Acreencias no relacionadas en el proceso de reorganización.
El artículo 25 de la Ley 1116 de 2006, señala que el deudor en proceso de reorganización tiene el deber de relacionar todas las deudas que tenga pendiente por medio de un proyecto de calificación y graduación de créditos y derechos de voto, precisando quiénes son los acreedores titulares entre otros aspectos necesarios. Sin embargo, en ocasiones ciertas acreencias no son relacionadas por el deudor o promotor.
¿Qué pasa con aquellas acreencias que no fueron relacionadas?
Cuando esto ocurre, según el primer aparte del artículo 26 de la Ley 1116 de 2006, si los acreedores no formulan oportunamente las objeciones que prevé la ley para estos casos, dichas deudas sólo podrán cobrarse mediante la persecución de aquellos bienes del deudor que queden una vez cumplido el acuerdo de reorganización o cuando éste sea incumplido, salvo que sean expresamente admitidos por los demás acreedores en el acuerdo.
Aunado a ello, el referido artículo también prevé:
“…las acreencias que, a sabiendas, no hubieren sido relacionadas en el proyecto de reconocimiento y graduación de créditos y que no estuvieren registradas en la contabilidad, darán derecho al acreedor de perseguir solidariamente, en cualquier momento, a los administradores, contadores públicos y revisores fiscales, por los daños que le ocasionen, sin perjuicio de las acciones penales a que haya lugar”.
Hace mención al derecho que tiene un acreedor cuya acreencia no fue tomada en cuenta maliciosamente.
¿Qué puede objetar el acreedor?
Toda la documentación presentada por el deudor o promotor podrá ser replicada por los acreedores, la prueba documental será la única admisible para el trámite, la cual deberá aportarse con el escrito de objeciones o con el de respuesta a las mismas.
Las objeciones que no sean conciliadas serán decididas por el juez en audiencia, se reconocerán los créditos, asignará los derechos de voto y fijará plazo para la celebración del acuerdo de reorganización, es de acotar que, contra esa providencia sólo procederá el recurso de reposición que deberá presentarse en la misma audiencia, la cual en ningún caso podrá ser suspendida.
Ahora bien, si no se presentan objeciones, el juez del concurso reconocerá los créditos, establecerá los derechos de voto y fijará el plazo para la presentación del acuerdo por providencia, pero a diferencia de la otra decisión, ésta no tendrá recurso alguno.
¿Cómo proceder si se tienen créditos litigiosos y/o acreencias condicionales?
Cómo complemento a lo ya planteado, tenemos el Oficio 220-152262 emitido por la Superintendencia de Sociedades en fecha 3 de octubre de 2018, allí se plantea una solución con respecto a los créditos litigiosos y las acreencias condicionales previstas en el artículo 25 de la Ley 1116 de 2006:
“Una vez hecho el reconocimiento de este tipo de acreencias dentro de la calificación y graduación de créditos, quedarán sujetas a los términos previstos en el acuerdo, en condiciones iguales a los de su misma clase y prelación legal y en el entretanto, el deudor constituirá una provisión contable para atender su pago”.
De acuerdo a este mismo Oficio, a los acreedores de los créditos litigiosos y las acreencias condicionales que no sean relacionadas como lo prevé el artículo 26 antes mencionado, les corresponde acatar lo siguiente:
“…los acreedores con créditos litigiosos y las acreencias condicionales, que no hayan ejercido sus cargas procesales a la luz del mandato referido, no podrán acogerse a la prerrogativa de pago señalada; tan solo podrán hacer efectivos sus créditos persiguiendo los bienes del deudor que queden una vez cumplido el acuerdo celebrado o cuando sea incumplido este, salvo que sean expresamente admitidos por los demás acreedores en el acuerdo de reorganización”.
En resumen, si sus acreencias no fueron tomadas en cuenta y no hace el deber de objetar oportunamente los proyectos ya mencionados, o no logra convencer a los demás acreedores de que las acepten en el acuerdo, sólo podrá echar mano de los bienes que sobren una vez se cumpla el acuerdo o cuando sea incumplido este.
¿Se puede ejecutar la venta de una sociedad que se encuentra en proceso de reorganización?
¿Se puede ejecutar la venta de una sociedad que se encuentra en proceso de reorganización? El artículo 81 de la Ley 1116 de 2006, prevé la venta de la empresa: “Cuando en el acuerdo de reorganización, en la adjudicación o en la liquidación judicial se pacte la venta...
Proyectos que deben ser presentados en el proceso de reorganización
¿En qué consisten los proyectos que deben ser presentados en el proceso de reorganización? Tanto el proyecto de calificación y graduación de acreencias del deudor, como, el proyecto de determinación de los derechos de voto correspondientes a cada acreedor, son...
Los proveedores de una empresa en proceso de reorganización.
Los proveedores de una empresa en proceso de reorganización. La Ley 1116 de 2006 al inicio no aportaba suficiente información sobre los proveedores, por lo tanto, cualquier duda relacionada con sus derechos, frente a una empresa en proceso de reorganización, tenía que...
¿Reorganización de una empresa es causal de terminación de contratos?
¿El inicio de reorganización de una empresa es causal de terminación de los contratos? Sobre la reorganización de una empresa ya se expuso en el artículo “¿Cuál es el trámite para el proceso de reorganización de una empresa?”, se recordará que la finalidad que...
¿Es posible la venta de bienes en un proceso de reorganización?
¿Es posible la venta de bienes en un proceso de reorganización? De acuerdo al artículo 17 de la Ley 1116 de 2006, no podrán efectuarse enajenaciones de bienes que no correspondan al giro ordinario de los negocios del deudor salvo que exista autorización previa,...
¿Qué ocurre si en la escritura pública de fusión se omite la inclusión de un bien inmueble?
¿Qué ocurre si en la escritura pública de fusión se omite la inclusión de un bien inmueble? En anterior ocasión se desarrolló el tema de la fusión de sociedades en Colombia, en ese momento se desgloso los requerimientos necesarios para la protocolización del acuerdo...
¿Cuál es el Proceso para que una sociedad en liquidación pueda reactivarse?
¿Cuál es el Procedimiento para que una sociedad en liquidación pueda reactivarse? Si la asamblea general de accionistas, la junta de socios, el accionista único o la sociedad extranjera titular de sucursal en el país, declarada la disolución de la sociedad a la que...
¿Cuál es el trámite para el proceso de reorganización de una empresa?
¿Cuál es el trámite para el proceso de reorganización de una empresa? El proceso de reorganización de una sociedad comercial se encuentra estipulado en la Ley 1116 de 2006, donde se consagra el régimen judicial de insolvencia el cual, según el artículo 1 de la...
Establecer un comercio dentro de un conjunto de uso residencial
¿Establecer un comercio dentro de un conjunto de uso residencial lo convierte en mixto? Es sumamente común que el propietario de un apartamento o casa en conjunto cerrado decida establecer en su propiedad una oficina o local comercial para obtener beneficios propios,...
Afiliación de trabajadores en misión al sindicato de industria de la empresa usuaria
El Consejo de Estado avaló la afiliación de trabajadores en misión al sindicato de industria de la empresa usuaria. El Consejo de Estado a través del fallo 11001-03-25-000-2014-00716-00 (2229-2014), emitido en fecha 08/08/2019 por la Sala de lo Contencioso...


