¿Qué es el testamento abierto?
Se da cuando el testador, es decir, quien realiza el testamento, hace de conocimiento público el contenido del testamento frente al Notario y los testigos.
Requisitos para tramitar un testamento abierto.
- Como requisitos fundamentales, el testador debe informar:
- Sus datos personales.
- Si se encuentra casado o en unión marital de hecho.
- Si tiene hijos dentro del matrimonio, de la unión marital de hecho o fuera de ellas.
- Si sus padres aún están vivos.
- Sobre el inventario total de sus bienes muebles e inmuebles.
- Su voluntad expresa de realizar el trámite.
- Y cualquier otra información que le sea solicitada por el Notario.
- Además del testador y el Notario, se requiere de la presencia de tres testigos para realizar el acto los cuales deben ser capaces para esa labor.
- Documentos de identificación del testador y de los tres testigos.
- Presentar, preferiblemente, un borrador del testamento donde se evidencien las disposiciones. El Notario constatará que las disposiciones y voluntades del testador respetan lo establecido en las leyes.
- Queda a criterio del Notario, solicitar al testador un certificado médico de lucidez y aptitud mental que demuestre su plena capacidad para realizar el acto.
Procedimiento para tramitar un testamento abierto.
Ya con los requisitos en mano:
- El testador deberá acudir a la Notaría de su preferencia para tramitar su testamento abierto.
- Los tres testigos también harán acto de presencia y estos no podrán tener vínculos familiares entre sí ni tampoco con el testador o con el Notario.
- Los testigos no podrán tener ningún tipo de relación de dependencia con el testador o con el Notario.
- El Notario leerá por única vez y en voz alta todo el contenido del testamento en presencia y a la vista de todas las partes intervinientes.
- El acto se termina con la firma del testador, de los tres testigos y del Notario en el respectivo registro.
- Si el testador se encuentra imposibilitado para firmar, éste podrá solicitar que otra persona firme en su representación pero él deberá colocar su huella dactilar en el documento. Si es uno de los testigos el que no puede firmar, igualmente se solicitará que otra persona lo haga en su representación. En este trámite, siempre se dejará constancia de esas incidencias y de cualquier otra que ocurra.
Casos especiales.
- Cuando el testador sea ciego, sólo procederá el testamento abierto el cual debe ser leído dos veces y en voz alta, la primera por el Notario y la segunda por uno de los testigos que elija el testador. En la escritura pública se dejará constancia de todo el proceso.
- Si el testador no pudiera entender o ser entendido al hablar, no podrá realizar testamento abierto.
- Si el testador es analfabeto, se encuentra obligado a realizar su testamento de forma abierta.
Datos de interés.
- Abogado: no es necesario para tramitar el testamento porque se trata de un derecho que es personal e intransferible, es decir, no se puede realizar un testamento a través de un apoderado, aunque siempre es prudente contar con la asesoría de un abogado especializado en la materia. Por su parte, el Notario podrá orientar al testador en base al borrador que éste le presente, pero, con el único propósito de evidenciar que no se esté lesionando alguno de los derechos que protege la ley para este tipo de actos.
- Duración del trámite: dependerá de las condiciones de cada caso y de la disponibilidad de las partes intervinientes.
- Costo del trámite: genera costos que debe consultar en las tarifas notariales vigentes.
Tenga en cuenta.
- De los tres testigos, al menos dos de ellos deben tener su domicilio en la misma circunscripción de la Notaría. Y al menos uno de los tres debe saber leer y escribir.
- Como el contenido del testamento queda plasmado en la escritura pública, cualquier interesado podrá acudir a la Notaría y solicitar una copia de dicha escritura.
- Al ser público el testamento, se podrá apreciar la forma en que se distribuyen los bienes y además se podrá constatar las demás voluntades que dispuso el testador.
