¿Cuál es el Procedimiento para que una sociedad en liquidación pueda reactivarse?
Si la asamblea general de accionistas, la junta de socios, el accionista único o la sociedad extranjera titular de sucursal en el país, declarada la disolución de la sociedad a la que pertenecen y posteriormente inician el proceso para la liquidación, estos podrán acordar la reactivación de la sociedad comercial o sucursal de sociedad extranjera.
Para ello, la Ley 1429 de 2010 en su artículo 29 prevé las condiciones necesarias para que opere el proceso de reactivación, siendo éstas:
.- El pasivo externo no supere el 70% de los activos sociales, y
.- No se haya iniciado la distribución de los remanentes a los asociados.
De darse las anteriores condicionantes, se puede proceder al inicio del trámite que concluirá en la reactivación efectiva deseada, los pasos a seguir serán:
.- El liquidador de la sociedad someterá a consideración de la asamblea general de accionistas o junta de socios un proyecto que contenga los motivos por los cuales desean iniciar la reactivación, así como, los hechos que acreditan los condicionantes ya mencionados.
.- Es necesario unos estados financieros extraordinarios, que sean desarrollados de conformidad con las leyes, con fecha de corte no mayor a treinta días contados hacia atrás de la fecha de la convocatoria a la reunión de la asamblea general de accionistas o junta de socios.
.- La decisión de reactivación se tomará por la mayoría prevista en la ley para la transformación de sociedades. Los asociados ausentes y disidentes podrán ejercer el derecho de retiro en los términos de la ley, es de recordar, que el derecho de retiro es la facultad que tienen los socios de retirarse de la sociedad, si, en virtud del proceso por el cual atraviesa la sociedad, se le impone una mayor responsabilidad o una desmejora de sus derechos patrimoniales. En el acta en la cual conste la operación, deberá señalarse que se dio la posibilidad a los socios o accionistas del ejercicio del derecho de retiro, así como quienes hicieron uso de este.
.- El acta que contenga la determinación de reactivar la compañía se inscribirá en el registro mercantil de la Cámara de Comercio del domicilio social.
.- Dicha determinación deberá ser informada a los acreedores dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se adoptó la decisión, mediante comunicación escrita dirigida a cada uno de ellos. El propósito de tal comunicación es permitir a los acreedores ejercer su derecho de oposición judicial y así poder exigir garantías satisfactorias y suficientes para el pago de sus créditos. La acción podrá interponerse dentro de los treinta días siguientes al recibo de la comunicación. La acción se tramitará ante la Superintendencia de Sociedades que resolverá en ejercicio de funciones jurisdiccionales a través del proceso verbal sumario.
El artículo 29 de la Ley 1429 de 2010, también señala que la reactivación podrá concurrir con la transformación de la sociedad, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en la Ley. Si la intención es transformar la empresa en una sociedad por acciones simplificada, la determinación respectiva requerirá el voto unánime de la totalidad de los asociados.
Sobre este tema, la Cámara de Comercio señala que la decisión de reactivar la sociedad o sucursal extranjera disuelta, debe ir acompañada de una de las siguientes decisiones:
1, “Reformar los estatutos si la causal de liquidación corresponde a la expiración del término de vigencia, realizando el pago del impuesto de registro por concepto de reactivación y por concepto de reforma”.
2. “Aprobar la transformación de la sociedad a S.A.S., cumpliendo los requisitos de Ley para su aprobación, realizando el pago del impuesto de registro por concepto de reactivación y por concepto de transformación”.
Además agrega que, a raíz de la inscripción de la reactivación y la reforma o transformación en la correspondiente Cámara de Comercio, la sociedad debe ponerse al día con las obligaciones legales que posee cualquier sociedad activa como la renovación en el registro mercantil.
SUSTITUCION PENSIONAL
SUSTITUCION PENSIONAL Al fallecer un pensionado deja un derecho reconocido a su pensión y a que tal derecho le sea dado a la persona más cercana a él, siempre que reúna los requisitos para sustituirlo, es decir, esa persona pasará a ser quien reciba esa pensión....
UNIDAD DE GESTION PENSIONAL Y PARAFISCALES – UGPP
UNIDAD DE GESTION PENSIONAL Y PARAFISCALES - UGPP En los últimos años, las empresas y los independientes privados han sido sorprendidos con una notificación de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), en la ejecución de sus actividades en lo referente a...
PRESCRIPCION DE DERECHOS LABORALES
PRESCRIPCION DE DERECHOS LABORALES La prescripción es un término utilizado para indicar que hay un tiempo establecido para hacer valer un derecho determinado, y en este caso que nos concierne se refiere a que con el paso del tiempo cesa cualquier reclamación u...
FECHA DE ESTRUCTURACION DE LA INVALIDEZ
FECHA DE ESTRUCTURACION DE LA INVALIDEZ Cuando se solicita una pensión de invalidez es esencial saber con exactitud la fecha de estructuración de la invalidez, pues esta duda perjudica los derechos de los afiliados y probables pensionados en el evento de enfermedades...
EMBARGO Y SECUESTRO DE LA POSESION
EMBARGO Y SECUESTRO DE LA POSESION Primero, hay que tener claridad sobre la posesión para comprender los alcances de un embargo y secuestro sobre ésta y saber en últimas las consecuencias y efectos que se surten cuando se llega a esta instancia proferida por un ...
PRIMA DE SERVICIOS
Dentro de las prestaciones sociales de los trabajadores se encuentra la prima de servicios, así como las cesantías, los intereses a las cesantías y la dotación, tal como lo tratamos en anterior artículo del blog de la página web de la notaría 19. En esta ocasión...
EL MINIMO VITAL
Cuando se habla de los derechos fundamentales que debe poseer una persona, necesariamente tenemos que remitirnos a la Constitución Política de nuestro país en donde Colombia se declara un Estado Social y, como tal, los derechos a la vida, salud, seguridad social,...
LICENCIA REMUNERADA POR LUTO
En caso de fallecimiento de la cónyuge, compañera o compañero permanente o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y segundo civil, tanto los servidores públicos como los trabajadores de empresas privadas tendrán una licencia...
VIOLENCIA DE GENERO
La violencia de género es un tema que suscita el mayor de los intereses en la sociedad y que cada vez cobra mayor relevancia hacia la protección de la mujer en caso de violencia intrafamiliar o de cualquier tipo de agresión física, psicológica, emocional, sexual o...
APORTES A PENSION DE AFILIADO FALLECIDO
Durante la vida laboral las personas, dentro de todas las deducciones que se le realizan, se encuentra la deducción del aporte a la pensión que, cumpliendo ciertos requisitos y dependiendo del régimen pensional donde se encuentre afiliado, será el dinero mensual que...


