para el trabajo doméstico?
El Decreto 0993 de 2026, expedido por el Ministerio del Trabajo, adiciona un nuevo capítulo al Decreto 1072 de 2015 y desarrolla las disposiciones de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral) sobre trabajo doméstico. Esta nueva norma establece obligaciones para los empleadores en materia de contratación, seguridad social, jornada laboral, seguridad y salud en el trabajo, prevención de violencias y acoso, libertad sindical e inspección laboral.
¿A quiénes se aplica?
La regulación se aplica a las relaciones laborales en las que una persona natural presta servicios domésticos remunerados en uno o varios hogares del territorio nacional, lo cual significa que las obligaciones no se limitan a quienes trabajan tiempo completo o viven en la casa del empleador. También comprende a quienes trabajan por días o tiempo parcial y a quienes tienen varios empleadores.
¿Cuáles son las nuevas reglas para el trabajo doméstico?
- Contrato de trabajo escrito: Uno de los principales cambios es la obligación de formalizar por escrito la relación laboral.
El contrato debe contener, como mínimo:
- Identificación del empleador y de la persona trabajadora.
- Lugar donde se prestará el servicio.
- Actividades que serán desarrolladas.
- Jornada u horario de trabajo.
- Salario.
- Duración del vínculo laboral.
- Registro y pago de la seguridad social: Los empleadores deben registrar a sus trabajadoras domésticas al Sistema de Seguridad Social Integral y efectuar los aportes correspondientes mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
- Salario y pago en especie: El salario no puede ser menor al salario mínimo legal mensual vigente, o a la proporción correspondiente cuando se trate de trabajo por tiempo parcial.
El salario en especie (suministro de alimentación, alojamiento u otros beneficios en especie) no puede superar el 30 % del salario mínimo legal mensual vigente.
- Jornada laboral: Las trabajadoras domésticas están sometidas a la jornada máxima legal prevista en el Código Sustantivo del Trabajo.
- Horas extras y recargos: El empleador debe llevar un registro del tiempo efectivamente trabajado, especialmente cuando existan horas extras o trabajo nocturno, dominical o festivo.
- Prestaciones sociales y vacaciones: El trabajador doméstico tiene derecho a las prestaciones sociales reconocidas por la legislación laboral.
- Seguridad y salud en el trabajo: El Decreto 0993 de 2026 incorpora expresamente el trabajo doméstico dentro de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
Esto implica que deben identificarse y prevenirse los riesgos propios de las labores realizadas en el hogar, incluidos los riesgos físicos, químicos, ergonómicos y psicosociales.
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- Prevención de la violencia y el acoso: La nueva regulación también incorpora medidas para prevenir y atender situaciones de violencia y acoso en el trabajo doméstico.
- Libertad sindical y diálogo social: El Decreto 0993 de 2026 reconoce y desarrolla derechos relacionados con la libertad sindical, asociación y negociación colectiva de las personas trabajadoras domésticas.
- Inspección laboral en los hogares: Uno de los aspectos jurídicamente más delicados de la regulación es la posibilidad de realizar actuaciones de inspección laboral en los lugares donde se desarrolla el trabajo doméstico.
Para concluir, el Decreto 0993 de 2026 representa un desarrollo importante de la reforma laboral colombiana para los trabajadores, pues la regulación fortalece la protección de sus derechos y busca reducir la informalidad. Para los empleadores, implica la necesidad de revisar y formalizar sus relaciones laborales, cumplir con las obligaciones de seguridad social, respetar la jornada máxima y adoptar medidas de prevención de riesgos y de violencia en el trabajo.
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