- El testamento siempre debe respetar las asignaciones forzosas, es decir, aquellas deducciones que por ley se le deben hacer al patrimonio que se pretender suceder. En caso de que el testador no las haga, se efectuarán sin importar lo que se haya establecido en el testamento.
- Las asignaciones forzosas son: los alimentos que se deben por ley a ciertas personas, las legítimas y la porción conyugal a la que tiene derecho la esposa, el esposo, la compañera permanente o el compañero permanente que le sobreviva a la persona que hizo el testamento. Anteriormente, dentro de las asignaciones forzosas también se incluía la cuarta de mejoras pero eso cambió por disposición del artículo 2 de la Ley 1934 de 2018. Si quiere ampliar la información sobre este tema lo invitamos a consultar nuestra publicación “¿Qué es la cuarta de mejoras y de libre disposición?”.
Contenido relacionado.
SUBSIDIO FAMILIAR 2026
Todos sabemos que al iniciar un nuevo año se presentan incrementos en distintos bienes y servicios, pero, también, en auxilios que las cajas de compensación adjudican a los trabajadores que reúnen ciertos requisitos y el subsidio familiar 2026 es uno de ellos, tema de...
SUSPENSION O CANCELACION DE LA LICENCIA DE CONDUCCION
La licencia de conducción es un documento muy importante para quienes conducen un vehículo, bien para trabajar o para la movilización de su familia en distintas actividades, pero si incurren en faltas de tránsito puede enfrentarse a la suspensión o cancelación de la...
REAJUSTE PENSIONAL POR MAS SEMANAS COTIZADAS
Muchos afiliados al fondo de pensiones público (COLPENSIONES) tienen la inquietud de qué sucede cuando cotizan de más, por eso, para responderles, en nuestro artículo de hoy trataremos sobre el reajuste pensional por más semanas cotizadas. ¿Cuántas semanas se...
DICTAMEN PERICIAL
El dictamen pericial es una herramienta esencial para aclarar los hechos de una investigación, es una prueba esencial en los procesos judiciales y extrajudiciales que posibilita que el juez evalúe circunstancias delicadas como un homicidio, un accidente, etc. ...
INCIDENTE DE DESACATO
La figura incidente de desacato se ha vuelto muy popular porque los funcionarios, cuando no cumplen con las órdenes judiciales como los fallos de Tutela, los exponen a ser sancionados severamente con arresto y multas, por lo que este incidente es una herramienta de...
EMBARGO POR NO PAGAR EL IMPUESTO PREDIAL
Al comenzar un nuevo año comienzan los aumentos y cobros de diferentes productos y servicios, uno de los que más aqueja el bolsillo de los ciudadanos es el pago del impuesto predial, el cual, por no realizar el pago, puede acarrear el embargo de sus bienes, por lo...
PROCEDIMIENTO PARA NEGOCIACION DE DEUDAS
Como hemos comentado en anteriores ocasiones, muchas personas se endeudan para poder adquirir ciertos bienes y servicios y, por distintas razones, dejan de cumplir con la deuda u obligación; hoy les diremos cuál es el procedimiento para negociación de deudas en...
AUMENTO DEL ARRIENDO EN 2026
Uno de los aspectos económicos en la vida de las personas que viven en arriendo y que más les preocupan con el aumento de los precios de bienes y servicios, al comenzar cada año, es el aumento del arriendo en 2026, tema del cual trataremos a continuación. ...
EMERGENCIA ECONOMICA Y SOCIAL
Una polémica emergencia económica y social fue decretada por el actual Gobierno Nacional mediante el Decreto 1390 de 2025, con el argumento de que la crisis fiscal es de tal magnitud que se requiere este estado de excepción para solucionar, pero sin pasar por el...
ENTIDADES QUE PUEDEN EMBARGAR
La situación económica de muchas personas es difícil y se endeudan para poder solucionar los aspectos más apremiantes, bien de educación, salud, vivienda, etc., arriesgándose a ver disminuidos sus ingresos por culpa de un embargo de los acreedores, por ello, en...


