Este es uno de los temas más álgidos en lo atinente a pensiones en Colombia, no sólo por todo el “viacrucis” que sufre la mayoría de los afiliados que intentan acceder a ella, sino por el lleno de los requisitos que la Ley exige para obtenerla.
Dependiendo del tipo de régimen al que la persona se haya afiliado, varían los requisitos de uno y otro, precisando que el trámite para solicitar la pensión de vejez es de carácter gratuito, no se requiere el servicio de un abogado y, en caso que la solicitud sea rechazada puede acudirse a la vía jurisdiccional, para que un Juez de la República sea quien determine el cumplimiento de tales requisitos (edad y semanas de cotización para Colpensiones y capital en los fondos privados).
Los regímenes de pensión son los siguientes:
- COLPENSIONES: Para tener derecho a pensión por parte de esta Administradora es esencial tener el número de semanas mínimas exigidas que para el presente año es de 1.300, simultáneamente al cumplimiento de la edad señalada para las mujeres (57 años) y para los hombres (62 años).
- FONDO PRIVADO DE PENSIONES: Exige un capital de dinero acumulado que cubra una pensión de, por lo menos, el 110% de un salario mínimo mensual legal vigente (a la fecha en que se haya expedido la Ley 100 de 1993). Sin embargo, si es mujer y cuenta con 57 años, o si es hombre y tiene 62 años, sin que su capital reunido sea el óptimo para una pensión con un mayor valor, pueden optar por una pensión que le garantice una mesada equivalente al valor del salario mínimo, siempre que haya cotizado 1.150 semanas, que es lo que se denomina Pensión por Vejez Anticipada.
Para computar el monto de la pensión se valoran los rendimientos generados por la AFP y el valor del bono pensional, cuando sea del caso. El procedimiento a seguir:
- Presentar la solicitud de pensión a Colpensiones o al fondo privado de pensiones, junto con todos los documentos exigidos para ello.
- La entidad que corresponda a su afiliación radicará los documentos para, posteriormente, ser analizados individual y grupalmente conduciendo a una decisión donde se expresará el valor de la mesada, derecho a retroactivo si es el caso.
¿Qué pasa si me niegan la pensión de vejez?
Lo primero que debe hacer el afiliado es agotar la vía gubernativa de Colpensiones o del Fondo Privado, según corresponda, realizando todas las solicitudes por medio de derechos de petición, recurso de reposición y en subsidio de apelación, requiriendo a la entidad de pensión la corrección de la historia laboral, si es procedente, por los aportes faltantes total o parcialmente que por negligencia o mala fe del empleador no hayan sido computados, siempre que suministre los documentos y la información respectiva para la demostración de tal hecho.
Una vez culminada esta etapa se acude a la vía jurisdiccional, presentando demanda por medio de abogado, cuando no fue posible el reconocimiento de la pensión, o cuando no se reliquidó teniendo en cuenta los nuevos factores para tal fin.
Como última opción, si no hay lugar a la pensión, el afiliado puede solicitar la indemnización sustitutiva de vejez en Colpensiones, o la devolución de los saldos en los Fondos Privados.
¿ES PERMITIDO CAMBIAR DE APELLIDO EN COLOMBIA?
¿En Colombia, en qué casos es permitido el cambio de apellido? Sobre el cambio de nombre se ha escrito en reiteradas ocasiones, cómo por ejemplo en la publicación ¿Cómo cambiar de nombre?. Mientras que el cambio de apellido, a diferencia del cambio del nombre, no es...
QUE ES EXPÓSITO Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO
¿Qué es un expósito y cómo se realiza su inscripción en el registro civil de nacimiento? Son numerosos los casos de niños recién nacidos que sus padres abandonan en condiciones críticas, las causas que los induce a tomar esa decisión son diversas pero una de las más...
¿SU PAREJA NO QUIERE DECLARAR LA UNIÓN MARITAL DE HECHO?
¿Qué hacer si su pareja no quiere declarar la existencia de la unión marital de hecho? Hay que recordar que la unión marital de hecho se define como aquella unión formada entre un hombre y una mujer, que sin estar casados, hacen una comunidad de vida permanente y...
UNIÓN MARITAL DE HECHO EN LAS SUCESIONES.
¿Cómo se desarrolla la unión marital de hecho en las sucesiones? La unión libre, antes concubinato, encontró en la Ley 54 de 1990 no solo una nueva denominación y la adquisición de beneficios económicos, sino que se le considerara como una relación de pareja en donde...
LEY DE VIVIENDA 546 DE 1999- CRÉDITO HIPOTECARIO.
¿Conoce los beneficios de la Ley de Vivienda 546 de 1999 para reducción de créditos hipotecarios en tiempo y en intereses? Pocas personas conocen la Ley de Vivienda 546 de 1999 "Por la cual se dictan normas en materia de vivienda, se señalan los objetivos y criterios...
SOCIEDAD ANÓNIMA GENERALIDADES-PARTE II.
Generalidades de la sociedad anónima, segunda parte. Continuando con el tema: ¿Cuál es el procedimiento para constituir una sociedad anónima? Primero, le recomendamos la publicación “Consideraciones que se deben tener en cuenta antes de registrar una empresa”, el...
SOCIEDAD ANÓNIMA GENERALIDADES- PARTE I
Generalidades de las sociedades anónimas, primera parte. En escritos recientes mostramos las diferentes opciones que nos permiten desarrollar individualmente una empresa, ahora haremos lo propio con aquellas que le dan a dos o más personas la oportunidad de conformar...
GENERALIDADES EMPRESA UNIPERSONAL- PARTE II
Generalidades de la empresa unipersonal, segunda parte. Continuando con las generalidades, una persona jurídica también puede constituir una empresa unipersonal. Por lo tanto, ¿Qué requisitos debe cumplir una persona jurídica para conformar una empresa unipersonal?...
GENERALIDADES EMPRESA UNIPERSONAL- PARTE I
Generalidades de la empresa unipersonal, primera parte. Como se recordará, las leyes colombianas presentan varias opciones para que una empresa se pueda desarrollar de manera individual, lo que le permite a cualquier persona poder entrar formalmente en el mundo de los...
GENERALIDADES PERSONA NATURAL COMERCIANTE- PARTE II
Generalidades de una persona natural comerciante, segunda parte. En la publicación anterior conocimos los fundamentos que definen a una persona natural comerciante. Pero, ¿Quiénes pueden ser comerciantes? Según el artículo 12 del Código de Comercio, serán hábiles para...

