¿Cuál es el régimen disciplinario para los servidores públicos en Colombia?
Para comenzar este artículo, es necesario aclarar quiénes son los servidores públicos y, para ello, nuestra Constitución Política hace la definición taxativa en su art. 123 señalando que son aquellas personas que forman parte de” las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios”, clasificándolos en miembros de corporaciones públicas, empleados y trabajadores del Estado que son de carrera y nombrados por concurso público.
Hay personas particulares que prestan servicios públicos, pero no forman parte de los servidores públicos enunciados anteriormente, como es el caso de los notarios pues las notarías, como empresas no están comprendidas dentro lo que es la estructura administrativa del Estado; no obstante que la Constitución Política en su art. 131, por expreso mandato, determina que son de creación legal, siendo el Gobierno quien tiene la facultad para crear, eliminar y fusionar los círculos de notariado y registro, así como determinar el número de notarías y oficinas de registro.
En muchas ocasiones, cuando nos hemos sentido molestos con algún servidor público que no ha logrado dar respuesta a nuestras inquietudes o asistirnos para resolver un problema que se le ha planteado, bien porque no se ha tomado el trabajo de dar una solución, o porque su displicencia ha sido el resultado a nuestras preguntas, donde lo que se nos origina es una sensación de impotencia ante la que nos preguntamos ¿cómo podemos y ante quién de esta falta de atención?”
Para esta situación y otras mucho más graves existe un régimen disciplinario para cada entidad (Banco de la República, Policía Nacional, Ministerio de educación, sistema judicial, etc.), conformado por normas donde se especifican las conductas a seguir por los servidores públicos de las distintas entidades, las prohibiciones, las infracciones que pueden cometer con un comportamiento inadecuado; asimismo, se describen las sanciones, sus agravantes y sus atenuantes de acuerdo con la magnitud del comportamiento, en cabeza de qué funcionario se tramitará el proceso disciplinario, entre otras; todo esto para que el Estado asegure la eficiencia en la prestación de los servicios que le corresponden.
Con la Ley 1952 de 2019 se expide el código general disciplinario y se derogan otras leyes vinculadas con el derecho disciplinario. En este se establece que la Procuraduría General de la Nación es el ente encargado del “ejercicio del poder disciplinario preferente”, sin desconocer que es el Estado el titular de la potestad disciplinaria.
El Derecho Disciplinario es el encargado de este tema, forma parte del Derecho Administrativo, está constituido por un conjunto de normas sustanciales y de procedimiento, por las cuales el Estado ejerce su poder sancionatorio y el encargado de asegurar que los servidores públicos se comporten dentro del cumplimiento efectivo de sus funciones con obediencia, legalidad, transparencia, ética, moral, eficiencia y eficacia para el buen funcionamiento de sus actividades.
¿Qué rol tiene la Procuraduría General de la Nación en lo referente al régimen disciplinario? La Procuraduría tiene la competencia superior, general y preferente para la vigilancia de los servidores públicos como órgano de control preexistente, pero como no hace parte de la estructura judicial se ve restringida por el control de legalidad que la jurisdicción de lo contencioso administrativo realiza a sus decisiones.
En posteriores artículos describiremos la forma en que se aplica el régimen disciplinario a los servidores públicos.
COLACION HEREDITARIA
La colación hereditaria es un tema complejo del derecho sucesoral que busca que ciertos herederos incorporen a la masa sucesoral los bienes, dineros o ventajas económicas que recibieron en vida del causante, tema de nuestro artículo a continuación ¿Qué...
ACCIONES SUCESORALES
Las acciones sucesorales son herramientas jurídicas con las que cuentan los herederos, cónyuge, legatarios o compañeros permanentes y terceros interesados para reclamar, discutir, proteger o hacer valer sus derechos sucesorios. ¿Qué es una acción? Una acción es...
EL TESTAFERRATO
El testaferrato en Colombia, desafortunadamente impulsado por el narcotráfico y otras actividades ilícitas que han afectado al país durante décadas, se ha convertido en una práctica recurrente mediante la cual los delincuentes buscan ocultar bienes adquiridos con...
CONVIVENCIA NO ES REQUISITO PARA LA UNION MARITAL DE HECHO
Recientemente, la Corte Suprema de Justicia modifica reglas y reconoce que cierta convivencia no es requisito para la Unión Marital de Hecho (UMH), reconociendo un vínculo legal entre personas que no comparten vivienda, tema que trataremos a continuación. ¿Qué...
ACCION OBLICUA O SUBROGATORIA
Poco se escucha hablar de la acción oblicua o subrogatoria; sin embargo, se trata de una figura jurídica de gran importancia dentro del derecho de obligaciones y de los mecanismos de protección del crédito. Por ello, en nuestro artículo de hoy explicaremos en qué...
PENSIONADOS PODRAN SER INDEMNIZADOS POR FONDOS PRIVADOS
Recientemente, la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Laboral estableció parámetros claros para que los pensionados puedan ser indemnizados por los fondos privados de pensiones (AFP), en virtud de la mala asesoría que éstos les brindaron, tema del que...
PRINCIPIO DE CONDICION MAS BENEFICIOSA
El principio de la condición más beneficiosa es de garantía constitucional y fue creado para proteger las expectativas legítimas de los trabajadores ante los cambios normativos, especialmente en temas de seguridad social. ¿Qué es el principio de la condición...
ACCION DE SIMULACION
Hemos señalado que la simulación es usada para “encubrir” negocios diferentes como, por ej., el fideicomiso civil del cual hablamos en anterior artículo, pero la acción de simulación tiene un tiempo limitado para ser ejercitada, según las reglas de la prescripción...
PRESCRIPCION DE LA ACCION DE SIMULACION
Hemos señalado que la simulación es usada para “encubrir” negocios diferentes como, por ej., el fideicomiso civil del cual hablamos en anterior artículo, pero la acción de simulación tiene un tiempo limitado para ser ejercitada, según las reglas de la prescripción...
SIMULACION DE FIDEICOMISO CIVIL
La simulación de fideicomiso civil es una figura jurídicamente compleja en la cual las partes “aparentan” realizar un negocio fiduciario válido, cuando lo que se pretende, realmente, es un objetivo diferente, usualmente encaminado a sustraer bienes del patrimonio del...


