¿Cuál es el Procedimiento para que una sociedad en liquidación pueda reactivarse?
Si la asamblea general de accionistas, la junta de socios, el accionista único o la sociedad extranjera titular de sucursal en el país, declarada la disolución de la sociedad a la que pertenecen y posteriormente inician el proceso para la liquidación, estos podrán acordar la reactivación de la sociedad comercial o sucursal de sociedad extranjera.
Para ello, la Ley 1429 de 2010 en su artículo 29 prevé las condiciones necesarias para que opere el proceso de reactivación, siendo éstas:
.- El pasivo externo no supere el 70% de los activos sociales, y
.- No se haya iniciado la distribución de los remanentes a los asociados.
De darse las anteriores condicionantes, se puede proceder al inicio del trámite que concluirá en la reactivación efectiva deseada, los pasos a seguir serán:
.- El liquidador de la sociedad someterá a consideración de la asamblea general de accionistas o junta de socios un proyecto que contenga los motivos por los cuales desean iniciar la reactivación, así como, los hechos que acreditan los condicionantes ya mencionados.
.- Es necesario unos estados financieros extraordinarios, que sean desarrollados de conformidad con las leyes, con fecha de corte no mayor a treinta días contados hacia atrás de la fecha de la convocatoria a la reunión de la asamblea general de accionistas o junta de socios.
.- La decisión de reactivación se tomará por la mayoría prevista en la ley para la transformación de sociedades. Los asociados ausentes y disidentes podrán ejercer el derecho de retiro en los términos de la ley, es de recordar, que el derecho de retiro es la facultad que tienen los socios de retirarse de la sociedad, si, en virtud del proceso por el cual atraviesa la sociedad, se le impone una mayor responsabilidad o una desmejora de sus derechos patrimoniales. En el acta en la cual conste la operación, deberá señalarse que se dio la posibilidad a los socios o accionistas del ejercicio del derecho de retiro, así como quienes hicieron uso de este.
.- El acta que contenga la determinación de reactivar la compañía se inscribirá en el registro mercantil de la Cámara de Comercio del domicilio social.
.- Dicha determinación deberá ser informada a los acreedores dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se adoptó la decisión, mediante comunicación escrita dirigida a cada uno de ellos. El propósito de tal comunicación es permitir a los acreedores ejercer su derecho de oposición judicial y así poder exigir garantías satisfactorias y suficientes para el pago de sus créditos. La acción podrá interponerse dentro de los treinta días siguientes al recibo de la comunicación. La acción se tramitará ante la Superintendencia de Sociedades que resolverá en ejercicio de funciones jurisdiccionales a través del proceso verbal sumario.
El artículo 29 de la Ley 1429 de 2010, también señala que la reactivación podrá concurrir con la transformación de la sociedad, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en la Ley. Si la intención es transformar la empresa en una sociedad por acciones simplificada, la determinación respectiva requerirá el voto unánime de la totalidad de los asociados.
Sobre este tema, la Cámara de Comercio señala que la decisión de reactivar la sociedad o sucursal extranjera disuelta, debe ir acompañada de una de las siguientes decisiones:
1, “Reformar los estatutos si la causal de liquidación corresponde a la expiración del término de vigencia, realizando el pago del impuesto de registro por concepto de reactivación y por concepto de reforma”.
2. “Aprobar la transformación de la sociedad a S.A.S., cumpliendo los requisitos de Ley para su aprobación, realizando el pago del impuesto de registro por concepto de reactivación y por concepto de transformación”.
Además agrega que, a raíz de la inscripción de la reactivación y la reforma o transformación en la correspondiente Cámara de Comercio, la sociedad debe ponerse al día con las obligaciones legales que posee cualquier sociedad activa como la renovación en el registro mercantil.
SUBSIDIO DE VIVIENDA COMPENSAR
La caja de compensación familiar Compensar ofrece a sus afiliados la oportunidad de adquirir una casa a través de un programa creado para tal fin como es el llamado Subsidio familiar de vivienda. Se deben cumplir una serie de requisitos que no sólo son...
SUBSIDIO SOLIDARIO
El Gobierno otorga distintas ayudas con el fin de mejorar la calidad de vida de aquellos hogares en extrema pobreza, moderada y vulnerable dentro del marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por causa del Coronavirus COVID-19. A través de...
INGRESO SOLIDARIO BANCOLOMBIA
Con la aprobación de la reforma tributaria, el Gobierno nacional aseguró los recursos necesarios para seguir con el Programa Ingreso Solidario hasta diciembre del 2022 y ampliar la cobertura a un millón de familias más, por tanto estas personas vulnerables que no...
COMPENSAR SUBSIDIO
Al escuchar el nombre de Compensar, inmediatamente, se vienen a la mente una serie de subsidios para las familias de tipo económico, educativo, de vivienda, de arrendamiento e inclusive un aporte en caso de desempleo, más una serie de servicios complementarios como...
VIAJES NO CONSTITUYEN UNION MARITAL DE HECHO
En reciente fallo de La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia se reafirmó lo expuesto en anteriores pronunciamientos sobre la convivencia de parejas en cuanto a que es necesario que sea continua y permanente para que exista una unión marital de...
REGISTRO BIOMETRICO PARA VENEZOLANOS
Con la finalidad de tener un registro de migrantes venezolanos en el país, el Gobierno de Iván Duque bajo la coordinación de Migración Colombia implementó el Estatuto Temporal de Protección, el cual permitirá obtener una base de datos de aquellos ciudadanos de la...
INEMBARGABILIDAD EN CUENTAS DE AHORRO
Cada año para esta fecha la Superintendencia Financiera fija los montos que son inembargables para las cuentas de ahorros de personas naturales y con una vigencia hasta el 30 de septiembre de 2022. ¿Para qué personas aplica este beneficio? Los nuevos beneficios de...
SUBSIDIO MONETARIO
Con el ánimo de mitigar las necesidades de las poblaciones en pobreza extrema, moderada y vulnerable, en especial aquellos hogares donde las mujeres son cabeza de hogar, la Alcaldía de Bogotá implementó el programa denominado Ingreso Mínimo Garantizado -IMG-, con un...
SUBSIDIO PARA JOVENES
La Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la Secretaría de Desarrollo Económico lanzó el programa "Parceros" encaminado a subsidiar económicamente a jóvenes con edades entre los 18 y 28 años que vivan en Bogotá, que no tengan ningún vínculo laboral, que no se...
INSOLVENCIA ANTE NOTARIA
Si usted es una persona natural no comerciante y por alguna razón no pudo responder por las obligaciones contraídas con terceros, tiene varias opciones para evitar embargos y, obviamente, evitar que su patrimonio no se vea tan afectado. La legislación colombiana...


